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el Formulario 941-PR
Department of the Treasury
Internal Revenue Service
(Rev. enero de 2018)
Planilla para la Declaración Federal TRIMESTRAL del Patrono
Las secciones a las cuales se hace referencia abajo corresponden
al Código Federal de Impuestos Internos a menos que se indique de
otra manera.
Acontecimientos futuros
Para obtener la información más reciente sobre los acontecimientos
relacionados al Formulario 941-PR y sus instrucciones, como
legislación promulgada después de que dichos documentos se
hayan publicado, visite IRS.gov/Form941PR.
Qué hay de nuevo
Las contribuciones al Seguro Social y al Medicare para 2018.
La tasa de contribución al Seguro Social es 6.2% tanto para la parte
del empleado como la parte del patrono, la misma tasa que
correspondió para el año 2017. La base salarial para la retención de
la contribución al Seguro Social es $128,400.
La tasa de la contribución al Medicare es 1.45% tanto para la
parte del empleado como la parte del patrono, la misma tasa que
correspondió para el año 2017. No hay límite sobre la cantidad de
salarios sujetos a la contribución al Medicare.
Las contribuciones al Seguro Social y al Medicare se aplican a
los salarios de empleados domésticos a quienes usted les paga
$2,100 o más en efectivo u otra forma de compensación equitativa
en el año 2018. Las contribuciones al Seguro Social y al Medicare
se aplican a los trabajadores electorales a quienes se les paga
$1,800 o más en efectivo u otra forma equivalente de compensación
en el año 2018.
Recordatorios
Crédito contributivo sobre la nómina de pequeños negocios
calificados por aumentar las actividades investigativas. Para
los años contributivos que comienzan después del 31 de diciembre
de 2015, un pequeño negocio calificado puede optar por reclamar
hasta $250,000 de su crédito por aumentar las actividades de
investigación como un crédito de contribuciones de nómina contra
la parte de la contribución al Seguro Social correspondiente al
patrono. Se permite reclamar la parte del crédito utilizada contra la
parte de la contribución al Seguro Social correspondiente al patrono
en el primer trimestre natural comenzando después de la fecha en
que el pequeño negocio calificado radicó su planilla de
contribuciones sobre los ingresos. La elección y la determinación de
la cantidad del crédito que se utilizará contra la parte de la
contribución al Seguro Social correspondiente al patrono se hacen
en el Formulario 6765, Credit for Increasing Research Activities
(Crédito por aumentar las actividades investigativas), en inglés. La
cantidad de la línea 44 del Formulario 6765 tiene que ser informada
en el Formulario 8974, Qualified Small Business Payroll Credit Tax
Credit for Increasing Research Activities (Crédito contributivo sobre
la nómina de pequeños negocios calificados por aumentar las
actividades investigativas), en inglés. El Formulario 8974 se utiliza
para determinar la cantidad del crédito que se puede utilizar en el
trimestre actual. La cantidad de la línea 12 del Formulario 8974 se
informa en la línea 11 del Formulario 941-PR. Si usted está
reclamando el crédito contributivo sobre la nómina por las
actividades investigativas en su Formulario 941-PR, tiene que
adjuntar un Formulario 8974. Para más información sobre el crédito
contributivo sobre la nómina, vea el Aviso 2017-23 que se encuentra
en la página 1100 del Internal Revenue Bulletin (Boletín de Rentas
Internas) 2017-16, disponible en inglés, en IRS.gov/irb/
2017-16_IRB/ar07.html. También vea Ajuste de la obligación
Feb 28, 2018
contributiva para el crédito contributivo sobre la nómina de
pequeños negocios calificados por aumentar las actividades
investigativas declarado en la línea 11, más adelante.
El crédito contributivo sobre la nómina, por lo general, tiene que
ser elegido en una planilla de contribuciones sobre ingresos original
que se haya radicado a tiempo (incluyendo prórrogas). Sin
embargo, el Aviso 2017-23 provee una excepción limitada a esta
regla, permitiendo que un pequeño negocio calificado que haya
radicado su planilla de contribución sobre los ingresos para un año
contributivo que comienza después del 31 de diciembre de 2015
pero no hace su elección para el crédito contributivo sobre la
nómina; complete la elección en una planilla enmendada, la planilla
de contribución sobre los ingresos debe ser radicada en o antes del
31 de diciembre de 2017. El Formulario 6765 radicado con la
planilla enmendada tiene que cumplir con ciertos requisitos de
procedimientos descritos en la sección 4.02 del Aviso 2017-23. Si el
crédito contributivo sobre la nómina es elegido en una planilla
enmendada de contribución sobre los ingresos conforme al Aviso
2017-23, el crédito contributivo sobre la nómina se puede reclamar
contra la parte del patrono de la contribución al Seguro Social para
el trimestre que comienza después que radicó la planilla
enmendada de contribución sobre los ingresos. El crédito
contributivo sobre la nómina no puede ser aplicado a un trimestre
anterior.
Programa de certificación para las organizaciones de patronos profesionales. La Tax Increase Prevention Act of 2014 (Ley
de Prevención de Aumento de Contribuciones de 2014) requiere del
IRS establecer un programa de certificación voluntaria para las
organizaciones de patronos profesionales (PEO, por sus siglas en
inglés). Las PEO se encargan de manejar varias responsabilidades
administrativas de la nómina y reportes de contribuciones de sus
clientes de negocios y, por lo general, se les paga una tarifa basada
en los costos de la nómina. Para certificarse y mantener la
certificación conforme al programa de certificación, las
organizaciones de patronos profesionales certificados (CPEO, por
sus siglas en inglés) tienen que cumplir con varios requisitos
descritos en las secciones 3511 y 7705 y las guías relacionadas que
se han publicado. La certificación como una CPEO puede afectar
las obligaciones de contribuciones de nómina tanto de la CPEO
como las de sus clientes. Por lo general, una CPEO es tratada como
el patrono de cualquier individuo que realiza servicio para un cliente
de la CPEO y es cubierto por un contrato descrito en la sección
7705(e)(2) entre la CPEO y el cliente (contrato de la CPEO), pero
sólo para los salarios y otra compensación pagados a la persona
por la CPEO. Para más información, visite IRS.gov/CPEO. La
información está disponible en inglés.
Por lo general, las CPEO tienen que radicar electrónicamente el
Formulario 941-PR y el Schedule R (Form 941), Allocation Schedule
for Aggregate Form 941 Filers (Anexo R (Formulario 941), Registro
de asignación para los declarantes de Formularios 941 agregados),
en inglés. Para obtener más información sobre el requisito de una
CPEO de radicar electrónicamente, vea el Revenue Procedure
2017-14 (Procedimiento Administrativo Contributivo 2017-14), en
inglés. Puede ver dicho procedimiento en la página 426 del Internal
Revenue Bulletin (I.R.B.) 2017-03 (Boletín de Rentas Internas
2017-03), en inglés, disponible en IRS.gov/irb/2017-03_IRB/
ar14.html.
El crédito contributivo por oportunidad de trabajo para organizaciones calificadas exentas de contribución que contratan a
veteranos calificados. El crédito contributivo por oportunidad de
trabajo está disponible para veteranos desempleados que reúnen
Cat. No. 35286W
entre el 1 de enero de 2018 y el 2 de abril de 2018, o enviar una
solicitud por escrito con fecha de matasellos del correo, entre el 1
de enero de 2018 y el 15 de marzo de 2018. Después de
comunicarse con el IRS, el mismo le enviará una notificación por
escrito de que su requisito de radicación ha cambiado a los
Formularios 941-PR. Usted tiene que recibir una notificación por
escrito del IRS antes de radicar los Formularios 941-PR en lugar del
Formulario 944(SP). Si no recibe dicha notificación, usted tiene que
radicar el Formulario 944(SP) para el año natural 2018. Para más
información, vea el Revenue Procedure 2009-51 (Procedimiento
Administrativo Contributivo 2009-51), en inglés. Puede ver dicho
procedimiento en la página 625 del Internal Revenue Bulletin
2009-45 (Boletín de Rentas Internas 2009-45), en inglés, disponible
en IRS.gov/irb/2009-51_IRB/ar12.html.
los requisitos que empezaron a trabajar en o después del 22 de
noviembre de 2011 y antes del 1 de enero de 2020. Las
organizaciones calificadas exentas de contribuciones que contratan
veteranos desempleados que reúnen los requisitos pueden
reclamar el crédito contributivo por oportunidad de trabajo contra su
contribución sobre la nómina utilizando el Formulario 5884-C, Work
Opportunity Credit for Qualified Tax-Exempt Organizations Hiring
Qualified Veterans (Crédito por oportunidad de trabajo para
organizaciones exentas de contribuciones calificadas que contratan
a veteranos calificados), en inglés. Si desea más información, visite
IRS.gov/WOTC . La información está disponible en inglés.
El crédito de asistencia para las primas de COBRA. Efectivo
para los períodos contributivos comenzados después del 31 de
diciembre de 2013, no puede reclamar el crédito por pagos de
asistencia para las primas de COBRA en el Formulario 941-PR. En
cambio, después de radicar su Formulario 941-PR, radique el
Formulario 941-X (PR), Ajuste a la Declaración Federal
TRIMESTRAL del Patrono o Reclamación de Reembolso, para
reclamar el crédito de asistencia para las primas de COBRA. La
radicación de un Formulario 941-X (PR) antes de radicar el
Formulario 941-PR para el trimestre puede resultar en errores o
demoras en la tramitación de su Formulario 941-X (PR). Para más
información, visite IRS.gov/COBRACredit, en inglés.
Solicitud para poder radicar el Formulario 944(SP) en lugar de
los Formularios 941-PR. Si tiene que radicar los Formularios
941-PR pero cree que sus contribuciones sobre la nómina para el
año natural serán de $1,000 o menos, puede hacer una solicitud
para poder radicar el Formulario 944(SP) en lugar de los
Formularios 941-PR. Puede solicitar por teléfono llamando al IRS al
1-800-829-4933 entre el 1 de enero de 2018 y el 2 de abril de 2018
o enviando su solicitud por escrito con fecha de matasellos del
correo entre el 1 de enero de 2018 y el 15 de marzo de 2018.
Después de comunicarse con el IRS, el mismo le enviará una
notificación por escrito de que su requisito de radicación ha
cambiado al Formulario 944(SP). Usted tiene que recibir una
notificación por escrito del IRS antes de radicar el Formulario
944(SP) en lugar de los Formularios 941-PR. Si no recibe dicha
notificación, usted tiene que radicar los Formularios 941-PR para el
año natural 2018. Vea el Revenue Procedure 2009-51
(Procedimiento Administrativo Contributivo 2009-51), en inglés.
Puede ver dicho procedimiento en la página 625 del Internal
Revenue Bulletin 2009-45 (Boletín de Rentas Internas 2009-45), en
ingles, disponible en IRS.gov/irb/2009-45_IRB/ar12.html.
Si usted tiene derecho a reclamar el crédito de asistencia
CONSEJO para las primas de COBRA pero de otra manera no se le
requiere radicar el Formulario 941-PR, radique el Formulario
941-PR con cero (-0-) anotado en la línea 14 antes de radicar el
Formulario 941-X (PR) para reclamar el crédito.
