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el Formulario 941-PR
Department of the Treasury
Internal Revenue Service
(Rev. enero de 2017)
Planilla para la Declaración Federal TRIMESTRAL del Patrono
Las secciones a las cuales se hace referencia abajo corresponden
al Código Federal de Impuestos Internos a menos que se indique de
otra manera.
Acontecimientos futuros
Para obtener la información más reciente sobre los acontecimientos
relacionados al Formulario 941-PR y sus instrucciones, como
legislación promulgada después de que dichos documentos se
hayan publicado, visite IRS.gov/form941pr.
Qué Hay de Nuevo
Las contribuciones al Seguro Social y al Medicare para 2017.
La tasa de contribución al Seguro Social es 6.2% tanto para la parte
del empleado como la parte del patrono, la misma tasa que
correspondió para el año 2016. La base salarial para la retención de
la contribución al Seguro Social es $127,200.
La tasa de la contribución al Medicare es 1.45% tanto para la
parte del empleado como la parte del patrono, la misma tasa que
correspondió para el año 2016. No hay límite sobre la cantidad de
salarios sujetos a la contribución al Medicare.
Las contribuciones al Seguro Social y al Medicare se aplican a
los salarios de empleados domésticos a quienes usted les paga
$2,000 o más en efectivo u otra forma de compensación equitativa
en el año 2017. Las contribuciones al Seguro Social y al Medicare
se aplican a los trabajadores electorales a quienes se les paga
$1,800 o más en efectivo u otra forma equivalente de compensación
en el año 2017.
Crédito contributivo sobre la nómina de pequeños negocios
calificados por aumentar las actividades investigativas. Para
los años contributivos que comienzan después del 31 de diciembre
de 2015, un pequeño negocio calificado puede optar por reclamar
hasta $250,000 de su crédito por aumentar las actividades de
investigación como un crédito de contribuciones de nómina contra
la parte de la contribución al Seguro Social correspondiente al
patrono. Se permite que reclame la porción del crédito utilizada
contra la parte de la contribución al Seguro Social correspondiente
al patrono en el primer trimestre natural comenzando después de la
fecha en que el pequeño negocio calificado radicó su planilla de
contribuciones sobre los ingresos. La elección y la determinación de
la cantidad del crédito que se utilizará contra la parte de la
contribución al Seguro Social correspondiente al patrono se hace en
el Formulario 6765, Credit for Increasing Research Activities
(Crédito por aumentar las actividades investigativas), en inglés. La
cantidad de la línea 44 del Formulario 6765, tiene que ser reportada
en el Formulario 8974, Qualified Small Business Payroll Credit Tax
Credit for Increasing Research Activities (Crédito contributivo sobre
la nómina de pequeños negocios calificados por aumentar las
actividades investigativas), en inglés. El Formulario 8974 se utiliza
para determinar la cantidad del crédito que se puede utilizar en el
trimestre actual. La cantidad de la línea 12 del Formulario 8974 se
reporta en la línea 11 del Formulario 941-PR. Si usted está
reclamando el crédito contributivo sobre la nómina por las
actividades investigativas en su Formulario 941-PR, tiene que
adjuntar un Formulario 8974.
Nuevo programa de certificación para las organizaciones de
patronos profesionales. La Tax Increase Prevention Act of 2014
(Ley de Prevención de Aumento de Contribuciones de 2014)
requiere del IRS, establecer un programa de certificación voluntaria
para las organizaciones de patronos profesionales (PEO, por sus
siglas en inglés). Las PEO se encargan de manejar varias
Feb 28, 2017
responsabilidades administrativas de la nómina y reportes de
contribuciones de sus clientes de negocios y por lo general, se les
paga una tarifa basada en los costos de la nómina. Para certificarse
y mantener la certificación conforme al programa de certificación,
las organizaciones de patronos profesionales certificados (CPEO,
por sus siglas en inglés) tienen que cumplir con los requisitos de
estado contributivo, origen, experiencia, ubicación comercial,
información financiera, fianzas y otros requisitos descritos en las
secciones 3511 y 7705 y las guías relacionadas que se han
publicado. El IRS comenzó a aceptar las solicitudes para la
certificación de las PEO a partir de julio de 2016. La certificación
como una CPEO afecta las obligaciones de contribuciones de
nómina tanto de la CPEO como las de sus clientes. Por lo general,
una CPEO es tratada como el patrono de cualquier individuo que
realiza servicio para un cliente de la CPEO y cubierto por un
contrato descrito en la sección 7705(e)(2) entre la CPEO y el cliente
(contrato de la CPEO), pero sólo para los salarios y otra
compensación pagados a la persona por la CPEO. Para más
información, visite IRS.gov/cpeo. La información está disponible en
inglés.
Por lo general, las CPEO tienen que radicar electrónicamente el
Formulario 941-PR y el Schedule R (Form 941), Allocation Schedule
for Aggregate Form 941 Filers (Anexo R (Formulario 941), Registro
de asignación para los declarantes de Formularios 941 agregados),
en inglés. Para obtener más información sobre el requisito de una
CPEO de radicar electrónicamente, vea el Revenue Procedure
2017-14 (Procedimiento Administrativo Contributivo 2017-14), en
inglés. Puede ver dicho procedimiento en la página 426 del Internal
Revenue Bulletin (I.R.B.) 2017-03 (Boletín de Rentas Internas
2017-03), en inglés, disponible en IRS.gov/irb/2017-03_IRB/
ar14.html.
