P-4 (ESP) Notice of Placement in a Restrictive Setting (Spanish)

Placement and Transfer of Unaccompanied Children into ORR Care Provider Facilities

TR109_P-4 (ESP) Notice of Placement in a Restrictive Setting_v6_Spanish_DRAFT

OMB: 0970-0554

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OMB 0970-0554 [valida hasta el DD/MM/2026]

Administración para Niños y Familias

Oficina de Reubicación de Refugiados




Aviso de colocación en un albergue restrictivo

Usted se encuentra bajo la custodia de la Oficina de Reubicación de Refugiados (Office of Refugee Resettlement, ORR) y ha sido colocado en un albergue restrictivo (un centro de seguridad restrictiva o un centro semi-restrictivo o un centro de tratamiento residencial) por los motivos que se indican a continuación. Si tiene alguna pregunta sobre esta colocación, hable con el administrador de su caso, su abogado o con un proveedor de servicios legales financiado por la ORR.

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Sección A: Información del menor no acompañado



Shape3 Shape2 Nobre completo del menor A# (sin espacios)


Shape5 Shape4 Fecha de nacimiento Género


Shape7 Shape6 País de nacimiento Idioma preferido


Shape9 Shape8 Nombre del centro Tipo de centro



Shape10 Nombre del centro fuera de la red (si corresponde)


Si corresponde, explique los motivos por los que el menor se coloca en un centro fuera de la red.

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Shape12 Fecha de colocación en el centro restrictivo actual


Shape13 Fecha del aviso inicial de colocación


Shape14 Fecha de vencimiento del próximo aviso de colocación (dentro de 30 días)


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Sección B: Determinaciones de la ORR relacionadas con la seguridad



El menor presenta un peligro para sí mismo o para la comunidad


El menor representa un riesgo de escape

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LA LEY DE REDUCCIÓN DE TRÁMITES DE 1995 (Ley Pública [Public Law] 104-13): El propósito de esta recopilación de información es permitir que ORR documente e informe a los menores no acompañados de la razón por la que se han colocado en un entorno restrictivo. La carga de divulgación pública para esta recopilación de información se estima en un promedio de 0.33 horas por respuesta, incluido el tiempo para revisar las instrucciones, recopilar y mantener los datos necesarios y revisar la recopilación de información. Esta es una recopilación obligatoria de información (Flores v. Reno Acuerdo de Conciliación, No. CV85-4544-RJK (C.D. Cal. 1996)). A menos que se muestre un número de control OMB válido y vigente, una agencia no puede conducir ni patrocinar una recopilación de información y una persona no está obligada a responder a esta. Si tiene algún comentario sobre esta recopilación de información, comuníquese con UCPolicy@acf.hhs.gov.




Sección C: Motivos de la colocación restrictiva

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Marque todos los motivos que correspondan solo para la recomendación de colocación actual. No verifique los motivos enumerados en un tipo de colocación que no sea aplicable al centro actual.

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Centro de detención de seguridad restrictiva


La ORR ha determinado que usted representa un peligro para usted mismo u otras personas, o que ha sido acusado de haber cometido un delito penal. La ORR consideró que usted:

Está acusado, puede ser acusado o ha sido condenado de un delito; o es objeto de procedimientos por delincuencia, se le ha juzgado como delincuente o puede ser condenado por un acto delictivo1

Ha cometido o ha hecho amenazas creíbles para cometer un acto violento o malicioso mientras estaba bajo la custodia de la ORR Ha participado en conductas que se han probado inaceptablemente perjudiciales para el funcionamiento normal del centro

semi-restrictivo en la que ha sido colocado, de modo que quizás sea necesaria una transferencia a fin de garantizar su bienestar o el bienestar de los demás

Ha mencionado sus propios antecedentes criminales violentos antes de la colocación bajo la custodia de la ORR, lo que exige una nueva evaluación

Haber cometido abuso sexual2, donde existe coerción por amenazas manifiestas o implícitas de violencia contra otra persona y/o existe un peligro inmediato para los demás

Shape19 Está pendiente de transferencia o alta/liberación a: (no se debe marcar ninguna otra opción anterior)

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Centro de tratamiento residencial


La ORR ha determinado que usted tiene un problema psiquiátrico o psicológico grave que no puede tratarse en un entorno ambulatorio y que representa un peligro para usted mismo u otras personas. Un psicólogo o psiquiatra certificado ha indicado que usted:

Ha sido inadmisiblemente perjudicial para el funcionamiento normal de una entidad de asistencia de refugio, de modo tal que quizás sea necesaria una transferencia a fin de garantizar el bienestar de los demás

Es probable que se escape

Ha mostrado un patrón de gravedad de conducta, ya sea antes de ingresar en la custodia de la ORR o mientras se encontraba bajo atención de la ORR, lo cual requiere un aumento en la supervisión por parte de personal capacitado

Tiene antecedentes criminales o delictivos no violentos, como delitos aislados o menores, que no justifican la colocación en una entidad proveedora de asistencia de protección