Declarantes de Formularios 941-PR agregados. Los agentes y
las CPEO tienen que completar el Schedule R (Form 941),
Allocation Schedule for Aggregate Form 941 Filers (Anexo R
(Formulario 941), Registro de asignación para los declarantes de
Formularios 941 agregados), en inglés, cuando radiquen un
Formulario 941-PR agregado. Los Formularios 941-PR agregados
son radicados por agentes de aquéllos quienes reciben servicios de
cuidado en el hogar aprobados por el IRS conforme a la sección
3504. Para solicitar la aprobación para actuar como un agente para
un empleador o patrono, el agente radica el Formulario 2678 con el
IRS. Las CPEO aprobadas por el IRS conforme a la sección 7705
pueden radicar Formularios 941-PR agregados. Las CPEO radican
el Formulario 8973, Certified Professional Employer Organization/
Customer Reporting Agreement (Organización de empresarios
profesionales certificados/Acuerdo de radicación del cliente), en
inglés, para notificar al IRS que comenzaron o terminaron un
contrato de servicio con un cliente. Por lo general, las CPEO tienen
que radicar el Formulario 941-PR y el Anexo R (Formulario 940)
electrónicamente. Para obtener más información sobre el requisito
de una CPEO de radicar electrónicamente, vea el Revenue
Procedure 2017-14 (Procedimiento Administrativo Contributivo
2017-14), en inglés. Puede ver dicho procedimiento en la página
426 del Internal Revenue Bulletin (I.R.B.) 2017-03 (Boletín de
Rentas Internas 2017-03), en inglés, disponible en IRS.gov/irb/
2017-03_IRB/ar14.html.
Los depósitos de la contribución federal tienen que efectuarse por transferencia electrónica de fondos (EFT). Usted tiene
que utilizar la transferencia electrónica de fondos (EFT, por sus
siglas en inglés) para depositar toda contribución federal. Por lo
general, una EFT se realiza mediante el Electronic Federal Tax
Payment System (Sistema electrónico de pagos de la contribución
federal o EFTPS, por sus siglas en inglés). Si usted no desea utilizar
el EFTPS, puede hacer arreglos para que su preparador
profesional, institución financiera, servicio de nóminas u otro tercero
de confianza le haga los depósitos electrónicamente de parte de
usted. También puede hacer arreglos para que su institución
financiera inicie una transferencia electrónica realizada el mismo día
de pago de parte de usted. El EFTPS es un servicio gratuito provisto
por el Departamento del Tesoro. Podría verse obligado a pagar un
cargo por los servicios de un preparador profesional, institución
financiera, servicio de nómina u otro tercero.
Para más información sobre los depósitos de la contribución
federal, vea el apartado 11 de la Pub. 179. Para obtener más
información sobre el EFTPS o para inscribirse en el EFTPS, visite el
sitio web EFTPS.gov o llame al Servicio al Cliente del EFTPS en
español al 1-800-244-4829 o, si es usuario de equipo TDD, llame al
1-800-733-4829. Información adicional sobre el EFTPS está
disponible en la Pub. 966(SP).
Corrección del Formulario 941-PR radicado previamente. Si
descubre un error en un Formulario 941-PR que radicó previamente,
haga la corrección usando el Formulario 941-X (PR). El Formulario
941-X (PR) se radica por separado del Formulario 941-PR. Para
obtener más información, vea las Instrucciones para el Formulario
941-X (PR), el apartado 12 de la Pub. 179 o visite IRS.gov/
CorrectingEmployementTaxes y pulse sobre Español.
Para que un depósito efectuado por medio del EFTPS se
considere hecho a su debido tiempo, tiene que transmitir el
´
PRECAUCION
depósito a más tardar a las 8 p.m. horario del Este de los
Estados Unidos el día anterior a la fecha de vencimiento para
efectuar el depósito. Vea el apartado 11 de la Pub. 179 para obtener
más detalles.
!
Los patronos pueden optar por radicar los Formularios
941-PR en lugar del Formulario 944(SP). Los patronos a
quienes normalmente se les requiere radicar el Formulario 944(SP),
Declaración Federal ANUAL de Impuestos del Patrono o
Empleador, que deseen radicar el Formulario 941-PR en su lugar,
podrán notificarle al IRS que desean radicar los Formularios 941-PR
trimestrales en lugar de radicar el Formulario 944(SP) anualmente.
Para solicitar la radicación de los Formularios 941-PR trimestrales
para declarar sus contribuciones al Seguro Social y al Medicare
para el año natural 2018, tiene que llamar al IRS al 1-800-829-4933,
Opción de pago el mismo día por medio de una
transferencia electrónica. Si no transmite una transacción de
depósito en el EFTPS para las 8 p.m. horario del Este de los
Estados Unidos el día anterior a la fecha de vencimiento para
efectuar un depósito, todavía puede efectuar a tiempo su depósito
por medio del Federal Tax Collection Service (Servicio de
recaudación de la contribución federal o FTCS, por sus siglas en
inglés). Para utilizar el método de pago efectuado el mismo día,
-2-
Instrucciones para el Formulario 941-PR (Rev. 1-2018)
tendrá que hacer los trámites con su institución financiera con
anticipación. Por favor consulte con su institución financiera con
respecto a la disponibilidad, los plazos y el costo. Su institución
financiera puede cobrar un cargo por los pagos efectuados de esta
manera. Para obtener más detalles sobre la información que
necesita proveer a su institución financiera para poder efectuar un
pago electrónico el mismo día, visite IRS.gov/SameDayWire y pulse
sobre Español.
Puntualidad de los depósitos de la contribución federal. Si
se requiere que un depósito se efectúe en un día que no es un día
laborable, se considera que dicho depósito se hace a tiempo si se
hace para el cierre de operaciones comerciales del siguiente día
laborable. Un “día laborable” es todo día que no sea sábado,
domingo o día feriado oficial. El término “día feriado oficial” para
propósitos de efectuar los depósitos únicamente incluye los días
feriados oficiales en el Distrito de Columbia. Dichos días feriados
oficiales se indican en el apartado 11 de la Pub. 179.
Externalización de las obligaciones de nómina. Por lo general,
usted es responsable por asegurarse que las planillas de
contribución se radiquen y que los depósitos y pagos se efectúen,
aun si usted contrata los servicios de un tercero para hacerlo. Usted
sigue siendo el responsable aun si el tercero no cumple con la
acción requerida. Si opta por externalizar cualquier parte de su
nómina y las obligaciones relacionadas con las contribuciones (es
decir, retención, declaración y pago de las contribuciones al Seguro
Social, al Medicare y al fondo federal de desempleo (FUTA, por sus
siglas en inglés)) a un tercero pagador, tal como un proveedor de
servicios de nómina o agente de reportación, visite el sitio web
IRS.gov/OutsourcingPayrollDuties para información útil sobre este
tema. Dicha información está disponible en inglés. Si una CPEO
paga los salarios y otra compensación de cualquier individuo que
realiza servicio para un cliente de la CPEO y éste está cubierto por
un contrato descrito en la sección 7705(e)(2) entre la CPEO y el
cliente, la CPEO es tratada como el patrono de dicho empleado,
pero sólo para salarios y otra compensación pagada al individuo por
la CPEO. Sin embargo, con respecto a ciertos empleados cubiertos
por un contrato de la CPEO, usted también puede ser tratado como
un patrono de los empleados y, en consecuencia, también puede
ser responsable de las contribuciones federales sobre los salarios y
otra compensación pagada por la CPEO a dichos empleados. Para
más información sobre los diferentes tipos de arreglos de terceros
pagadores, vea el apartado 16 titulado Third Party Payer
Arrangements (Arreglos de un tercero pagador) en la Pub. 15, en
inglés.
Radicación y pago por medios electrónicos. Ahora, más que
nunca, los negocios pueden disfrutar de los beneficios de radicar
sus planillas de contribución y pagar sus contribuciones federales
por medios electrónicos. No importa si depende de un preparador
profesional o si usted mismo se ocupa de completar su planilla de
contribución, el IRS ofrece programas convenientes para facilitar la
radicación y el pago de las contribuciones. Pasará menos tiempo
preocupándose de las contribuciones y más tiempo dedicándose a
la operación de su negocio. Use la radicación electrónica (e-file) y el
EFTPS, según le convenga:
Para e-file, visite el sitio del IRS en IRS.gov/EmploymentEfile y
pulse sobre Español para más información. Se le puede cobrar un
cargo por radicar electrónicamente.
Para el EFTPS, visite el sitio EFTPS.gov o llame al Servicio al
Cliente del EFTPS a uno de los números proporcionados bajo Los
depósitos de la contribución federal tienen que efectuarse por
transferencia electrónica de fondos (EFT), anteriormente.
¿Dónde puede obtener ayuda por teléfono? Puede llamar sin
costo al 1-800-829-4933 (si es usuario del equipo TTY/TDD para
personas que son sordas, que tienen dificultades auditivas o que
tienen impedimentos del habla, puede llamar al 1-800-829-4059),
de lunes a viernes, de 8:00 a.m. a 8:00 p.m., horario local (los
contribuyentes que no estén en Puerto Rico pueden recibir ayuda
de 7:00 a.m. a 7:00 p.m. horario local; los contribuyentes que estén
en Alaska y Hawaii seguirán la hora del Pacífico) para recibir
respuestas a sus preguntas sobre cómo completar el Formulario
941-PR o las reglas sobre los depósitos de las contribuciones
federales.
Si usted radica su planilla o si paga sus contribuciones
federales por medios electrónicos, se requiere tener un
´
PRECAUCION
número de identificación patronal (EIN, por sus siglas en
inglés) válido en el momento en que se radica la planilla o en que se
efectúa el pago. Si no provee un EIN válido, la planilla o el pago no
será tramitado. Esta acción puede resultar en multas. Visite Número
de identificación patronal (EIN), más adelante, para más
información.
!
Fotografías de niños desaparecidos. El IRS se enorgullece de
colaborar con el National Center for Missing & Exploited Children®
(NCMEC) (Centro Nacional para Niños Desaparecidos y Explotados
(NCMEC, por sus siglas en inglés)). Fotografías de niños
desaparecidos que han sido seleccionadas por el Centro pueden
aparecer en estas instrucciones en páginas que, de lo contrario,
estarían en blanco. Usted puede ayudar a que estos niños regresen
a sus hogares si, al mirar sus fotografías, los identifica y llama al
1-800-THE-LOST (1-800-843-5678).
Retiro electrónico de fondos (EFW). Si radica el Formulario
941-PR electrónicamente, puede radicar (e-file) y usar EFW, (retiro
electrónico de fondos) para pagar el saldo adeudado en un solo
paso, usando programas de computadoras (software) para la
preparación de planillas o por medio de un preparador profesional
de contribuciones. Sin embargo, no use el EFW para efectuar los
depósitos de la contribución federal. Para más información sobre el
pago de contribuciones por medio del EFW, visite el sitio web del
IRS en IRS.gov/EFW y pulse sobre Español.
Instrucciones Generales:
Propósito del Formulario 941-PR
Pagos hechos con tarjetas de crédito o débito. Usted puede
pagar la cantidad adeudada indicada en el Formulario 941-PR
usando una tarjeta de crédito o débito. No use una tarjeta de crédito
o débito para hacer depósitos de las contribuciones federales. Para
más información sobre cómo se pagan las contribuciones con
tarjetas de crédito o débito, visite el sitio web del IRS en IRS.gov/
PayByCard y pulse sobre Español. Su pago será procesado por un
procesador de pagos que cobra un cargo por servicio.
Estas instrucciones le darán información de trasfondo sobre el
Formulario 941-PR. Podrá saber quién tiene que radicar el
Formulario 941-PR, cómo debe completarse (se le darán
instrucciones para cada línea) y dónde y cuándo debe radicarlo.