Recordatorios
El crédito contributivo por oportunidad de trabajo para organizaciones calificadas exentas de contribución que contratan a
veteranos que reúnen los requisitos. El crédito contributivo por
oportunidad de trabajo está disponible para veteranos
desempleados que reúnen los requisitos que empezaron a trabajar
en o después del 22 de noviembre de 2011 y antes del 1 de enero
de 2020. Las organizaciones calificadas exentas de contribuciones
que contratan veteranos desempleados que reúnan los requisitos,
pueden reclamar el crédito contributivo por oportunidad de trabajo
contra su contribución sobre la nómina utilizando el Formulario
5884-C. Si desea más información, visite IRS.gov e ingrese “work
opportunity tax credit” (crédito contributivo por oportunidad de
trabajo), en inglés, en el encasillado Search (Buscar). La
información está disponible en inglés.
El crédito de asistencia para las primas de COBRA. Efectivo
para los períodos contributivos comenzados después del 31 de
diciembre de 2013, no puede reclamar el crédito por pagos de
asistencia para las primas de COBRA en el Formulario 941-PR. En
su lugar, después de radicar su Formulario 941-PR, radique el
Formulario 941-X (PR), Ajuste a la Declaración Federal
TRIMESTRAL del Patrono o Reclamación de Reembolso, para
reclamar el crédito de asistencia para las primas de COBRA. La
radicación de un Formulario 941-X (PR) antes de radicar el
Formulario 941-PR para el trimestre puede resultar en errores o
demoras en la tramitación de su Formulario 941-X (PR). Para más
información, visite IRS.gov e ingrese “COBRA” en el encasillado
Search (Buscar).
Cat. No. 35286W
Después de comunicarse con el IRS, el mismo le enviará una
notificación por escrito de que su requisito de radicación ha
cambiado al Formulario 944(SP). Usted tiene que recibir una
notificación por escrito del IRS antes de radicar el Formulario
944(SP) en lugar de los Formularios 941-PR. Si no recibe dicha
notificación, usted tiene que radicar los Formularios 941-PR para el
año natural 2017. Vea el Revenue Procedure 2009-51
(Procedimiento Administrativo Contributivo 2009-51), en inglés.
Puede ver dicho procedimiento en la página 625 del Internal
Revenue Bulletin 2009-45 (Boletín de Rentas Internas 2009-45), en
ingles, disponible en IRS.gov/irb/2009-45_IRB/ar12.html.
Si usted tiene derecho a reclamar el crédito de asistencia
CONSEJO para las primas de COBRA, pero de otra manera no se le
requiere radicar el Formulario 941-PR, radique el Formulario
941-PR con cero (-0-) anotado en la línea 14 antes de radicar el
Formulario 941-X (PR) para reclamar el crédito.
Declarantes de Formularios 941-PR agregados. Los agentes y
las CPEO tienen que completar el Schedule R (Form 941),
Allocation Schedule for Aggregate Form 941 Filers (Anexo R
(Formulario 941), Registro de asignación para los declarantes de
Formularios 941 agregados), en inglés, cuando radiquen un
Formulario 941-PR agregado. Los Formularios 941-PR agregados
son radicados por agentes de aquéllos quienes reciben servicios de
cuidado en el hogar aprobados por el IRS conforme a la sección
3504. Para solicitar la aprobación para actuar como un agente para
un empleador o patrono, el agente radica el Formulario 2678 con el
IRS. Los Formularios 941-PR agregados son también radicados por
las CPEO aprobados por el IRS conforme a la sección 7705. Las
CPEO radican el Formulario 8973, Certified Professional Employer
Organization/Customer Reporting Agreement (Organización de
empresarios profesionales certificados/Acuerdo de radicación del
cliente), en inglés para notificar al IRS que comenzaron o terminaron
un contrato de servicio con un cliente. Para obtener más
información sobre el requisito de una CPEO de radicar
electrónicamente, vea el Revenue Procedure 2017-14
(Procedimiento Administrativo Contributivo 2017-14), en inglés.
Puede ver dicho procedimiento en la página 426 del Internal
Revenue Bulletin (I.R.B.) 2017-03 (Boletín de Rentas Internas
2017-03), en inglés, disponible en IRS.gov/irb/2017-03_IRB/
ar14.html.
Los depósitos de la contribución federal tienen que efectuarse por transferencia electrónica de fondos (EFT). Usted tiene
que utilizar la transferencia electrónica de fondos (EFT, por sus
siglas en inglés) para depositar toda contribución federal. Por lo
general, una EFT se realiza mediante el Electronic Federal Tax
Payment System (Sistema electrónico de pagos de la contribución
federal o EFTPS, por sus siglas en inglés). Si usted no desea utilizar
el EFTPS, puede hacer arreglos para que su preparador
profesional, institución financiera, servicio de nóminas u otro tercero
de confianza le haga los depósitos electrónicamente de parte de
usted. También puede hacer arreglos para que su institución
financiera inicie una transferencia electrónica realizada el mismo día
de pago de parte de usted. El EFTPS es un servicio gratuito provisto
por el Departamento del Tesoro. Podría verse obligado a pagar un
cargo por los servicios de un preparador profesional, institución
financiera, servicio de nómina u otro tercero.
Para más información sobre los depósitos de la contribución
federal, vea el apartado 11 de la Pub. 179. Para obtener más
información sobre el EFTPS o para inscribirse en el EFTPS, visite el
sitio web eftps.gov o llame al Servicio al Cliente del EFTPS en
español al 1-800-244-4829 o, si es usuario de equipo TDD, llame al
1-800-733-4829. Información adicional sobre el EFTPS está
disponible en la Pub. 966(SP).