Shape21 Está pendiente de transferencia o alta/liberación a: (no se debe marcar ninguna otra opción anterior)

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Centro semi-restrictivo


la ORR ha determinado que usted requiere supervisión estricta, pero que no requiere la colocación en una entidad proveedora de asistencia de protección. La ORR considera que usted:

No ha demostrado un progreso razonable en la disminución de los síntomas de su problema de salud mental después de un período significativo de haber recibido un tratamiento ambulatorio

Exhibe conductas que son el resultado del diagnóstico o los síntomas relacionados a su problema de salud mental, y que no pueden tratarse en un entorno ambulatorio

Requiere supervisión intensiva basada en terapia como resultado del diagnóstico o los síntomas de su problema de salud, los cuales le impiden participar de modo independiente en las actividades diarias

Corre un riesgo continuo y real de auto lastimarse o de lastimar a otros o la comunidad, a pesar de la implementación de intervenciones clínicas de corto plazo

Shape23 Está pendiente de transferencia o alta/liberación a: (no se debe marcar ninguna otra opción anterior)



Sección D: Resumen de evidencia de respaldo para la colocación restrictiva

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Notas del administrador de casos


Nombre Recomendación

Shape31 Shape32


Shape33
Proporcione un resumen detallado del/los motivo(s) de la colocación restrictiva que seleccionó anteriormente.


Shape34

Notas del coordinador de casos


Nombre Recomendación

Shape35 Shape36


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Notas del especialista federal de terreno

Proporcione un resumen detallado del/los motivo(s) de la colocación restrictiva que seleccionó anteriormente.


Nombre Recomendación general da la ORR

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Sección E: Sus derechos a impugnar su ubicación

Proporcione un resumen detallado del/los motivo(s) de la colocación restrictiva que seleccionó anteriormente.


La ORR revisará su colocación, como mínimo, cada 30 días a fin de determinar si su colocación en nivel restrictivo de asistencia sigue siendo necesaria.

Usted tiene derecho a consultar a un abogado para que le ayude, sin coste alguno para el gobierno federal. Este Aviso de colocación se proporcionará a su abogado automáticamente. También puede solicitar la ayuda de un defensor de menores.

El Aviso de colocación también se proporcionará a su padre, madre o tutor legal, a menos que no se pueda comunicar con ellos, haya un motivo importante para no compartirlo con ellos para su propio bienestar, o si tiene 14 años o más y solicita que no la reciban.


En cualquier momento después de recibir este Aviso de colocación, hay tres maneras en las que puede solicitar que la ORR reconsidere su colocación en un albergue restrictivo:

  • Puede solicitar que un Comité de revisión de colocación reconsidere su colocación.

  • Puede solicitar que un Tribunal federal de Distrito revise su caso.

  • Puede solicitar una audiencia de fianza de un juez de inmigración para decidir si usted es un peligro para la comunidad. Sin embargo, el resultado de la audiencia de fianza no cambia automáticamente su colocación.3

Para obtener más información sobre este proceso, consulte con el administrador de su caso, abogado o defensor infantil.

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Sección F: Reconocimiento y certificación



ACUSE DE RECIDO DEL MENOR

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Firma/marca del menor Fecha

Marque esta casilla SOLO si el menor se negó a firmar el Aviso de colocación. Negarse a firmar no afectará la colocación del menor en el centro de atención de la ORR, los servicios prestados al menor por la ORR, o la decisión de la ORR de entregar al menor a su patrocinador.



CERTIFICACIÓN DEL PROVEEDOR DE ATENCIÓN/FUNCIONARIO EMISOR

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Firma del proveedor de atención/funcionario emisor Fecha

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Nombre y cargo del proveedor de atención/funcionario emisor


INTERPRETACIÓN

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Este documento se explicó al menor en


Shape51 Shape50 por , no. de ID



NOTAS FINALES


  1. Se excluyen delitos aislados que (1) no forman parte de un patrón o una práctica de actividad delictiva y (2) no implica el uso de violencia contra una persona o el uso o la portación de un arma (p. ej., violación de domicilio, vandalismo, conducir alcoholizado, etc.), o delitos menores que no se consideren motivo para un medio de detención más estricta en cualquier caso (p. ej., robo en tiendas, robo de un vehículo para pasear, perturbación de la paz, delitos de estatus).


  1. Según lo definido por la Norma final provisional sobre prevención, detección y respuesta al abuso sexual, título 45 del Código Federal de Regulaciones (Code of Federal Regulations, CFR) Parte 411 y en la Sección 4.1.1 de la Guía de políticas del UC sobre abuso sexual.


  1. Un juez de inmigración no dictamina sobre ninguno de los siguientes aspectos: liberación a un patrocinador; la colocación del menor no acompañado o condiciones de colocación mientras está bajo custodia de la ORR; o la liberación del menor por su propio reconocimiento (consulte la Sección 2.9 Audiencias de fianza para menores no acompañados de la Guía de la política del UC).

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P-4 [ESP] | Versión 6

Revisado DD/MM/2023


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AuthorShannon Herboldsheimer
File Modified0000-00-00
File Created2024-08-04

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