Si desea obtener información más a fondo sobre las
contribuciones sobre la nómina relacionadas con el Formulario
941-PR, vea la Pub. 179. Dicha publicación explica los requisitos
para la retención, el depósito y el pago de las contribuciones al
Seguro Social y al Medicare. Le explica sobre los formularios que
tiene que darle a sus empleados, los formularios que sus
empleados tienen que darle a usted y aquéllos que usted tiene que
enviar al IRS. Vea la Pub. 15-A, en inglés, para obtener información
especializada sobre las contribuciones sobre la nómina que
complementa la información básica contenida en la Pub. 179 o
visite el sitio web IRS.gov e ingrese “employment taxes”
(contribuciones sobre la nómina) en el encasillado Search (Buscar).
Dicha información está disponible en inglés.
Acuerdo de pago en línea. Usted puede que tenga derecho a
solicitar un plan de pagos a plazos por Internet si no puede pagar la
cantidad total de la contribución adeudada al radicar su planilla.
Para más información, vea ¿Qué pasa si usted no puede pagar en
su totalidad?, más adelante.
Los preparadores remunerados tienen que firmar el Formulario 941-PR. Los preparadores remunerados tienen que completar y
firmar la sección en el Formulario 941-PR que le corresponde al
preparador remunerado.
Instrucciones para el Formulario 941-PR (Rev. 1-2018)
-3-
Empleados Domésticos, sus instrucciones por separado y la Pub.
926, ésta última en inglés.
Los patronos de empleados agrícolas normalmente no radican
el Formulario 941-PR. Consulte el Formulario 943-PR, Planilla para
la Declaración Anual de la Contribución Federal del Patrono de
Empleados Agrícolas, la Pub. 179 y la Pub. 51, ésta última en
inglés.
La ley federal requiere que usted, como patrono, les retenga
ciertas contribuciones a los cheques de salario de sus empleados.
Cada vez que paga salarios, tiene que retener —es decir, descontar
de los cheques de salario de sus empleados— ciertas cantidades
para pagar la contribución al Seguro Social y la contribución al
Medicare. También tiene que retener la Contribución Adicional al
Medicare de los salarios en exceso de $200,000 que le paga a un
empleado en un año natural. De acuerdo con el sistema de la
retención de contribuciones, estas mismas que se les retienen a sus
empleados se acreditarán en sus cuentas del Seguro Social para
pagar sus obligaciones contributivas correspondientes.
Si ninguna de las excepciones anteriores le corresponde y
CONSEJO no ha radicado una planilla final, usted tiene que radicar el
Formulario 941-PR cada trimestre aunque no haya pagado
salarios durante el trimestre. Si es posible, use la radicación
electrónica (e-file) del IRS.
La ley federal también requiere que usted pague toda obligación
resultante de las contribuciones al Seguro Social y al Medicare
correspondientes al patrono. No se les retiene esta parte de las
contribuciones al Seguro Social y al Medicare a los empleados.
¿Qué pasará si reorganiza o cierra su negocio?
Si vende o transfiere su negocio...
Quién tiene que radicar el Formulario
941-PR
Si vende o transfiere su negocio, tanto usted como el nuevo dueño
tienen, cada uno, que radicar un Formulario 941-PR para el
trimestre en el cual se efectuó la transferencia. Declare únicamente
los salarios que usted mismo pagó.
Por lo general, tiene que radicar una planilla para el primer trimestre
en el cual usted paga salarios sujetos a las contribuciones al Seguro
Social y al Medicare, y para cada trimestre de allí en adelante hasta
que usted radique una planilla final. Use el Formulario 941-PR si el
lugar principal donde desempeña sus actividades comerciales está
en Puerto Rico o si tiene empleados que están sujetos a la retención
de la contribución sobre los ingresos de Puerto Rico.
Cuando se consolidan dos empresas, la empresa que continúa
en vigor tiene que radicar un Formulario 941-PR para el trimestre en
el cual ocurrió la fusión y la otra empresa tiene que radicar una
planilla final.
Cuando la clasificación de un negocio cambia a otra, tal como un
negocio de un solo dueño que se convierte en una sociedad
colectiva (partnership) o en una corporación, se considera este tipo
de cambio una transferencia. Si ocurre una transferencia, quizás
tenga que obtener un número de identificación patronal (EIN, por
sus siglas en inglés) nuevo. Vea el apartado 3 de la Pub. 179 para
más detalles. Asegúrese de adjuntar una declaración que incluya lo
siguiente:
El nombre del nuevo dueño (o el nombre nuevo de la empresa);
Si la empresa actualmente es un negocio propio, sociedad
colectiva (partnership) o corporación (sociedad anónima);
La clase de cambio que se efectuó (venta o transferencia);
La fecha en la cual se efectuó el cambio; y
El nombre del individuo que lleva los archivos de la nómina y la
dirección donde se guardarán tales archivos.
Use el Formulario 941-PR para declarar las siguientes
cantidades:
Salarios que ha pagado sujetos a las contribuciones al Seguro
Social y al Medicare.
Propinas que sus empleados han recibido sujetas a las
contribuciones al Seguro Social y al Medicare.
Las partes correspondientes al patrono y al empleado de las
contribuciones al Seguro Social y al Medicare.
Contribución Adicional al Medicare retenida de los empleados.
Ajustes hechos en el trimestre en curso a las contribuciones al
Seguro Social y al Medicare por fracciones de centavos, pagos por
enfermedad, propinas y seguro temporal de vida colectivo a término
fijo.
Crédito contributivo sobre la nómina de pequeños negocios
calificados por aumentar las actividades investigativas.
Si cierra su negocio...
No use el Formulario 941-PR si tiene tanto a empleados que
están sujetos a la retención de la contribución federal sobre
ingresos de los Estados Unidos como a empleados que no están
sujetos a la retención de la contribución federal sobre ingresos de
los Estados Unidos. En su lugar, tiene que radicar sólo el Formulario
941 (o Formulario 944 (SP)) e incluir todos los salarios de sus
empleados en ese formulario.
Si cierra su negocio o deja de pagar salarios a sus empleados, tiene
que radicar una planilla final. Para notificarle al IRS que la planilla
para cierto trimestre va a ser su planilla final, marque el encasillado
en la línea 17 y anote la fecha en la cual pagó salarios por última
vez. Además, adjunte una declaración a su planilla que indique el
nombre del individuo que conservará los archivos de la nómina y la
dirección del lugar en donde se guardarán dichos archivos. Vea
también Planilla final, más adelante.
Tiene que radicar una planilla cada trimestre aunque no haya
tenido ninguna obligación contributiva que declarar, a no ser que
radique una planilla final o le corresponda una de las Excepciones,
a continuación.
Si participó en una fusión estatutaria o consolidación, o califica
para la clasificación de predecesor-sucesor debido a una
adquisición, debería, por lo general, radicar el Anexo D
(Schedule D) del Formulario 941, Report of Discrepancies Caused
by Acquisitions, Statutory Mergers, or Consolidations (Informe de
discrepancias causadas por adquisiciones, fusiones o
consolidaciones), en inglés. Vea las Instrucciones para el Anexo D
(Formulario 941) a fin de determinar si debe radicar el Anexo D
(Formulario 941) y cuándo debe radicarlo.
Excepciones
Reglas especiales le corresponden a ciertos patronos:
Los patronos estacionales no tienen que radicar el Formulario
941-PR para los trimestres durante los cuales no han tenido una
obligación contributiva debido a que no han pagado salarios. Para
notificarle al IRS que no va a radicar una planilla por uno o más
trimestres del año, marque el encasillado que aparece en la línea 18
del Formulario 941-PR en cada trimestre que radica dicho
formulario. Por lo general, el IRS no le preguntará sobre planillas
que no han sido radicadas si por lo menos una planilla en la cual se
indica una obligación contributiva es radicada cada año. No
obstante, tiene que marcar el encasillado en la línea 18 en cada
planilla trimestral que radique. De otra manera, el IRS anticipará que
radicará una planilla para cada trimestre.
Los patronos de empleados domésticos normalmente no
radican el Formulario 941-PR. Vea la Pub. 179, el Anexo H-PR
(Formulario 1040-PR), Contribuciones sobre el Empleo de
Planilla final
Si cierra su negocio o si deja de pagar salarios a sus empleados,
tiene que radicar una planilla final. Para notificarle al IRS que el
Formulario 941-PR para un trimestre particular es su planilla final,
marque el encasillado en la línea 17 y anote la última fecha en que
pagó salarios. También adjunte una declaración a su planilla que
indique el nombre de la persona que se quedará con los archivos o
récords correspondientes a la nómina y la dirección en donde
permanecerán. Comuníquese con el Departamento de Hacienda de
-4-
Instrucciones para el Formulario 941-PR (Rev. 1-2018)
Cómo deberá completar el Formulario
941-PR
Puerto Rico para obtener información sobre cuándo debe
entregarles a sus empleados el Formulario 499R-2/W-2PR que
corresponda al año natural en que ocurrió el cierre. También debe
comunicarse con la Administración del Seguro Social (SSA, por sus
siglas en inglés) para saber la fecha límite para radicar ante la SSA
sus Formularios 499R-2/W-2PR finales. Si tiene empleados que son
contratados inmediatamente por el patrono sucesor, vea el
Revenue Procedure 2004-53 (Procedimiento Administrativo
Contributivo 2004-53 o Rev. Proc. 2004-53, por su abreviatura en
inglés). Puede encontrar el Rev. Proc. 2004-53 en la página 320 del
Internal Revenue Bulletin 2004-34 (Boletín de Rentas Internas
2004-34) en el sitio web IRS.gov/pub/irs-irbs/irb04-34.pdf.
Escriba a mano, a maquinilla o por medio de su computadora su
EIN, nombre y dirección en los espacios provistos. También anote
su nombre y su EIN en la parte superior de la segunda página. No
use su número de Seguro Social (SSN, por sus siglas en inglés) ni
su número de identificación personal del contribuyente (ITIN, por
sus siglas en inglés). Por lo general, anotará el nombre comercial
(legal) que usó al solicitar su EIN en el Formulario SS-4PR. Por
ejemplo, si es dueño único de su negocio, anotará “Roberto
Herrera” en la línea que dice “Nombre” y “Bicicletas Roberto” donde
dice “Nombre comercial”. Deje en blanco la línea “Nombre
comercial” si este nombre es igual al “Nombre” de usted.
¿Cuándo tiene que radicar la planilla?
Radique el Formulario 941-PR inicial para cada trimestre en el cual
usted pagó por primera vez salarios sujetos a las contribuciones al
Seguro Social y al Medicare. Vea la tabla titulada Cuándo tiene que
radicar el Formulario 941-PR, más adelante.
Número de identificación patronal (EIN). Para asegurar que los
negocios cumplan con las leyes federales de la contribución, el IRS
se ocupa de controlar los pagos de contribución mediante el uso de
un sistema de números para identificar a los contribuyentes. El
número de identificación patronal (EIN, por sus siglas en inglés) es
un número especial y singular que consta de nueve dígitos que el
IRS les expide a todas las corporaciones y sociedades colectivas,
así como a algunos negocios de un solo dueño. Todo negocio que
tenga que obtener un EIN tiene que solicitar este número y anotarlo
en toda planilla, pago o informe de contribución mientras esté en
operación.
Su negocio debe tener solamente un EIN. Si tiene más de un
número y no está seguro del número que debe usar, escriba a la
oficina del IRS donde suele radicar sus planillas de contribución (la
dirección que usa cuando envía planillas “Sin un pago”, bajo
Adónde deberá enviar la planilla, más adelante), o llame al IRS al
1-800-829-4933.