Corrección del Formulario 941-PR radicado previamente. Si
descubre un error en un Formulario 941-PR que radicó previamente,
haga la corrección usando el Formulario 941-X (PR). El Formulario
941-X (PR) se radica por separado del Formulario 941-PR. Para
obtener más información, vea las Instrucciones para el Formulario
941-X (PR), el apartado 12 de la Pub. 179 o visite el sitio web
IRS.gov e ingrese “Cómo corregir los impuestos sobre la nómina” en
el encasillado Search (Buscar).
Para que un depósito efectuado por medio del EFTPS se
considere hecho a su debido tiempo, tiene que transmitir el
´
PRECAUCION
depósito a más tardar a las 8 p.m. horario del Este de los
Estados Unidos el día anterior a la fecha de vencimiento para
efectuar el depósito. Consulte el apartado 11 de la Pub. 179 para
obtener más detalles.
!
Los patronos pueden optar por radicar los Formularios
941-PR en lugar del Formulario 944(SP). Los patronos a
quienes normalmente se les requiere radicar el Formulario 944(SP),
Declaración Federal ANUAL de Impuestos del Patrono o
Empleador, que deseen radicar el Formulario 941-PR en su lugar,
podrán notificarle al IRS que desean radicar los Formularios 941-PR
trimestrales en lugar de radicar el Formulario 944(SP) anualmente.
Para solicitar la radicación de los Formularios 941-PR trimestrales
para declarar sus contribuciones al Seguro Social y al Medicare
para el año natural 2017, tiene que llamar al IRS al 1-800-829-4933,
entre el 1 de enero de 2017 y el 3 de abril de 2017, o enviar una
solicitud por escrito con fecha de matasellos del correo, entre el 1
de enero de 2017 y el 15 de marzo de 2017. Después de
comunicarse con el IRS, el mismo le enviará una notificación por
escrito de que su requisito de radicación ha cambiado a los
Formularios 941-PR. Usted tiene que recibir una notificación por
escrito del IRS antes de radicar los Formularios 941-PR en lugar del
Formulario 944(SP). Si no recibe dicha notificación, usted tiene que
radicar el Formulario 944(SP) para el año natural 2017. Para más
información, vea el Revenue Procedure 2009-51 (Procedimiento
Administrativo Contributivo 2009-51), en inglés. Puede ver dicho
procedimiento en la página 625 del Internal Revenue Bulletin
2009-45 (Boletín de Rentas Internas 2009-45), en inglés, disponible
en IRS.gov/irb/2009-45_IRB/ar12.html.
Opción de pago el mismo día por medio de una
transferencia electrónica. Si no transmite una transacción de
depósito en el EFTPS para las 8 p.m. horario del Este de los
Estados Unidos el día anterior a la fecha de vencimiento para
efectuar un depósito, todavía puede efectuar a tiempo su depósito
por medio del Federal Tax Collection Service (Servicio de
recaudación de la contribución federal o FTCS, por sus siglas en
inglés). Para utilizar el método de pago efectuado el mismo día,
tendrá que hacer los trámites con su institución financiera con
anticipación. Por favor consulte con su institución financiera con
respecto a la disponibilidad, los plazos y el costo. Su institución
financiera puede cobrar un cargo por los pagos efectuados de esta
manera. Para obtener más detalles sobre la información que
necesita proveer a su institución financiera para poder efectuar un
pago electrónico el mismo día, visite IRS.gov/pagos y pulse sobre
Pago electrónico del impuesto federal efectuado el mismo día.
Puntualidad de los depósitos de la contribución federal. Si
se requiere que un depósito se efectúe en un día que no es un día
laborable, se considera que dicho depósito se hace a tiempo si se
hace para el cierre de operaciones comerciales del siguiente día
laborable. Un “día laborable” es todo día que no sea sábado,
domingo o día feriado oficial. El término “día feriado oficial” para
propósitos de efectuar los depósitos únicamente incluye los días
feriados oficiales en el Distrito de Columbia. Dichos días feriados
oficiales se indican en el apartado 11 de la Pub. 179.
Solicitud para poder radicar el Formulario 944(SP) en lugar de
los Formularios 941-PR. Si tiene que radicar los Formularios
941-PR pero cree que sus contribuciones sobre la nómina para el
año natural serán de $1,000 o menos, puede hacer una solicitud
para poder radicar el Formulario 944(SP) en lugar de los
Formularios 941-PR. Puede solicitar por teléfono llamando al IRS al
1-800-829-4933, entre el 1 de enero de 2017 y el 3 de abril de 2017;
o enviando su solicitud por escrito con fecha de matasellos del
correo, entre el 1 de enero de 2017 y el 15 de marzo de 2017.
Radicación y pago por medios electrónicos. Ahora, más que
nunca, los negocios pueden disfrutar de los beneficios de radicar
sus planillas de contribución y pagar sus contribuciones federales
por medios electrónicos. No importa si depende de un preparador
profesional o si usted mismo se ocupa de completar su planilla de
contribución, el IRS ofrece programas convenientes para facilitar la
-2-
Instrucciones para el Formulario 941-PR (Rev. 1-2017)
de 7:00 a.m. a 7:00 p.m. horario local; los contribuyentes que estén
en Alaska y Hawaii seguirán la hora del Pacífico), para recibir
respuestas a sus preguntas sobre cómo completar el Formulario
941-PR o las reglas sobre los depósitos de las contribuciones
federales.
radicación y el pago de las contribuciones. Pasará menos tiempo
preocupándose de las contribuciones y más tiempo dedicándose a
la operación de su negocio. Use la radicación electrónica (e-file) y el
EFTPS según le convenga:
Para e-file, visite el sitio del IRS en IRS.gov/employmentefile para
más información.
