Panel_Informed_Consent_SPA

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Ask U.S. Panel

Panel_Informed_Consent_SPA

OMB: 0607-1020

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CONSENTIMIENTO PARA PARTICIPAR EN EL PANEL PILOTO PREGUNTAMOS A ESTADOS UNIDOS

[TO BE PRESENTED AT THE BEGINNING OF THE BASELINE ENROLLMENT SURVEY]


Descripción y propósito del Panel Piloto Preguntamos a Estados Unidos: El Panel Piloto Preguntamos a Estados Unidos es un gran panel piloto de encuestas de representación nacional dirigido por la Oficina del Censo de los Estados Unidos. El propósito del Panel Piloto Preguntamos a Estados Unidos es dar seguimiento a la opinión pública sobre una variedad de temas de interés para numerosas agencias federales y sus socios, y realizar experimentos sobre redacción de preguntas y enfoques metodológicos alternativos. Un objetivo clave del panel será producir estadísticas representativas y confiables sobre un cambio rápido adecuado para el uso de agencias federales. El panel asegurará la disponibilidad de recopilación frecuente de datos para estimaciones representativas a nivel nacional sobre una variedad de temas y una variedad de subgrupos de la población. El panel piloto también probará la formas útiles y procedimientos que se puedan ser utilizados para desarrollar e implementar paneles futuros. El panel piloto estará compuesto de hogares e individuos que viven en todo Estados Unidos y que han aceptado a ser contactados e invitados a participar en encuestas dirigidas por la Oficina del Censo de los Estados Unidos y otras agencias federales de estadísticas.



Declaración de la Ley de Privacidad: La autoridad legal para el Panel Piloto Preguntamos a Estados Unidos se proporciona bajo el Título 13 del Código de los Estados Unidos, Secciones 8(b), 131, 141, 161, 181, 182 y 193; Título 49 del Código de Estados Unidos, Sección 329; la Ley de Reforma de Ciencias de la Educación de 2002, Título 20 del Código de los Estados Unidos, Sección 9543; Sección 1110(a) de la Ley de Seguro Social según enmendada, Título 42 del Código de los Estados Unidos 1310(a); Título 7 del Código de los Estados Unidos, Sección 3318; Título 7 del Código de los Estados Unidos 2204(a); Sección 306 de la Ley del Servicio de Salud Pública, Título 42 del Código de los Estados Unidos 242k; y el Título 10 del Código de los Estados Unidos, Sección 1782.

La Oficina del Censo de Estados Unidos está llevando a cabo esta encuesta en colaboración con el Servicio de Investigación Económica del Departamento de Agricultura, el Servicio de Alimentos y Nutrición del Departamento de Agricultura, la Administración del Seguro Social, el Centro Nacional de Estadísticas de Educación, el Centro Nacional de Estadísticas de Salud, el Departamento del Trabajo, el Departamento de Defensa y el Departamento de Transporte (agencias asociadas).

La información recopilada que pueda identificar a una persona incluye: nombre, dirección, número de teléfono o de celular, fecha de nacimiento o edad, dirección de correo electrónico, raza o etnicidad y un identificador único (código).

Su privacidad está protegida por la Ley de Privacidad de 1974 (Título 5 del Código de los Estados Unidos, Sección 552a). La divulgación y el uso de esta información están sujetos a los usos habituales publicados que se identifican en los Avisos de Registros del Sistema de la Ley de Privacidad COMMERCE/Census -3 Recolección de Encuestas Demográficas (Marco de la Muestra de la Oficina del Censo); COMMERCE/CENSUS-5 Programas del Censo Decenal y COMMERCE/CENSUS-7 Recolección de Encuesta Demográfica (Marco de Muestra ajena a la Oficina del Censo).