Si usted no tiene un EIN, puede solicitar uno en línea visite el
sitio web del IRS en IRS.gov/EIN y luego pulse sobre Español.
También puede solicitar un EIN enviando el Formulario SS-4(PR),
Solicitud de Número de Identificación Patronal (EIN), al IRS por fax
o por correo. Si usted no ha recibido su EIN antes de la fecha de
vencimiento del Formulario 941-PR, escriba “Applied For”
(Solicitado) y la fecha en que solicitó el EIN en el espacio
correspondiente.
Luego tendrá que radicar para cada trimestre que le
sigue —cada 3 meses— aun si no tiene contribuciones que
declarar, a menos que usted sea un patrono estacional o si radica
su planilla final. Vea la explicación sobre patronos estacionales bajo
Excepciones y el tema Si cierra su negocio..., anteriormente.
Radique el Formulario 941-PR sólo una vez por cada trimestre.
Si radica por medios electrónicos, no radique un Formulario 941-PR
en papel. Para más información sobre la radicación del Formulario
941-PR por medios electrónicos, vea Radicación y pago por medios
electrónicos, anteriormente.
Cuándo tiene que radicar el Formulario 941-PR
El plazo para radicar su Formulario 941-PR vence el último día del mes que le
sigue al final del trimestre.
El trimestre incluye los meses de. . .
El trimestre
termina el. . .
El Formulario
941-PR vence
el. . .
1. enero, febrero, marzo
31 de marzo
30 de abril
2. abril, mayo, junio
30 de junio
31 de julio
3. julio, agosto, septiembre
30 de septiembre
31 de octubre
4. octubre, noviembre, diciembre
31 de diciembre
31 de enero
Si usted radica su planilla de contribución electrónicamente,
un EIN válido se requiere en el momento de radicar su
´
PRECAUCION
planilla. Si no provee un EIN válido, la planilla no será
aceptada. Esto puede resultar en multas.
!
Por ejemplo, normalmente tiene que declarar los salarios que
paga durante el primer trimestre —que abarca los meses de enero
hasta marzo, inclusive— a más tardar para el 30 de abril. Si hace
depósitos a su debido tiempo y paga las contribuciones trimestrales
en su totalidad, puede radicar para el décimo día del segundo mes
siguiente al final del trimestre. Por ejemplo, si usted hizo depósitos a
su debido tiempo en su totalidad durante el primer trimestre, puede
radicar el Formulario 941-PR el 10 de mayo.
Asegúrese siempre que el EIN que aparezca en el
CONSEJO formulario que radica sea exactamente igual al EIN que el
IRS le designó a su negocio. No use su SSN o ITIN en
ninguna planilla que pida un EIN. La radicación de un Formulario
941-PR con un EIN incorrecto o el uso de un EIN que pertenece a
otro negocio puede resultar en multas y demoras en la tramitación
de su planilla.
Si recibimos el Formulario 941-PR después de la fecha de
vencimiento, lo trataremos como si fuera radicado a tiempo si el
sobre que contiene el Formulario 941-PR está debidamente
rotulado, tiene suficiente franqueo y el matasellos del Servicio
Postal de los EE.UU. está fechado a más tardar en la fecha de
vencimiento, o si se envió por medio de un servicio de entrega
privado (PDS, por sus siglas en inglés) aceptado por el IRS a más
tardar en la fecha de vencimiento. Si no sigue estas pautas,
generalmente consideramos que el Formulario 941-PR fue radicado
en la fecha en que realmente se recibió. Visite IRS.gov/PDS, en
inglés, para el listado más reciente de proveedores aprobados por
el IRS. Para la dirección postal del IRS si usted está utilizando un
PDS, visite IRS.gov/PDSstreetAddresses.
Si cambia su nombre comercial, la dirección comercial o la
persona responsable... Notifíquele al IRS inmediatamente si
cambia el nombre comercial, la dirección comercial o la persona
responsable.
Escriba a la oficina del IRS donde usted radica sus planillas
(utilizando la dirección “Sin un pago”, que se encuentra bajo Adónde
deberá enviar la planilla, más adelante) para notificarle al IRS sobre
todo cambio de nombre comercial. Vea la Pub. 1635, en inglés,
para determinar si necesita solicitar un nuevo EIN.
Complete y envíe por correo el Formulario 8822-B, en inglés,
para notificarle al IRS sobre un cambio en la dirección comercial o
cambio en la persona responsable. No envíe el Formulario 8822-B
junto con el Formulario 941-PR. Si desea ver la definición de las
“personas o parte responsible”, vea las Instrucciones del Formulario
SS-4PR.
Si la fecha de vencimiento para radicar una planilla es un
sábado, domingo o día feriado oficial, podrá radicar la planilla el
próximo día laborable.
Instrucciones para el Formulario 941-PR (Rev. 1-2018)
-5-
Marque el encasillado para el trimestre
Debajo de Informe para este trimestre de 2018 en la parte
superior del Formulario 941-PR, marque el encasillado del trimestre
para el cual radica esta planilla. Asegúrese que el trimestre en
cuestión sea el mismo que aparece en todo Anexo B (Formulario
941-PR), Registro de la Obligación Contributiva para los
Depositantes de Itinerario Bisemanal, que usted adjunte.
Cómo completar y radicar el Formulario 941-PR
Anote las partidas en el Formulario 941-PR tal como se indica a
continuación para evitar problemas con su tramitación:
Use letra de imprenta de fuente Courier de 10 puntos (si es
posible) para cada anotación que escriba a maquinilla o con
computadora para completar su formulario. Los formularios en
formato de documento portátil (PDF, por sus siglas en inglés) en
IRS.gov tienen campos editables con especificaciones de fuentes
aceptables.
Omita el signo de dólares y puntos decimales. El uso de comas
es opcional. Anote las cantidades en dólares a la izquierda del
punto decimal impreso y los centavos a la derecha del punto. No
redondee las cantidades a números enteros.
Deje en blanco (menos las líneas 1 y 12) todo espacio para
anotar datos que tengan un valor de cero.
Use el signo de menos al anotar cantidades negativas (si es
posible). De otra manera, use paréntesis.
Anote su nombre y su EIN en todas las páginas y documentos
que adjunte.
Engrape todas las hojas en la parte superior izquierda de la
planilla al radicarla.
Si está enviando el
Formulario 941-PR. . .
Sin un pago. . .
Con un pago. . .
Desde Puerto Rico. . .
Internal Revenue Service
P.O. Box 409101
Ogden, UT 84409
Internal Revenue Service
P.O. Box 37941
Hartford, CT 06176-7941
Dirección especial para
la radicación por parte
de organizaciones
exentas; entidades
gubernamentales
federales, estatales y
locales; entidades
gubernamentales de
tribus indígenas
estadounidenses; sin
consideración de su
ubicación. . .
Department of the
Treasury
Internal Revenue Service
Ogden, UT 84201-0005
Internal Revenue Service
P.O. Box 37941
Hartford, CT 06176-7941
Las direcciones adonde debe enviar la planilla pudieron
haber cambiado de las que utilizó para declarar las
´
PRECAUCION
contribuciones sobre la nómina en años anteriores. No
envíe el Formulario 941-PR ni ningún pago a la SSA. También
recuerde que los servicios privados de entrega (PDS) no ofrecen
servicios a apartados postales.
!
Cómo hacer los depósitos
Usted tiene que depositar toda contribución
electrónicamente por transferencia electrónica de fondos
´
PRECAUCION
(EFT). Para obtener información, vea el tema Los depósitos
de la contribución federal tienen que efectuarse por transferencia
electrónica de fondos (EFT) bajo Recordatorios.
!
Conciliación de los Formularios 941-PR con el
Formulario W-3PR
El IRS concilia las cantidades declaradas en sus cuatro Formularios
941-PR trimestrales con las cantidades declaradas en los
Formularios 499R-2/W-2PR y cuya suma total se incluye en su
Formulario W-3PR, Informe de Comprobantes de Retención. Si las
cantidades no concuerdan, es posible que el IRS o la SSA se
comunique con usted. Las cantidades que se concilian son las
siguientes:
Salarios sujetos a la contribución al Seguro Social.
Propinas sujetas a la contribución al Seguro Social.
Salarios y propinas sujetos a la contribución al Medicare.
¿Tiene que depositar sus contribuciones?
Puede estar obligado a depositar tanto la contribución al Seguro
Social como al Medicare correspondientes al patrono y al
empleado.
Si el total de sus contribuciones después de considerar los
ajustes y créditos (línea 12) es menos de $2,500 para el
trimestre en curso o el trimestre anterior y usted no tuvo una
obligación de depositar $100,000 el próximo día durante el
trimestre en curso. No tiene que hacer un depósito. Para evitar
una multa, tiene que pagar la cantidad en su totalidad con una
planilla radicada a su debido tiempo o tiene que depositar la
cantidad oportunamente. Para más información sobre cómo pagar
junto con una planilla radicada a tiempo, vea las instrucciones de la
línea 14, más adelante. Si no está seguro si su obligación total por
pagar para el trimestre en curso será menos de $2,500 (y su
obligación para el trimestre anterior no fue menos de $2,500), haga
los depósitos según las reglas del itinerario mensual o bisemanal
para evitar multas por no depositar (FTD).
Si el total de sus contribuciones después de considerar los
ajustes y créditos (línea 12) es $2,500 o más para el trimestre
en curso y el trimestre anterior. Tiene que hacer depósitos
conforme a su itinerario de depósitos. Vea el apartado 11 de la Pub.
179 para más detalles.
Use el Anexo D (Formulario 941), en inglés, para explicar ciertas
diferencias o discrepancias relacionadas con los salarios,
contribuciones y pagos entre los Formularios 941-PR, Formularios
499R-2/W-2PR y los Formularios 499R-2c/W-2cPR, Corrección al
Comprobante de Retención, debidas a adquisiciones, fusiones o
consolidaciones estatutarias. Para más información, vea las
Instrucciones para el Anexo D (Formulario 941), en inglés. También
vea el Revenue Procedure 2004-53 (Procedimiento Administrativo
Contributivo 2004-53 o Rev. Proc. 2004-53, por su abreviatura en
inglés) para más información. Puede encontrar el Rev. Proc.
2004-53 en la página 320 del Internal Revenue Bulletin 2004-34
(Boletín de Rentas Internas 2004-34), en inglés, en el sitio web
IRS.gov/pub/irs-irbs/irb04-34.pdf.
Adónde deberá enviar la planilla
Usted puede reducir los depósitos durante el trimestre por la
cantidad del crédito de asistencia para las primas de COBRA que
se reflejarán en su Formulario 941-X (PR), pero sólo si utiliza el
proceso de reclamación y no el proceso de ajuste para reclamar el
crédito de asistencia para las primas de COBRA en el Formulario
941-X (PR) para el trimestre.
La dirección a la que envía su Formulario 941-PR varía
dependiendo de si incluye un pago junto con dicho formulario. Para
la dirección postal del IRS si usted está utilizando un PDS, visite
IRS.gov/PDSstreetAddresses.
El crédito de asistencia para las primas de COBRA se considera
como un crédito en el primer día del período de su planilla (es decir,
1 de enero, 1 de abril, 1 de julio o 1 de octubre). Sin embargo,
debido a que el crédito ahora se reclama en el Formulario 941-X
(PR) radicado después de la radicación del Formulario 941-PR, un
patrono que reduzca sus depósitos requeridos en anticipación del
crédito recibirá un aviso generado por el sistema reflejando un saldo
-6-
Instrucciones para el Formulario 941-PR (Rev. 1-2018)
Use el Formulario 843, en inglés, para solicitar un reembolso o
reducción en los intereses o multas que le han sido tasados. No
solicite la reducción de multas o intereses en los Formularios
941-PR o 941-X (PR).
adeudado y multas asociadas e intereses, si es aplicable. El saldo
adeudado, así como las multas e intereses correspondientes
resultantes de la reducción de los depósitos con anticipación del
crédito serán reducidas cuando se aplique el crédito. Tal reducción
generalmente ocurrirá sin ninguna otra acción de parte del patrono.