Para el EFTPS, visite el sitio eftps.gov o llame al Servicio al
Cliente del EFTPS a uno de los números proporcionados bajo Los
depósitos de la contribución federal tienen que efectuarse por
transferencia electrónica de fondos (EFT), anteriormente.
Fotografías de niños desaparecidos. El IRS se enorgullece de
colaborar con el National Center for Missing & Exploited Children®
(NCMEC) (Centro Nacional para Niños Desaparecidos y
Explotados, (NCMEC, por sus siglas en inglés)). Fotografías de
niños desaparecidos que han sido seleccionadas por el Centro
pueden aparecer en estas instrucciones en páginas que, de lo
contrario, estarían en blanco. Usted puede ayudar a que estos niños
regresen a sus hogares si, al mirar sus fotografías, los identifica y
llama al 1-800-THE-LOST (1-800-843-5678).
Si usted radica su planilla o si paga sus contribuciones
federales por medios electrónicos, se requiere tener un
´
PRECAUCION
número de identificación patronal (EIN, por sus siglas en
inglés) válido en el momento en que se radica la planilla o en que se
efectúa el pago. Si no provee un EIN válido, la planilla o el pago no
será tramitado. Esta acción puede resultar en multas.
!
Instrucciones Generales:
Retiro electrónico de fondos (EFW). Si radica el Formulario
941-PR electrónicamente, puede radicar (e-file) y pagar (e-pay)
electrónicamente (retiro electrónico de fondos o EFW, por sus siglas
en inglés) el saldo adeudado en un solo paso, usando programas
de computadoras (software) para la preparación de planillas o por
medio de un preparador profesional de contribuciones. Sin
embargo, no use el EFW para efectuar los depósitos de la
contribución federal. Para más información sobre el pago de
contribuciones por medio del EFW, visite el sitio web del IRS en
IRS.gov/pagos. Se le puede cobrar un cargo por radicar
electrónicamente.
Propósito del Formulario 941-PR
Estas instrucciones le darán información de trasfondo sobre el
Formulario 941-PR. Podrá saber quién tiene que radicar el
Formulario 941-PR, cómo debe completarse (se le darán
instrucciones para cada línea) y dónde y cuándo debe radicarlo.
Si desea obtener información más a fondo sobre las
contribuciones sobre la nómina relacionadas con el Formulario
941-PR, consulte la Pub. 179. Dicha publicación explica los
requisitos para la retención, depósito y pago de las contribuciones
al Seguro Social y al Medicare. Le explica sobre los formularios que
tiene que darle a sus empleados, los formularios que sus
empleados tienen que darle a usted y aquéllos que usted tiene que
enviar al IRS. Consulte la Pub. 15-A, en inglés, para obtener
información especializada sobre las contribuciones sobre la nómina
que complementa la información básica contenida en la Pub. 179 o
visite el sitio web IRS.gov e ingrese “employment taxes”
(contribuciones sobre la nómina) en el encasillado Search (Buscar).
Dicha información está disponible en inglés.
Pagos hechos con tarjetas de crédito o débito. Usted puede
pagar la cantidad adeudada indicada en el Formulario 941-PR
usando una tarjeta de crédito o débito. No use una tarjeta de crédito
o débito para hacer depósitos de las contribuciones federales. Para
más información sobre cómo se pagan las contribuciones con
tarjetas de crédito o débito, visite el sitio web del IRS en IRS.gov/
pagos.
Acuerdo de pago en línea. Usted puede que tenga derecho a
solicitar un plan de pagos a plazos por Internet si tiene un saldo
adeudado al radicar su planilla. Para más información, vea ¿Qué
pasa si usted no puede pagar en su totalidad?, más adelante.
La ley federal requiere que usted, como patrono, les retenga
ciertas contribuciones a los cheques de salario de sus empleados.
Cada vez que paga salarios, tiene que retener —es decir, descontar
de los cheques de salario de sus empleados— ciertas cantidades
para pagar la contribución al Seguro Social y la contribución al
Medicare. También tiene que retener la Contribución Adicional al
Medicare de los salarios en exceso de $200,000 que le paga a un
empleado en un año natural. De acuerdo con el sistema de la
retención de contribuciones, estas mismas que se les retienen a sus
empleados se acreditarán en sus cuentas del Seguro Social para
pagar sus obligaciones contributivas correspondientes.
Los preparadores remunerados tienen que firmar el Formulario 941-PR. Los preparadores remunerados tienen que completar y
firmar la sección en el Formulario 941-PR que le corresponde al
preparador remunerado.
Externalización de las obligaciones de nómina. A menos que
los salarios y otras compensaciones pagadas al individuo que
desempeña los servicios para usted sean pagados por una CPEO y
estén cubiertos bajo un contrato descrito en la sección 7705(e)(2)
entre usted y una CPEO (contrato de CPEO), usted es responsable
por asegurarse que las planillas de contribución se radiquen y que
los depósitos y pagos se efectúen, aun si usted contrata los
servicios de un tercero para hacerlo. Usted sigue siendo el
responsable aun si el tercero no cumple con la acción requerida. Si
opta por externalizar cualquier parte de su nómina y las
obligaciones relacionadas con las contribuciones (es decir,
retención, declaración y pago de las contribuciones al Seguro
Social, al Medicare y al fondo federal de desempleo (FUTA, por sus
siglas en inglés)) a un tercero pagador, tal como un proveedor de
servicios de nómina o agente de reportación, visite el sitio web
IRS.gov e ingrese “outsourcing payroll duties” (externalización de
las obligaciones de nómina) en el encasillado Search (Buscar), para
información útil sobre este tema. Dicha información está disponible
en inglés. Para más información sobre los diferentes tipos de
arreglos de terceros pagadores, vea el apartado 16, titulado Third
Party Payer Arrangements (Arreglos de un tercero pagador) en la
Publicación 15, en inglés.