Las agencias asociadas pueden proporcionar a la Oficina del Censo información que pueda identificar a las personas bajo la Ley de Privacidad ((Título 5 del Código de los Estados Unidos, Sección 552a(b)(4)). Toda identificación personal que pueda identificar a las personas estará protegida por el personal (empleados y contratistas) que hayan recibido capacitación sobre las leyes y políticas de privacidad y confidencialidad. El acceso a la información que usted proporcione está permitido solo al personal autorizado. La información se compartirá solo con el personal, los contratistas y los patrocinadores que no son parte de la Oficina del Censo, que estén autorizados y tengan necesidad de conocer tal información.

Proveer esta información es voluntaria. Incumplimiento de hacerlo resultará en una incapacidad de la Oficina del Censo de crear un panel nacional de encuestas robusto y basado en la probabilidad.



Patrocinador: El Panel Piloto Preguntamos a Estados Unidos está patrocinado por la Oficina del Censo de los Estados Unidos con las agencias asociadas mencionadas anteriormente. RTI International, una organización sin fines de lucro dedicada a realizar estudios de investigación, establece y mantiene el panel piloto

bajo un acuerdo de cooperación otorgado por la Oficina del Censo de acuerdo con la Ley Consolidada de Apropiaciones de 2021, Ley Pública 116-260, Sección 110. La Oficina del Censo proporcionará informes y otros productos estadísticos sobre los resultados de la recopilación del panel a las agencias asociadas, bajo la autorización del Título 13 del Código de los Estados Unidos, Sección 8(b). 

Procedimientos: Este es un panel piloto que probará procedimientos y formas útiles para futuros paneles. Su participación en el piloto durará hasta un año, tiempo en el cual se le pedirá que complete una encuesta de inscripción de 20 minutos, seguida por una encuesta adicional de 15 minutos más adelante en el año 2022.

Consideraciones financieras: La participación en el Panel Piloto Preguntamos a Estados Unidos no tendrá ningún costo para usted. Usted recibirá $20 dólares por completar el cuestionario inicial para inscribirse en el Panel Piloto Preguntamos a Estados Unidos. Una vez inscrito(a) en el panel, usted recibirá $10 dólares por completar una encuesta adicional del panel de 15 minutos más adelante en el año 2022.

Participación voluntaria: Su participación en el panel piloto es completamente voluntaria. Si bien sus respuestas son muy importantes para nosotros, usted puede negarse a responder a cualquiera o a todas las preguntas, o puede decidir no participar en futuras encuestas. Usted también puede elegir dejar de participar en el panel piloto en cualquier momento.

Posibles beneficios y riesgos: No hay beneficios directos para usted por participar en el panel piloto. Existe la posibilidad de pérdida de privacidad, aunque nuestros procedimientos están diseñados para proteger y asegurar su información personal. Consulte la sección de Privacidad arriba mencionada para detalles sobre los procedimientos existentes para proteger su privacidad.

Preguntas adicionales: Si tiene alguna pregunta sobre el estudio de investigación ahora o en el futuro, incluidas las encuestas, puede comunicarse con el equipo del proyecto del Panel Piloto Preguntamos a Estados Unidos por correo electrónico a askuspanel@rti.org o puede llamar al 1-866-558-0774 de 9:00 a.m. a 12:00 de la medianoche, de lunes a jueves; de 9:00 a.m. a 11:00 p.m. los viernes; de 10:00 a.m. a 9:00 p.m. los sábados y de 1:30 p.m. a 11:00 p.m. los domingos (hora del este). Si tiene alguna pregunta o inquietud sobre sus derechos como participante del estudio, puede llamar a la Oficina de Integridad y Alcance de Estudios de Investigación de la Universidad de Southern Maine al (207) 780-4517 y/o enviar un correo electrónico a usmorio@maine.edu.

Al hace clic en “Siguiente” a continuación, usted está de acuerdo en inscribirse en el Panel Piloto Preguntamos a Estados Unidos y recibir una invitación para una futura encuesta del Panel Piloto Preguntamos a Estados Unidos.

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AuthorCahoon, Milton
File Modified0000-00-00
File Created2022-05-27

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