Si las contribuciones al Seguro Social y al Medicare (es
decir, contribuciones al fondo fiduciario) que se tienen que
´
PRECAUCION
retener no se retienen, no se depositan o no se pagan al
Tesoro de los Estados Unidos, se le podría imponer una multa por
recuperación del fondo fiduciario. La multa es del 100% de la
contribución al fondo fiduciario adeudada. Si estas contribuciones
no pagadas no se le pueden cobrar inmediatamente al patrono o al
negocio, la multa por recuperación del fondo fiduciario puede ser
impuesta a las personas que el IRS determine que son
responsables del cobro, de la contabilidad o del pago por estas
contribuciones y que intencionalmente no lo hacen. Vea el apartado
11 de la Pub. 179 para más información.
!
Como alternativa, para evitar que se reciba un aviso de saldo
adeudado generado por el sistema, el patrono puede efectuar sus
depósitos sin considerar la reducción en la obligación debido a la
anticipación del crédito de asistencia para las primas de COBRA, y
luego puede seguir los procedimientos para radicar una
reclamación para un reembolso o ajuste en la planilla utilizando el
Formulario 941-X (PR).
¿Cuándo tiene que depositar sus
contribuciones?
Determine si es depositante de itinerario mensual
o bisemanal para el trimestre
Ajuste a la contribución sobre las
propinas
El IRS usa dos clases de reglas de depósito para determinar
cuándo los negocios tienen que depositar sus contribuciones al
Seguro Social y al Medicare. Esos itinerarios le informarán cuándo
debe hacer un depósito después de un día de pago.
Si, para el día 10 del mes siguiente al mes en que recibió la
declaración de propinas del empleado, no tiene suficientes fondos
del empleado para retener la parte correspondiente al empleado de
las contribuciones al Seguro Social y al Medicare, entonces ya no
tendrá que recaudarlas. Declare la cantidad de las propinas en su
totalidad en las líneas 5b (Propinas sujetas a la contribución al
Seguro Social), 5c (Salarios y propinas sujetos a la
contribución al Medicare) y, si cumple con la cantidad del límite
superior, en la línea 5d (Salarios y propinas sujetos a la
retención de la Contribución Adicional al Medicare). Incluya en
la línea 9, por concepto de ajuste, el total de la parte no recaudada
correspondiente al empleado de las contribuciones al Seguro Social
y al Medicare.
Su itinerario de depósitos no se determina por la frecuencia en
que le paga a sus empleados. Su itinerario de depósitos depende
del total de la obligación contributiva que declaró en el Formulario
941-PR durante el período retroactivo de los cuatro trimestres
anteriores (desde el 1 de julio del segundo año natural anterior
(penúltimo año) hasta el 30 de junio del año natural pasado). Vea el
apartado 11 de la Pub. 179 para más detalles. Si radicó el
Formulario 944(SP) en 2016 ó 2017, su período retroactivo es el
año natural 2016.
¿Dónde puede obtener formularios?
Antes del comienzo de cada año natural, tiene que determinar
cuál de los itinerarios de depósitos tiene que usar.
Si declaró $50,000 o menos por concepto de contribuciones
durante el período retroactivo, usted es depositante de itinerario
mensual.
Si declaró más de $50,000 por concepto de contribuciones
durante el período retroactivo, usted es depositante de itinerario
bisemanal.
Vea la Pub. 179 para obtener información sobre cómo pedir
formularios del IRS por teléfono, por correo o por Internet. También
puede obtener algunos de los formularios del IRS en la dirección
indicada a continuación:
Internal Revenue Service
City View Plaza II Bldg.
48 Carr. 165 km. 1.2
Guaynabo, PR 00968-8000
Si usted es depositante de itinerario mensual y acumula
$100,000 o más por concepto de contribuciones en
´
PRECAUCION
cualquier día durante el período de depósito, entonces se
convierte en depositante de itinerario bisemanal en el próximo día y
por el resto del año natural y el año siguiente. Vea la Regla de
depositar $100,000 el próximo día en el apartado 11 de la Pub.
179 para más información.
!
Retención de la contribución federal
sobre los ingresos
En el caso de un empleado que es ciudadano de los Estados
Unidos y que trabaja para un patrono que no sea el gobierno de los
Estados Unidos o alguna de sus agencias, no hay que retener la
contribución federal sobre los ingresos de los salarios pagados a
dicho empleado si el patrono está obligado a retener la contribución
sobre ingresos de Puerto Rico en conformidad con sus leyes o
cuando es razonable creer que tal empleado será, durante todo el
año natural, residente bona fide de Puerto Rico. No obstante, si un
patrono tiene un empleado en Puerto Rico que es ciudadano de los
Estados Unidos y de cuyos salarios no se exige la retención de la
contribución sobre los ingresos de acuerdo con la ley de Puerto
Rico, y si tal empleado no piensa adquirir residencia bona fide en
Puerto Rico por todo el año natural, dicho patrono está obligado a
retener la contribución federal sobre los ingresos de los salarios
pagados al mencionado empleado. En casos como éste, el patrono
debe consultar con la oficina del IRS en Guaynabo.
¿Qué hay que saber acerca de las
multas e intereses?
Cómo evitar el pago de multas e intereses
Puede evitar el pago de multas e intereses si hace todo lo indicado
a continuación:
Deposita o paga las contribuciones cuando se debe hacer.
Radica a su debido tiempo su Formulario 941-PR debidamente
completado.
Declara correctamente su obligación contributiva.
Entrega cheques válidos para el pago de las contribuciones.
Entrega los Formularios 499R-2/W-2PR correctos a sus
empleados.
Radica el Formulario W-3PR junto a los Formularios 499R-2/
W-2PR ante la SSA a su debido tiempo y sin errores.
Use el Formulario 941, en inglés, en lugar del Formulario 941-PR
si tiene que retener la contribución federal sobre los ingresos de los
salarios pagados a sus empleados. Puede obtener los formularios
necesarios y las instrucciones pertinentes en la oficina en
Guaynabo o descargándolos del sitio web del IRS en IRS.gov/
Forms. La información está disponible en inglés.
Se cobran multas e intereses sobre las contribuciones pagadas
fuera de plazo y sobre las planillas radicadas fuera de plazo a una
tasa fijada conforme a la ley. Vea los apartados 11 y 12 de la Pub.
179 para más detalles.
Instrucciones para el Formulario 941-PR (Rev. 1-2018)
-7-
propinas aun cuando se haya alcanzado la base salarial para la
contribución al Seguro Social de $128,400.
Instrucciones Específicas:
Parte 1: Conteste las preguntas a
continuación para este trimestre
línea 5a (columna 1)
x 0.124
línea 5a (columna 2)
1. Número de empleados que recibieron
salarios, propinas u otras remuneraciones
durante este trimestre
5b. Propinas sujetas a la contribución al Seguro Social.
Anote el total de las propinas que sus empleados le hayan
declarado durante el trimestre hasta que el total de los salarios y
propinas para cada empleado alcance los $128,400 para el año.
Incluya todas las propinas que sus empleados le hayan declarado
aun cuando no haya podido retenerle la contribución
correspondiente al empleado del 6.2%. No incluya cargos por
servicios en la línea 5b.
Su empleado tiene que declararle las propinas en efectivo para
el día 10 del mes siguiente al mes en que recibió dichas propinas. El
informe debe incluir propinas cargadas (por ejemplo, cargos de las
tarjetas de crédito y débito) que usted le pagó a los empleados por
pagos provenientes de tarjetas de crédito de los clientes, propinas
que el empleado recibió directamente de los clientes y propinas que
recibió de otros empleados bajo cualquier acuerdo de propinas
compartidas. Los empleados que reciben propinas directamente e
indirectamente tienen que declararle las propinas al patrono. No se
requiere declarar las propinas para meses en que las propinas
sumen menos de $20. Los empleados pueden usar el Formulario
4070-PR (disponible solamente en la Pub. 1244-PR), o cualquier
declaración por escrito o informe electrónico de propinas recibidas.
No incluya las propinas asignadas en esta línea. En vez de
incluirlas aquí, declárelas en el Formulario 8027, en inglés. Las
propinas asignadas no se deben declarar en el Formulario 941-PR y
no están sujetas a la retención de las contribuciones al Seguro
Social o al Medicare.
Anote el número de empleados en su nómina a los cuales les pagó
remuneraciones durante el período de pago que incluye el 12 de
marzo, el 12 de junio, el 12 de septiembre o el 12 de diciembre del
trimestre indicado en la parte superior del Formulario 941-PR. No
incluya a:
Empleados domésticos,
Empleados no remunerados durante el período de pago,
Empleados agrícolas,
Pensionistas o
Miembros activos de las Fuerzas Armadas.
Si anota “250” o más en la línea 1, tiene que radicar los
CONSEJO Formularios 499R-2/W-2PR por medios electrónicos. Para
más detalles, visite el sitio web “Employer W-2 Filing
Instructions & Information” (Instrucciones e información sobre la
radicación de Formularios W-2 hecha por patronos) de la SSA en
SSA.gov/Employer, en inglés, o llame a la SSA al 1-800-772-6270.
4. Si los salarios, propinas y otras
remuneraciones no están sujetos a las
contribuciones al Seguro Social y al Medicare
Si los salarios, propinas y otras remuneraciones no están sujetos a
las contribuciones al Seguro Social y al Medicare, marque el
encasillado en la línea 4. Si esta pregunta no le corresponde, deje
en blanco el encasillado. Para más información sobre los salarios
exentos de la contribución, vea el apartado 15 de la Pub. 179, y el
apartado 4 de la Pub. 15-A, en inglés.
línea 5b (columna 1)
x 0.124
línea 5b (columna 2)
Si es patrono gubernamental, los salarios que paga no
están exentos automáticamente de las contribuciones al
´
PRECAUCION
Seguro Social y al Medicare. Sus empleados podrían estar
amparados por la ley o por un acuerdo voluntario con la SSA
conforme a la sección 218. Para más información, vea la Pub. 963,
Federal-State Reference Guide (Guía de consulta federal y estatal),
en inglés.
!
5c. Salarios y propinas sujetos a la contribución al
Medicare. Anote todos los salarios, propinas, compensación por
enfermedad y beneficios marginales contributivos sujetos a la
contribución al Medicare. A diferencia de los salarios sujetos al
Seguro Social, no hay límite sobre la cantidad de salarios sujetos a
la contribución al Medicare.
La tasa de la contribución al Medicare es 1.45% (0.0145) tanto
para la parte del patrono como la del empleado o 2.9% (0.029) para
las dos partes. Incluya todas las propinas que sus empleados le
hayan declarado durante el trimestre, aun cuando no haya podido
retenerles la parte de la contribución correspondiente a los
empleados del 1.45%.
5a–5e. Salarios y propinas sujetos a las
contribuciones al Seguro Social y al Medicare
5a. Salarios sujetos a la contribución al Seguro Social.