La ley federal también requiere que usted pague toda obligación
resultante de las contribuciones al Seguro Social y al Medicare
correspondientes al patrono. No se les retiene esta porción de las
contribuciones al Seguro Social y al Medicare a los empleados.
Quién tiene que radicar el Formulario
941-PR
Por lo general, tiene que radicar una planilla para el primer trimestre
en el cual usted paga salarios sujetos a las contribuciones al Seguro
Social y al Medicare, y para cada trimestre de allí en adelante hasta
que usted radique una planilla final. Use el Formulario 941-PR si el
lugar principal donde desempeña sus actividades comerciales está
en Puerto Rico o si tiene empleados que están sujetos a la retención
de la contribución sobre los ingresos de Puerto Rico.
Use el Formulario 941-PR para declarar las siguientes
cantidades:
Salarios que ha pagado sujetos a las contribuciones al Seguro
Social y al Medicare.
Propinas que sus empleados han recibido sujetas a las
contribuciones al Seguro Social y al Medicare.
Las partes correspondientes al patrono y al empleado de las
contribuciones al Seguro Social y al Medicare.
¿Dónde puede obtener ayuda por teléfono? Puede llamar sin
costo al 1-800-829-4933 (si es usuario del equipo TTY/TDD para
personas que son sordas, que tienen dificultades auditivas o que
tienen impedimentos del habla, puede llamar al 1-800-829-4059),
de lunes a viernes, de 8:00 a.m. a 8:00 p.m., horario local (los
contribuyentes que no estén en Puerto Rico pueden recibir ayuda
Instrucciones para el Formulario 941-PR (Rev. 1-2017)
-3-
Si la empresa actualmente es un negocio propio, sociedad
colectiva (partnership) o corporación (sociedad anónima);
La clase de cambio que se efectuó (venta o transferencia);
La fecha en la cual se efectuó el cambio; y
El nombre del individuo que lleva los archivos de la nómina y la
dirección donde se guardarán tales archivos.
Contribución Adicional al Medicare retenida de los empleados.
Ajustes hechos en el trimestre en curso a las contribuciones al
Seguro Social y al Medicare por fracciones de centavos, pagos por
enfermedad, propinas y seguro temporal de vida colectivo a término
fijo.
Crédito contributivo sobre la nómina de pequeños negocios
calificados por aumentar las actividades investigativas.
Si cierra su negocio...
No use el Formulario 941-PR si tiene tanto a empleados que
están sujetos a la retención de la contribución federal sobre
ingresos de los Estados Unidos como a empleados que no están
sujetos a la retención de la contribución federal sobre ingresos de
los Estados Unidos. En su lugar, tiene que radicar sólo el Formulario
941 (o Formulario 944 (SP)) e incluir todos los salarios de sus
empleados en ese formulario.
Si cierra su negocio o deja de pagar salarios a sus empleados, tiene
que radicar una planilla final. Para notificarle al IRS que la planilla
para cierto trimestre va a ser su planilla final, marque el encasillado
en la línea 17 y anote la fecha en la cual pagó salarios por última
vez. Además, adjunte una declaración a su planilla que indique el
nombre del individuo que conservará los archivos de la nómina y la
dirección del lugar en donde se guardarán dichos archivos. Vea
también Planilla final, más adelante.
Tiene que radicar una planilla cada trimestre aunque no haya
tenido ninguna obligación contributiva que declarar a no ser que
radique una planilla final o le corresponda una de las Excepciones,
a continuación.
Si participó en una fusión estatutaria o consolidación, o califica
para la clasificación de predecesor-sucesor debido a una
adquisición, debería, por lo general, radicar el Anexo D
(Schedule D) del Formulario 941, Report of Discrepancies Caused
by Acquisitions, Statutory Mergers, or Consolidations (Informe de
discrepancias causadas por adquisiciones, fusiones o
consolidaciones), en inglés. Vea las Instrucciones para el Anexo D
(Formulario 941) a fin de determinar si debe radicar el Anexo D
(Formulario 941) y cuándo debe radicarlo.
Excepciones
Reglas especiales le corresponden a ciertos patronos:
Los patronos estacionales no tienen que radicar el Formulario
941-PR para los trimestres durante los cuales no han tenido una
obligación contributiva debido a que no han pagado salarios. Para
notificarle al IRS que no va a radicar una planilla por uno o más
trimestres del año, marque el encasillado que aparece en la línea 18
del Formulario 941-PR en cada trimestre que radica dicho
formulario. Por lo general, el IRS no le preguntará sobre planillas
que no han sido radicadas si por lo menos una planilla en la cual se
indica una obligación contributiva es radicada cada año. No
obstante, tiene que marcar el encasillado en la línea 18 en cada
planilla trimestral que radique. De otra manera, el IRS anticipará que
radicará una planilla para cada trimestre.
Los patronos de empleados domésticos normalmente no
radican el Formulario 941-PR. Consulte la Pub. 179, el Anexo H-PR
(Formulario 1040-PR), Contribuciones sobre el Empleo de
Empleados Domésticos, sus instrucciones por separado y la Pub.
926, ésta última, en inglés.