Anote aquí el total de los salarios, compensación por enfermedad y
beneficios marginales sujetos a la contribución al Seguro Social que
pagó a sus empleados durante el trimestre. Para este propósito, la
compensación por enfermedad incluye los pagos hechos a sus
empleados por una compañía de seguros y por los cuales usted fue
notificado oportunamente por dicha compañía de seguros. Vea el
apartado 6 de la Pub. 15-A, en inglés, para más información sobre
la declaración de la compensación por enfermedad.
Anote la cantidad total antes de descontar toda deducción. No
incluya propinas en esta línea. Para más información sobre los tipos
de salarios sujetos a las contribuciones al Seguro Social, vea el
apartado 5 de la Pub. 179.
La tasa para 2018 de la contribución al Seguro Social sobre los
salarios sujetos a contribución es 6.2% (0.062) correspondiente
tanto al patrono como al empleado, o sea, 12.4% (0.124) para los
dos. Deje de pagar y de declarar la contribución al Seguro Social
sobre los salarios de un empleado en la línea 5a cuando los salarios
sujetos a contribución (incluyendo las propinas) del empleado
alcancen $128,400 para el año. Sin embargo, siga reteniéndole la
contribución al Medicare para todo el año sobre los salarios y
línea 5c (columna 1)
x 0.029
línea 5c (columna 2)
Para más información, vea los apartados 5, 6 y 9 de la Pub. 179.
5d. Salarios y propinas sujetos a la retención de la
Contribución Adicional al Medicare. Anote el total de los
salarios, propinas, pagos por enfermedad y beneficios marginales
sujetos a la retención de la Contribución Adicional al Medicare. Se
le requiere que comience la retención de la Contribución Adicional
al Medicare en el período de pago en el que le paga a un empleado
un salario de más de $200,000 y después continuar la retención en
cada período de pago hasta el final del año natural. La Contribución
Adicional al Medicare sólo le corresponde al empleado. No hay
ninguna Contribución Adicional al Medicare que le corresponda a la
parte del patrono. Todos los salarios que están sujetos a la
-8-
Instrucciones para el Formulario 941-PR (Rev. 1-2018)
computadoras (software) para escanear que utiliza el IRS. Por
ejemplo, declare “-10.59” en vez de “(10.59)”. Sin embargo, si su
programa de computadora sólo permite el uso de los paréntesis
para declarar cantidades negativas, puede usarlos.
contribución al Medicare están sujetos a la retención de la
Contribución Adicional al Medicare si éstos se pagan en exceso del
límite de $200,000.
Para más información sobre qué salarios están sujetos a la
contribución al Medicare, vea la tabla titulada Reglas especiales
para varias clases de servicios y de pagos en el apartado 15 de
la Pub.179. Para más información sobre la Contribución Adicional al
Medicare, visite el sitio web IRS.gov/ADMT y pulse sobre Español.
Cuando los salarios y propinas exceden el límite superior de la
retención de $200,000, tiene que incluir todas las propinas que sus
empleados le hayan declarado durante el trimestre, aun cuando no
haya podido retenerles la parte de la contribución correspondiente a
los empleados de 0.9% (0.009).
Ajustes del trimestre en curso. En ciertos casos, tendrá que
ajustar las cantidades declaradas como contribuciones al Seguro
Social y al Medicare en la columna 2 de las líneas 5a a 5d para
poder determinar su obligación contributiva correcta en el
Formulario 941-PR para este trimestre. Vea el apartado 12 de la
Pub. 179.
7. Ajustes por fracciones de centavos del trimestre actual.
Anote los ajustes por fracciones de centavos (debido al redondeo
de las cifras) que tienen que ver con la parte correspondiente al
empleado de las contribuciones al Seguro Social y al Medicare
retenidas. La parte correspondiente al empleado de las cantidades
indicadas en la columna 2 de las líneas 5a a 5d puede diferir un
poco de las cantidades realmente retenidas de los pagos de sus
empleados debido al redondeo de las contribuciones al Seguro
Social y al Medicare que ocurrió al aplicar las tasas estatutarias.
8. Ajustes por compensación por enfermedad del trimestre
actual. Anote el ajuste por la parte correspondiente al empleado de
las contribuciones al Seguro Social y al seguro Medicare retenidas y
pagadas por su tercero pagador de compensación por enfermedad
con respecto a toda la compensación por enfermedad pagada por
el tercero pagador. Estos salarios deben ser incluidos en la línea 5a
y la línea 5c y, si cumple con la cantidad del límite superior, en la
línea 5d. Si usted es el tercero pagador de compensación por
enfermedad, anote el ajuste de la parte correspondiente al patrono
de estas contribuciones que se requiere ser pagado por el patrono.
9. Ajustes por propinas y por seguro temporal de vida
colectivo a término fijo del trimestre actual. Anote todo ajuste
por:
La parte correspondiente al empleado de las contribuciones al
Seguro Social y al Medicare no retenidas sobre las propinas y
La parte correspondiente al empleado de las contribuciones al
Seguro Social y al Medicare no retenidas sobre las primas del
seguro de vida colectivo a término fijo pagadas para sus
ex empleados.
línea 5d (columna 1)
x 0.009
línea 5d (columna 2)
5e. Total de contribuciones al Seguro Social y al Medicare.
Sume las cantidades de la columna 2 de las líneas 5a a 5d y anote
el resultado en la línea 5e.
5f. Notificación y solicitud de pago conforme a
la sección 3121(q): Contribución adeudada por
propinas no declaradas
Anote el saldo de contribución adeudado que aparece en el Notice
and Demand under Section 3121(q) (Notificación y solicitud de pago
conforme a la sección 3121(q)), en inglés, en la línea 5f. El IRS
emite esta notificación para informarle a un patrono de la cantidad
de propinas recibidas por empleados que no fueron declaradas o
que fueron declaradas de menos al patrono. El patrono no es
responsable de pagar la parte correspondiente del patrono de las
contribuciones al Seguro Social y al Medicare por las propinas no
declaradas hasta que el IRS le emita una notificación y solicitud de
pago conforme a la sección 3121(q) a dicho patrono. La
contribución adeudada pudo haber sido determinada calculando las
propinas declaradas al IRS en el Formulario 4137, Social Security
and Medicare Tax on Unreported Tip Income (Contribuciones al
Seguro Social y al Medicare sobre el ingreso de propinas no
declaradas), en inglés, del empleado, u otras propinas que el IRS
determinó que no fueron declaradas al patrono después de una
revisión. Para obtener más información, vea el Revenue Ruling
2012-18 (Resolución administrativa contributiva 2012-18) que
aparece en la página 1032 del I.R.B. 2012-26, disponible en
IRS.gov/irb/2012-26_IRB/ar07.html.
Ajustes de trimestres anteriores. Si necesita corregir un ajuste
declarado en un Formulario 941-PR radicado previamente,
complete y radique el Formulario 941-X (PR). El Formulario
941-X (PR) se utiliza para hacer ajustes y se radica por separado
del Formulario 941-PR. Vea el apartado 12 de la Pub. 179.
10. Total de contribuciones después de
considerar los ajustes
Combine las cantidades que aparecen en las líneas 6 a 9 y anote el
resultado en la línea 10.
Deposite la contribución dentro del período requerido que le
corresponde a su itinerario de depósito para evitar cualquier multa.
La contribución se tratará como acumulada por el patrono en la
parte titulada Date of Notice and Demand (Fecha de notificación y
solicitud), en inglés, la cual está impresa en la notificación y solicitud
de pago conforme a la sección 3121(q). El patrono tiene que incluir
esta cantidad en la línea apropiada del formulario que corresponde
a la obligación contributiva federal (la Parte 2 del Formulario 941-PR
para un depositante de itinerario mensual o en el Anexo B del
Formulario 941-PR para un depositante de itinerario bisemanal).
11. Crédito contributivo sobre la nómina de
pequeños negocios calificados por aumentar
las actividades investigativas
Anote la cantidad del crédito de la línea 12 del Formulario 8974.
!
´
PRECAUCION
6. Total de contribuciones antes de ajustes
12. Total de contribuciones después de
considerar los ajustes y créditos
Sume el total de las contribuciones al Seguro Social y al Medicare
antes de tomar en cuenta los ajustes (línea 5e) y toda contribución
adeudada de la notificación y solicitud de pago conforme a la
sección 3121(q) declarada en la línea 5f. Anote el resultado en la
línea 6.
Reste la línea 11 de la línea 10 para determinar el total de
contribuciones después de considerar los ajustes y créditos y anote
el resultado en la línea 12.
Si la cantidad de la línea 12 es menos de $2,500 para el
trimestre en curso o el trimestre anterior y usted no tuvo una
obligación de depositar $100,000 el próximo día durante el
trimestre en curso. Puede pagar la cantidad junto con el
Formulario 941-PR o puede depositarla. Para evitar una multa, tiene
que pagar la cantidad en su totalidad junto con una planilla radicada
a su debido tiempo o tiene que depositar la cantidad
7–9. Ajustes a la contribución
Anote en las líneas 7 a 9 las cantidades de contribución que
resultaron por un ajuste del trimestre en curso. Use el signo de
menos (si es posible) para indicar un ajuste que disminuya las
contribuciones totales anotadas en la línea 6 en vez de usar
paréntesis. Esto mejora la veracidad de los programas de
Instrucciones para el Formulario 941-PR (Rev. 1-2018)
Si anota una cantidad en la línea 11, tiene que adjuntar el
Formulario 8974.
-9-
oportunamente. Para más información sobre cómo pagar junto con
una planilla radicada a tiempo, vea las instrucciones de la línea 14.
Si la cantidad de la línea 12 es $2,500 o más para el
trimestre en curso y el trimestre anterior o si usted tuvo una
obligación de depositar $100,000 el próximo día durante el
trimestre en curso. Tiene que hacer depósitos conforme a su
itinerario de depósitos. La cantidad que aparece en la línea 12 tiene
que ser igual al “Total para el trimestre”que aparece en la línea
16 del Formulario 941-PR o a la “Obligación total para el
trimestre” que aparece en el Anexo B (Formulario 941-PR).
¿Qué pasa si usted no puede pagar en su totalidad? Si no
puede pagar la cantidad completa de contribución que adeuda,
puede solicitar un plan de pagos a plazos por Internet. Puede
solicitar un plan de pagos a plazos por Internet si:
No puede pagar la cantidad total que aparece en la línea 14,
La cantidad total que adeuda es $25,000 o menos y
Usted puede pagar la obligación en su totalidad dentro de 24
meses.
Para solicitar un acuerdo de pago usando la Solicitud Electrónica
para el Acuerdo de Pagos a Plazos, visite el sitio web del IRS en
IRS.gov/OPA y luego pulse sobre Español.
Conforme a un plan de pagos a plazos, usted puede pagar la
cantidad que adeuda en plazos mensuales. Hay ciertas condiciones
que usted tiene que cumplir para establecer y mantener un plan de
pagos a plazos, tales como pagar la obligación dentro de 24 meses,
efectuar todos los depósitos requeridos y radicar oportunamente las
planillas de contribución durante el acuerdo.
Si su plan de pagos a plazos se acepta, se le cobrará un cargo
administrativo y estará sujeto a las multas e intereses sobre la
cantidad de la contribución que no ha sido pagada para la fecha de
vencimiento de la planilla.
Para obtener más información y reglas sobre los depósitos de la
contribución federal, vea Cómo hacer los depósitos , anteriormente,
y en el apartado 11 de la Pub. 179.
Si es depositante de itinerario bisemanal, tiene que
completar el Anexo B (Formulario 941-PR). Si no completa
´
PRECAUCION
ni radica el Anexo B (Formulario 941-PR), el IRS le puede
imponer multas basadas en toda la información que esté disponible.
!
13. Total de depósitos para este trimestre . . .
Anote sus depósitos para este trimestre, incluyendo toda cantidad
pagada en exceso de un trimestre anterior que usted aplicó a esta
planilla. Incluya también en esta cantidad toda cantidad pagada en
exceso que usted aplicó proveniente de la radicación del Formulario
941-X (PR) o el Formulario 944-X (SP) en el trimestre actual.
15. Contribución pagada en exceso
Si la cantidad de la línea 13 es mayor que la cantidad de la línea 12,
anote la diferencia en la línea 15. Nunca anote una cantidad en
ambas líneas 14 y 15.
14. Saldo adeudado
Si depositó más de la cantidad correcta para el trimestre, puede
optar por que el IRS le reintegre la cantidad pagada de más o que
ésta se le acredite a su próxima planilla. Marque solamente un
encasillado en la línea 15. Si no marca ninguno de los encasillados
o si marca ambos encasillados, generalmente se le aplicará la
cantidad pagada en exceso a su próxima planilla.
Independientemente de los encasillados que usted marque o no
marque en la línea 15, podemos además aplicar dicha cantidad a
toda cuenta contributiva vencida (en mora) que aparezca en
nuestros registros bajo su EIN.
Si la cantidad de la línea 12 es mayor que la cantidad de la línea 13,
anote la diferencia en la línea 14. De lo contrario, vea Contribución
pagada en exceso, más adelante.
Nunca anote una cantidad en ambas líneas 14 y 15.
No tiene que pagar si la cantidad de la línea 14 es menos
de $1. Por lo general, tendrá un saldo adeudado si el total de sus
contribuciones después de considerar los ajustes y créditos (línea
12) para el trimestre en curso o el trimestre anterior es menos de
$2,500 y usted no tuvo una obligación de depositar $100,000 el
próximo día durante el trimestre en curso. Sin embargo, vea el
apartado 11 de la Pub. 179 referente a los pagos efectuados de
acuerdo a la regla de la exactitud de los depósitos.
Si la cantidad de la línea 15 es menos de $1, le enviaremos un
reembolso o se la aplicaremos a su próxima planilla de contribución
únicamente si lo solicita por escrito.
Si usted está obligado a efectuar depósitos de la contribución
federal, pague la cantidad indicada en la línea 14 por EFT. Si no
está obligado a efectuar depósitos de la contribución federal, puede
pagar la cantidad indicada en la línea 14 por EFT, tarjeta de crédito,
tarjeta de débito, cheque, giro postal o EFW. Para más información
sobre las opciones de pago por medios electrónicos, visite el sitio
web del IRS en IRS.gov/Pagos.
Complete ambas páginas
Tiene que completar ambas páginas del Formulario 941-PR y firmar
la segunda página. Si no lo hace, podrá causar demoras en la
tramitación de su planilla.
Parte 2: Infórmenos sobre su
itinerario de depósitos y obligación
contributiva para este trimestre
Si paga mediante la EFT, tarjeta de crédito o tarjeta de débito,
envíe su planilla de contribución a la dirección en la cual se radican
las planillas enviadas “Sin un pago”, indicada bajo Adónde deberá
enviar la planilla, anteriormente, y no radique el Formulario
941-V(PR), Comprobante de Pago.
16. Obligación contributiva para el trimestre
Si paga mediante un cheque o giro, hágalo a la orden de “United
States Treasury” (Tesoro de los EE.UU.). Anote su EIN, “Formulario
941-PR” y el período contributivo (“1er trimestre de 2018”, “2do
trimestre de 2018”, “3er trimestre de 2018” o “4to trimestre de 2018”)
en su cheque o giro. Complete el Formulario 941-V(PR) y adjúntelo
al Formulario 941-PR.
Excepción de minimis (mínimo). Si la cantidad de la línea 12
para el trimestre en curso o para el trimestre anterior es menos de
$2,500 y usted no tuvo una obligación de depositar $100,000 el
próximo día durante el trimestre en curso, marque el encasillado
correspondiente en la línea 16 y pase a la Parte 3.
Si la línea 12 indica una cantidad de $2,500 o más y ha
depositado todas las contribuciones cuando éstas se adeudaban, la
cantidad indicada en la línea 14 deberá ser cero, a menos que haya
reducido sus depósitos en anticipación de la radicación del
Formulario 941-X (PR) para reclamar el crédito de asistencia para
las primas de COBRA. Vea Cómo hacer los depósitos,
anteriormente.
Si la excepción de minimis (mínimo) le aplica basado en el
trimestre anterior y la línea 12 del trimestre actual es
´
PRECAUCION
$100,000 o más, tiene que proporcionar un registro de su
responsabilidad sobre las contribuciones federales. Si usted es un
depositante de itinerario mensual, complete el resumen de su
obligación contributiva mensual que se encuentra en la línea 16 del
Formulario 941-PR. Si usted es un depositante de itinerario
bisemanal, adjunte el Anexo B del Formulario 941-PR.
!
Si usted tiene la obligación de hacer los depósitos
requeridos y, en su lugar, paga las contribuciones con el
´
PRECAUCION
Formulario 941-PR, puede estar sujeto a multas. Vea la
sección titulada ¿Tiene que depositar sus contribuciones?,
anteriormente.
!
Si declaró $50,000 o menos por concepto de contribuciones
durante el período retroactivo, usted es depositante de itinerario
mensual a menos que le corresponda la Regla de depositar
$100,000 el próximo día que se explica en el apartado 11 de la
-10-
Instrucciones para el Formulario 941-PR (Rev. 1-2018)
pagos de nómina sucesivos en el trimestre hasta que el crédito sea
utilizado. De acuerdo con las entradas en la línea 16 o el Anexo B
(Formulario 941-PR), el crédito contributivo sobre la nómina se debe
tener en cuenta al hacer los depósitos de las contribuciones sobre
la nómina. Si se mantiene algún crédito contributivo sobre la nómina
al final del trimestre que no se ha utilizado completamente porque
excede la parte correspondiente al patrono de la contribución al
Seguro Social para el trimestre, el crédito en exceso puede ser
transferido al trimestre siguiente y permitido como un crédito
contributivo sobre la nómina para el trimestre siguiente. El crédito
contributivo sobre la nómina no se puede utilizar como un crédito
contra la retención de la contribución federal sobre ingresos, la
contribución al Medicare o la parte del empleado de la contribución
al Seguro Social. Además, el crédito contributivo sobre la nómina
restante no puede ser devuelto y tomado como crédito contra
salarios pagados de trimestres anteriores.
Pub. 179. Marque el encasillado correspondiente en la línea 16 y
anote su obligación contributiva para cada mes del trimestre. Sume
las cantidades para cada mes. Anote el resultado en el encasillado
Total para el trimestre.
Tenga presente que su obligación contributiva total para el
trimestre tiene que ser igual al total de las contribuciones indicadas
en la línea 12. Si no es así, se podría considerar que sus depósitos y
pagos no fueron hechos oportunamente. No cambie su obligación
contributiva en la línea 16 por ajustes declarados en todo Formulario
941-X (PR).
Usted es depositante de itinerario mensual para el año natural si
las contribuciones que aparecen en su Formulario 941-PR
declaradas para el período retroactivo son $50,000 o menos. El
período retroactivo consta de los 4 trimestres consecutivos que
terminan el 30 de junio del año anterior. En el caso del año 2018, el
período retroactivo comienza el 1 de julio de 2016 y termina el 30 de
junio de 2017. Vea el apartado 11 de la Pub. 179 para más detalles
sobre las reglas de depósito. Si radicó el Formulario 944(SP) en
2016 ó 2017, su período retroactivo es el año natural 2016.
Ejemplo: Rosa Co. es un patrono con un año natural
contributivo que radicó oportunamente su planilla de contribuciones
sobre los ingresos el 17 de abril de 2018. Rosa Co. eligió tomar en
el Formulario 6765 el crédito contributivo sobre la nómina de
pequeños negocios calificados por aumentar las actividades
investigativas. El tercer trimestre de 2018 es el primer trimestre que
comienza después de que Rosa Co. radicó la planilla de
contribuciones sobre los ingresos haciendo la elección del crédito
contributivo sobre la nómina. Por lo tanto, el crédito contributivo
sobre la nómina se aplica contra la parte de Rosa Co. en la
contribución al Seguro Social sobre los salarios pagados a los
empleados en el tercer trimestre de 2018. Rosa Co. es un
depositante de itinerario bisemanal. Rosa Co. completa el Anexo B
(Formulario 941-PR) reduciendo la cantidad de la obligación
contributiva anotada para el primer pago de la nómina en el tercer
trimestre de 2018 que incluye los salarios sujetos a la contribución
al Seguro Social por el menor de (1) su parte de la contribución al
Seguro Social sobre los salarios o (2) el crédito contributivo sobre la
nómina disponible. Si el crédito contributivo sobre la nómina elegido
es más que la parte de Rosa Co. en la contribución al Seguro Social
en el primer pago de la nómina del trimestre, el crédito contributivo
en exceso sobre la nómina se trasladaría a los pagos sobre la
nómina sucesivos en el tercer trimestre, hasta que sea utilizado. Si
la cantidad del crédito contributivo sobre la nómina excede la parte
de Rosa Co. en la contribución al Seguro Social sobre los salarios
pagados a sus empleados en el tercer trimestre, el exceso de
crédito se trataría como un crédito contributivo contra su parte a la
contribución al Seguro Social sobre salarios pagados en el cuarto
trimestre. Si la cantidad restante del crédito contributivo sobre la
nómina superó la parte de Rosa Co. en la contribución al Seguro
Social sobre los salarios pagados en el cuarto trimestre, podría ser
transferida y ser tratada como un crédito contributivo sobre la
nómina para el primer trimestre de 2019.
Las cantidades declaradas en la línea 16 son un resumen
de su obligación contributiva mensual y no es un resumen o
´
PRECAUCION
registro de los depósitos que efectuó. Si no declara
correctamente sus obligaciones cuando se le requiere hacerlo o si
es depositante de itinerario bisemanal y declara sus obligaciones en
la línea 16 en lugar del Anexo B del Formulario 941-PR, se le podría
imponer una multa “promediada” por no depositar (FTD, por sus
siglas en inglés). Vea el tema titulado Multas relacionadas con los
depósitos en el apartado 11 de la Pub. 179 para más información.
!
Si declaró más de $50,000 por concepto de contribuciones para
el período retroactivo (ver anteriormente), usted es depositante de
itinerario bisemanal. Marque el encasillado correspondiente en la
línea 16.
Tiene que completar el Anexo B (Formulario 941-PR) y
adjuntarlo al radicar el Formulario 941-PR. No use el Anexo B
(Formulario 941-PR) si es depositante de itinerario mensual.
No cambie su obligación contributiva en el Anexo B (Formulario
941-PR) por ajustes declarados en todo Formulario 941-X (PR).
Ajuste de la obligación contributiva para el crédito contributivo sobre la nómina de pequeños negocios calificados por aumentar las actividades investigativas declarado en la línea 11.
Depositantes de itinerario mensual y depositantes de itinerario
bisemanal tienen que tomar en cuenta el crédito contributivo sobre
la nómina de pequeños negocios calificados por aumentar las
actividades investigativas (línea 11) al declarar sus obligaciones
contributivas en la línea 16 o en el Anexo B (Formulario 941-PR). El
total de la obligación contributiva del trimestre tiene que ser igual a
la cantidad declarada en la línea 12. No tomar en consideración el
crédito contributivo sobre la nómina de pequeños negocios
calificados por aumentar las actividades investigativas en la línea 16
o en el Anexo B (Formulario 941-PR) puede causar que la línea 12
sea inferior a la cantidad total declarada en la línea 16 o en el Anexo
B (Formulario 941-PR). No disminuya la obligación contributiva
declarada en la línea 16 o en el Anexo B (Formulario 941-PR) por
debajo de cero.