Los patronos de empleados agrícolas normalmente no radican
el Formulario 941-PR. Consulte el Formulario 943-PR, Planilla para
la Declaración Anual de la Contribución Federal del Patrono de
Empleados Agrícolas, la Pub. 179 y la Pub. 51, ésta última, en
inglés.
Planilla final
Si cierra su negocio o si deja de pagar salarios a sus empleados,
tiene que radicar una planilla final. Para notificarle al IRS que el
Formulario 941-PR para un trimestre particular es su planilla final,
marque el encasillado en la línea 17 y anote la última fecha en que
pagó salarios. También adjunte una declaración a su planilla que
indique el nombre de la persona que se quedará con los archivos o
récords correspondientes a la nómina y la dirección en donde
permanecerán. Comuníquese con el Departamento de Hacienda de
Puerto Rico para obtener información sobre cuándo debe
entregarles a sus empleados el Formulario 499R-2/W-2PR que
corresponda al año natural en que ocurrió el cierre. También debe
comunicarse con la Administración del Seguro Social (SSA, por sus
siglas en inglés) para saber la fecha límite para radicar ante la SSA
sus Formularios 499R-2/W-2PR finales. Si tiene empleados que son
contratados inmediatamente por el patrono sucesor, vea el
Revenue Procedure 2004-53 (Procedimiento Administrativo
Contributivo 2004-53 o Rev. Proc. 2004-53, por su abreviatura en
inglés). Puede encontrar el Rev. Proc. 2004-53 en la página 320 del
Internal Revenue Bulletin 2004-34 (Boletín de Rentas Internas
2004-34) en el sitio web IRS.gov/pub/irs-irbs/irb04-34.pdf.
Si ninguna de las excepciones anteriores le corresponden y
CONSEJO no ha radicado una planilla final, usted tiene que radicar el
Formulario 941-PR cada trimestre aunque no haya pagado
salarios durante el trimestre. Si es posible, use la radicación
electrónica (e-file) del IRS.
¿Cuándo tiene que radicar la planilla?
Qué pasará si reorganiza o cierra su negocio
Si vende o transfiere su negocio...
Radique el Formulario 941-PR inicial para cada trimestre en el cual
usted pagó por primera vez salarios sujetos a las contribuciones al
Seguro Social y al Medicare. Vea la tabla titulada Cuándo tiene
que radicar el Formulario 941-PR, más adelante.
Si vende o transfiere su negocio, tanto usted como el nuevo dueño
tienen, cada uno, que radicar un Formulario 941-PR para el
trimestre en el cual se efectuó la transferencia. Declare únicamente
los salarios que usted mismo pagó.
Luego tendrá que radicar para cada trimestre que le
sigue —cada 3 meses— aun si no tiene contribuciones que
declarar, a menos que usted sea un patrono estacional o si radica
su planilla final. Vea la explicación sobre patronos estacionales bajo
Excepciones y el tema Si cierra su negocio..., anteriormente.
Cuando se consolidan dos empresas, la empresa que continúa
en vigor tiene que radicar un Formulario 941-PR para el trimestre en
el cual ocurrió la fusión y la otra empresa tiene que radicar una
planilla final.
Radique el Formulario 941-PR sólo una vez por cada trimestre.
Si radica por medios electrónicos, no radique un Formulario 941-PR
en papel. Para más información sobre la radicación del Formulario
941-PR por medios electrónicos, vea Radicación y pago por
medios electrónicos, anteriormente.
Cuando la clasificación de un negocio cambia a otra, tal como un
negocio de un solo dueño que se convierte en una sociedad
colectiva (partnership) o en una corporación, se considera este tipo
de cambio una transferencia. Si ocurre una transferencia, quizás
tenga que obtener un número de identificación patronal (EIN, por
sus siglas en inglés) nuevo. Vea el apartado 3 de la Pub. 179 para
más detalles. Asegúrese de incluir una declaración que incluya lo
siguiente:
El nombre del nuevo dueño (o el nombre nuevo de la empresa);
-4-
Instrucciones para el Formulario 941-PR (Rev. 1-2017)
Cuándo tiene que radicar el Formulario 941-PR
Solicitud de Número de Identificación Patronal (EIN), al IRS por fax
o por correo. Si usted no ha recibido su EIN antes de la fecha de
vencimiento del Formulario 943-PR, escriba “Applied For”
(Solicitado) y la fecha en que solicitó el EIN en el espacio
correspondiente.
El plazo para radicar su Formulario 941-PR vence el último día del mes que le
sigue al final del trimestre.
El trimestre incluye los meses de. . .
El trimestre
termina el. . .
El Formulario
941-PR vence
el. . .
1. enero, febrero, marzo
31 de marzo
30 de abril
2. abril, mayo, junio
30 de junio
31 de julio
3. julio, agosto, septiembre
30 de septiembre
31 de octubre
4. octubre, noviembre, diciembre
31 de diciembre
31 de enero
Si usted radica su planilla de contribución electrónicamente,
un EIN válido se requiere en el momento de radicar su
´
PRECAUCION
planilla. Si no provee un EIN válido, la planilla no será
aceptada. Esto puede resultar en multas.
!
Asegúrese siempre que el EIN que aparezca en el
CONSEJO formulario que radica sea exactamente igual al EIN que el
IRS le designó a su negocio. No use su SSN o ITIN en
ninguna planilla que pida un EIN. La radicación de un Formulario
941-PR con un EIN incorrecto o el uso de un EIN que pertenece a
otro negocio puede resultar en multas y demoras en la tramitación
de su planilla.
Por ejemplo, normalmente tiene que declarar los salarios que
paga durante el primer trimestre —que abarca los meses de enero
hasta marzo, inclusive— a más tardar para el 30 de abril. Si hace
depósitos a su debido tiempo y paga las contribuciones trimestrales
en su totalidad, puede radicar para el décimo día del segundo mes
siguiente al final del trimestre. Por ejemplo, si usted hizo depósitos a
su debido tiempo en su totalidad durante el primer trimestre, puede
radicar el Formulario 941-PR el 10 de mayo.
Si cambia su nombre comercial, la dirección comercial o la
persona responsable... Notifíquele al IRS inmediatamente si
cambia el nombre comercial, la dirección comercial o la persona
responsable.
Escriba a la oficina del IRS donde usted radica sus planillas
(utilizando la dirección “Sin un pago”, que se encuentra bajo
Adónde deberá enviar la planilla, más adelante) para notificarle
al IRS sobre todo cambio de nombre comercial. Vea la Pub. 1635,
en inglés, para determinar si necesita solicitar un nuevo EIN.
Complete y envíe por correo el Formulario 8822-B, en inglés,
para notificarle al IRS sobre un cambio en la dirección comercial o
cambio en la persona responsable. No envíe el Formulario 8822-B
junto con el Formulario 941-PR. Si desea ver la definición de
“persona responsable”, vea las instrucciones del Formulario 8822-B,
en inglés.
Si recibimos el Formulario 941-PR después de la fecha de
vencimiento, lo trataremos como si fuera radicado a tiempo si el
sobre que contiene el Formulario 941-PR está debidamente
rotulado, tiene suficiente franqueo y el matasellos del Servicio
Postal de los EE.UU. está fechado a más tardar en la fecha de
vencimiento, o si se envió por medio de un servicio de entrega
privado aceptado por el IRS a más tardar en la fecha de
vencimiento. Si no sigue estas pautas, generalmente consideramos
que el Formulario 941-PR fue radicado en la fecha en que realmente
se recibió. Vea la Pub.179 para obtener más información acerca de
los servicios de entrega privados aceptados por el IRS.
Si la fecha de vencimiento para radicar una planilla es un
sábado, domingo o día feriado oficial, podrá radicar la planilla el
próximo día laborable.
Marque el encasillado para el trimestre
Debajo de Informe para este trimestre de 2017 en la parte
superior del Formulario 941-PR, marque el encasillado del trimestre
para el cual radica esta planilla. Asegúrese que el trimestre en
cuestión sea el mismo que aparece en todo Anexo B (Formulario
941-PR), Registro de la Obligación Contributiva para los
Depositantes de Itinerario Bisemanal, que usted adjunte.
Cómo deberá completar el Formulario
941-PR
Escriba a mano, a maquinilla o por medio de su computadora su
EIN, nombre y dirección en los espacios provistos. También anote
su nombre y su EIN en la parte superior de la segunda página. No
use su número de Seguro Social (SSN, por sus siglas en inglés) ni
su número de identificación personal del contribuyente (ITIN, por
sus siglas en inglés). Por lo general, anotará el nombre comercial
(legal) que usó al solicitar su EIN en el Formulario SS-4PR. Por
ejemplo, si es dueño único de su negocio, anotará “Roberto
Herrera” en la línea que dice “Nombre” y “Bicicletas Roberto” donde
dice “Nombre comercial”. Deje en blanco la línea “Nombre
comercial” si este nombre es igual al “Nombre” de usted.
Cómo completar y radicar el Formulario 941-PR
Anote las partidas en el Formulario 941-PR tal como se indica a
continuación para evitar problemas con su tramitación:
Use letra de imprenta de fuente Courier de 10 puntos (si es
posible) para cada anotación que escriba a maquinilla o con
computadora para completar su formulario. Los formularios en
formato de documento portátil (PDF, por sus siglas en inglés) en
IRS.gov tienen campos editables con especificaciones de fuentes
aceptables.
Omita el signo de dólares y puntos decimales. El uso de comas
es opcional. Anote las cantidades en dólares a la izquierda del
punto decimal impreso y los centavos a la derecha del punto.
Deje en blanco (menos las líneas 1 y 12) todo espacio para
anotar datos que tengan un valor de cero.
Use el signo de menos al anotar cantidades negativas (si es
posible). De otra manera, use paréntesis.
Anote su nombre y su EIN en todas las páginas y documentos
que anexe.
Engrape todas las hojas en la parte superior izquierda de la
planilla al radicarla.
Número de identificación patronal (EIN). Para asegurar que los
negocios cumplan con las leyes federales de la contribución, el IRS
se ocupa de controlar los pagos de contribución mediante el uso de
un sistema de números para identificar a los contribuyentes. El
número de identificación patronal (EIN, por sus siglas en inglés) es
un número especial y singular que consta de nueve dígitos que el
IRS les expide a todas las corporaciones y sociedades colectivas,
así como a algunos negocios de un solo dueño. Todo negocio que
tiene que obtener un EIN tiene que solicitar este número y anotarlo
en toda planilla, pago o informe de contribución mientras esté en
operación.
Su negocio debe tener solamente un EIN. Si tiene más de un
número y no está seguro del número que debe usar, escríba a la
oficina del IRS donde suele radicar sus planillas de contribución (la
dirección que usa cuando envía planillas “Sin un pago”, bajo
Adónde deberá enviar la planilla, más adelante) o llame al IRS al
1-800-829-4933.
Si usted no tiene un EIN, puede solicitar uno en línea, visite el
sitio web del IRS en IRS.gov/ein y luego pulse sobre Español.