El crédito contributivo sobre la nómina de pequeños negocios
calificados por aumentar las actividades investigativas se aplica
contra la parte de la contribución al Seguro Social sobre los salarios
pagados correspondiente al patrono en el primer trimestre natural
comenzando después de la fecha en que el pequeño negocio
calificado radicó su planilla de contribuciones sobre los ingresos.
Para completar la línea 16 o el Anexo B (Formulario 941-PR), usted
tiene que tomar en cuenta el crédito contributivo sobre la nómina
contra la obligación de la contribución al Seguro Social
correspondiente al patrono comenzando con el primer pago de
nómina para el trimestre que incluye los pagos de salarios sujetos a
la contribución al Seguro Social de sus empleados. El crédito puede
ser utilizado contra la parte de la contribución al Seguro Social
correspondiente al patrono sobre salarios asociados con el primer
pago de nómina, y luego contra la parte de la contribución al Seguro
Social correspondiente al patrono sobre salarios asociados con
Instrucciones para el Formulario 941-PR (Rev. 1-2018)
Parte 3: Infórmenos sobre su negocio
En la Parte 3, conteste únicamente aquellas preguntas que le
correspondan a su negocio. Si alguna pregunta no le corresponde,
déjela en blanco y pase a la Parte 4.
17. Si su negocio ha dejado de operar . . .
Si su negocio ha dejado de operar o si ha dejado de pagar salarios,
tiene que radicar una planilla final. Para informarle al IRS que un
Formulario 941-PR es su planilla final, marque el encasillado de la
línea 17 y anote la última fecha en la que pagó salarios en el
espacio provisto. Para leer sobre otros requisitos de la radicación,
consulte Planilla final y Si cierra su negocio..., anteriormente.
18. Si es patrono estacional . . .
Si contrata a empleados estacionales —por ejemplo, sólo para el
verano o el invierno— marque el encasillado de la línea 18. El
marcar el encasillado le indica al IRS que no anticipe recibir los
cuatro Formularios 941-PR de usted durante el año porque no ha
pagado salarios con regularidad.
-11-
Por lo general, no le solicitaremos información sobre planillas no
radicadas si radica al menos una planilla que indique un saldo de
contribución adeudado cada año. Sin embargo, tiene que marcar
este encasillado cada vez que radique el Formulario 941-PR.
• Fideicomiso o caudal hereditario: El fiduciario.
El Formulario 941-PR puede ser firmado por un agente
debidamente autorizado para representar al contribuyente si se ha
radicado un poder legal válido ante el IRS.
Además, al completar el Formulario 941-PR, asegúrese de
marcar el encasillado de la parte superior de la planilla que
corresponde al trimestre en que declara salarios.
Método alterno de firma. Los ejecutivos de la corporación o
agentes debidamente autorizados pueden firmar el Formulario
941-PR por medio de un sello de goma, aparato mecánico o
programa para computadoras (software). Para más detalles y la
documentación requerida, vea el Revenue Procedure 2005-39
(Procedimiento Administrativo Contributivo 2005-39), en inglés.
Puede ver dicho procedimiento en el Internal Revenue Bulletin
2005-28 (Boletín de Rentas Internas 2005-28), en inglés, disponible
en el sitio web IRS.gov/irb/2005-28_IRB/ar16.html.
Parte 4: ¿Podemos comunicarnos
con su tercero autorizado?
Si desea autorizar a algún empleado suyo, a un preparador
remunerado o a otro individuo para que éste hable sobre su
Formulario 941-PR con el IRS, marque el encasillado Sí en la Parte
4. Anote el nombre, número de teléfono y los cinco dígitos del
número de identificación personal (PIN, por sus siglas en inglés) del
individuo específico con quien podamos hablar —no el nombre de
la empresa que preparó su planilla de contribución. La persona
designada puede elegir cualesquier cinco dígitos para su PIN.
Para uso exclusivo del preparador remunerado
Un preparador remunerado tiene que firmar el Formulario 941-PR y
proporcionar la información solicitada en la sección titulada Para
uso exclusivo del preparador remunerado en la Parte 5 si le
pagó al preparador para preparar el Formulario 941-PR y dicho
preparador no es empleado de la entidad que radica la planilla. Los
preparadores remunerados tienen que firmar las planillas de papel
de su puño y letra. El preparador tiene que darle una copia adicional
de la planilla además de la planilla que en sí será radicada ante el
IRS.
Al marcar el encasillado Sí, usted le autoriza al IRS para que
hable con el tercero designado a fin de hacerle preguntas que nos
surjan al tramitar su planilla de contribución. Además, le permite a la
persona designada que haga todo lo siguiente:
Facilitarnos toda información no incluida en su planilla.
Llamarnos para obtener información relacionada con la
tramitación de su planilla.
Responder a ciertas notificaciones del IRS que usted haya
compartido con su tercero designado relacionadas con errores
matemáticos y con la preparación de su planilla. El IRS no le enviará
notificaciones a su tercero designado.
Si usted es preparador remunerado, anote su número de
identificación del preparador remunerado (PTIN, por sus siglas en
inglés) en el espacio provisto. Incluya su dirección completa. Si
trabaja para una firma o empresa, anote el nombre y el EIN de la
firma. Puede solicitar un PTIN por Internet o radicando el Formulario
W-12, en inglés. Para más información sobre la solicitud de un PTIN
por Internet, visite IRS.gov/PTIN, en inglés. No puede usar su PTIN
en lugar del EIN de la firma preparadora de contribuciones.
Usted no le autoriza a su tercero designado a obligarle a ningún
compromiso (por ejemplo, a pagar una obligación contributiva
adicional), ni de otra manera representarlo a usted ante el IRS. Si
desea ampliar la autorización de su tercero designado, vea la Pub.
947, en inglés.
Por lo general, no complete esta sección si está radicando la
planilla en su calidad de agente de reportación y tiene un Formulario
8655, en inglés, vigente y archivado ante el IRS. Sin embargo, un
agente de reportación tiene que completar esta sección si dicho
agente le ofreció asesoría legal; por ejemplo, aconsejarle al cliente
sobre cómo determinar si los trabajadores son empleados o
contratistas independientes para propósitos de las contribuciones
federales.
La autorización para un tercero designado vencerá
automáticamente en 1 año a partir de la fecha de vencimiento (sin
tener en cuenta las prórrogas) para radicar su Formulario 941-PR.
Si usted o su tercero designado desea dar por finalizada la
autorización, escriba al centro de servicio del IRS a la dirección
donde se envían planillas “Sin un pago”, indicada bajo Adónde
deberá enviar la planilla, anteriormente.
Cómo obtener formularios,
instrucciones y publicaciones del IRS
Parte 5: Firme aquí
(Funciones aprobadas)
Visite el sitio web IRS.gov/OrderForms, en inglés.
Complete toda la información en la Parte 5 y firme el Formulario
941-PR. Las siguientes personas están autorizadas a firmar la
planilla, según cada clase de entidad comercial.
• Empresa de un solo dueño: El individuo que posee el negocio
(el propietario o dueño).
• Corporación (incluyendo una compañía de responsabilidad
limitada (LLC) que se trata como una corporación): El
presidente, vice presidente u otro funcionario principal que esté
debidamente autorizado a firmar en nombre de dicha corporación.
• Sociedad colectiva (incluyendo una compañía de responsabilidad limitada (LLC) que se trata como una sociedad colectiva) u otra empresa no incorporada: Un miembro, socio u otro
funcionario responsable y debidamente autorizado que tenga
conocimiento de sus asuntos.
• Compañía de responsabilidad limitada (LLC) de un solo socio que se trata como una entidad no considerada como separada de su dueño (disregarded entity) para propósitos de las
contribuciones federales sobre los ingresos: El dueño de la
compañía de responsabilidad limitada (LLC, por sus siglas en
inglés) u otro funcionario principal que esté debidamente autorizado
a firmar en nombre de dicha compañía.
-12-
Instrucciones para el Formulario 941-PR (Rev. 1-2018)
Otros productos del IRS que le
pueden ser necesarios
• Formulario SS-4PR, Solicitud de Número de Identificación
Patronal (EIN)
• Formulario W-3PR, Informe de Comprobantes de Retención
• Formulario W-3c PR, Transmisión de Comprobantes de Retención
Corregidos
• Formulario 940-PR, Planilla para la Declaración Federal Anual del
Patrono de la Contribución Federal para el Desempleo (FUTA)
• Formulario 941-X (PR), Ajuste a la Declaración Federal
TRIMESTRAL del Patrono o Reclamación de Reembolso
• Formulario 943-PR, Planilla para la Declaración Anual de la
Contribución Federal del Patrono de Empleados Agrícolas
• Formulario 944(SP), Declaración Federal ANUAL de Impuestos
del Patrono o Empleador
• Formulario 944-X (SP), Ajuste a la Declaración Federal ANUAL del
Empleador o Reclamación de Reembolso
• Formulario 4070-PR, Informe al Patrono de Propinas Recibidas
por el Empleado
• Formulario 8027, Employer's Annual Information Return of Tip
Income and Allocated Tips (Declaración informativa anual del
patrono de ingresos de propinas y propinas asignadas), en inglés
• Formulario 8655, Reporting Agent Authorization (Autorización para
agentes de reportación), en inglés
• Formulario 8974, Qualified Small Business Payroll Tax Credit for
Increasing Research Activities (Crédito contributivo sobre la
nómina de pequeños negocios calificados por aumentar las
actividades investigativas), en inglés
• Pub. 15, Employer's Tax Guide (Guía contributiva para el patrono),
en inglés
• Pub. 15-A, Employer's Supplemental Tax Guide (Guía contributiva
suplementaria para el patrono), en inglés
• Pub. 15-B, Employer's Tax Guide to Fringe Benefits (Guía
contributiva para el patrono que paga beneficios marginales), en
inglés
• Pub. 179, Guía Contributiva Federal para Patronos Puertorriqueños
• Pub. 1244-PR, Registro Diario de Propinas Recibidas por el(la)
Empleado(a) e Informe al Patrono
• Pub. 926, Household Employer's Tax Guide (Guía contributiva
para patronos de empleados domésticos), en inglés
• Anexo B (Formulario 941-PR), Registro de la Obligación
Contributiva para los Depositantes de Itinerario Bisemanal
• Anexo D (Formulario 941), Report of Discrepancies Caused by
Acquisitions, Statutory Mergers, or Consolidations (Informe de
discrepancias causadas por adquisiciones, fusiones o
consolidaciones), en inglés
• Anexo H-PR (Formulario 1040-PR), Contribuciones sobre el
Empleo de Empleados Domésticos
• Anexo R (Formulario 941), Allocation Schedule for Aggregate
Form 941 Filers (Registro de asignación para los declarantes de
Formularios 941 agregados), en inglés
Instrucciones para el Formulario 941-PR (Rev. 1-2018)
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File Type | application/pdf |
File Title | Instrucciones para el Formulario 941-PR (Rev. Enero 2018) |
Subject | Instrucciones para el Formulario 941-PR, Planilla para la Declaración Federal TRIMESTRAL del Patrono |
Author | W:CAR:MP:FP |
File Modified | 2018-03-01 |
File Created | 2018-02-28 |