También puede solicitar un EIN enviando el Formulario SS-4(PR),
Instrucciones para el Formulario 941-PR (Rev. 1-2017)
Conciliación de los Formularios 941-PR con el
Formulario W-3PR
El IRS concilia las cantidades declaradas en sus cuatro Formularios
941-PR trimestrales con las cantidades declaradas en los
Formularios 499R-2/W-2PR y cuya suma total se incluye en su
Formulario W-3PR, Informe de Comprobantes de Retención. Si las
cantidades no concuerdan, es posible que el IRS o la SSA se
-5-
cantidad oportunamente. Para más información sobre cómo pagar
junto con una planilla radicada a tiempo, vea las instrucciones de la
línea 14, más adelante. Si no está seguro si su obligación total por
pagar para el trimestre en curso será menos de $2,500 (y su
obligación para el trimestre anterior no fue menos de $2,500), haga
los depósitos según las reglas del itinerario mensual o bisemanal
para evitar multas por no depositar.
Si el total de sus contribuciones después de considerar los
ajustes y créditos (línea 12) es $2,500 o más para el trimestre
en curso y el trimestre anterior (total de las contribuciones
declaradas en la línea 10, si el trimestre anterior fue el cuarto
trimestre de 2016). Tiene que hacer depósitos conforme a su
itinerario de depósitos. Vea el apartado 11 de la Pub. 179 para más
detalles.
comunique con usted. Las cantidades que se concilian son las
siguientes:
Salarios sujetos a la contribución al Seguro Social.
Propinas sujetas a la contribución al Seguro Social.
Salarios y propinas sujetos a la contribución al Medicare.
Use el Anexo D (Formulario 941), en inglés, para explicar ciertas
diferencias o discrepancias relacionadas con los salarios,
contribuciones y pagos entre los Formularios 941-PR, Formularios
499R-2/W-2PR y los Formularios 499R-2c/W-2cPR, Corrección al
Comprobante de Retención, debidas a adquisiciones, fusiones o
consolidaciones estatutarias. Para más información, vea las
Instrucciones para el Anexo D (Formulario 941), en inglés. También
vea el Revenue Procedure 2004-53 (Procedimiento Administrativo
Contributivo 2004-53 o Rev. Proc. 2004-53, por su abreviatura en
inglés) para más información. Puede encontrar el Rev. Proc.
2004-53 en la página 320 del Internal Revenue Bulletin 2004-34
(Boletín de Rentas Internas 2004-34), en inglés, en el sitio web
IRS.gov/pub/irs-irbs/irb04-34.pdf.
Si utiliza únicamente el proceso de reclamación y no el proceso
de ajuste para reclamar el crédito de asistencia para las primas de
COBRA en el Formulario 941-X (PR) para el trimestre, usted puede
reducir los depósitos durante el trimestre por la cantidad del crédito
de asistencia para las primas de COBRA que se reflejarán en su
Formulario 941-X (PR).
Adónde deberá enviar la planilla
El crédito de asistencia para las primas de COBRA se considera
como un crédito en el primer día del período de su planilla (es decir,
1 de enero, 1 de abril, 1 de julio o el 1 de octubre). Sin embargo,
debido a que el crédito ahora se reclama en el Formulario 941-X
(PR) radicado después de la radicación del Formulario 941-PR, un
patrono que reduzca sus depósitos requeridos en anticipación del
crédito recibirá un aviso generado por el sistema reflejando un saldo
adeudado y multas asociadas e intereses, si es aplicable. El saldo
adeudado, así como las multas e intereses correspondientes,
resultantes de la reducción de los depósitos con anticipación del
crédito serán reducidas cuando se aplique el crédito. Tal reducción
generalmente ocurrirá sin ninguna otra acción de parte del patrono.
La dirección a la que envía su Formulario 941-PR varía
dependiendo de si incluye un pago junto con dicho formulario:
Si está enviando el
Formulario 941-PR. . .
Sin un pago. . .
Con un pago. . .
Desde Puerto Rico. . .
Internal Revenue Service
P.O. Box 409101
Ogden, UT 84409
Internal Revenue Service
P.O. Box 37941
Hartford, CT 06176-7941
Dirección especial para
la radicación por parte
de organizaciones
exentas; entidades
gubernamentales
federales, estatales y
locales; entidades
gubernamentales de
tribus indígenas
estadounidenses; sin
consideración de su
ubicación. . .
Department of the
Treasury
Internal Revenue Service
Ogden, UT 84201-0005
Internal Revenue Service
P.O. Box 37941
Hartford, CT 06176-7941
Como alternativa, para evitar que se reciba un aviso de saldo
adeudado generado por el sistema, el patrono puede efectuar sus
depósitos sin considerar la reducción en la obligación debido a la
anticipación del crédito de asistencia para las primas de COBRA, y
luego puede seguir los procedimientos para radicar una
reclamación para un reembolso o ajuste en la planilla utilizando el
Formulario 941-X (PR).
¿Cuándo tiene que depositar sus
contribuciones?
Determine si es depositante de itinerario mensual
o bisemanal para el trimestre
Las direcciones adonde debe enviar la planilla pudieron
haber cambiado de las que utilizó para declarar las
´
PRECAUCION
contribuciones sobre la nómina en años anteriores. No
envíe el Formulario 941-PR ni ningún pago a la SSA. También
recuerde que los servicios privados de entrega no ofrecen servicios
a apartados postales.
!
El IRS usa dos clases de reglas de depósito para determinar
cuándo los negocios tienen que depositar sus contribuciones al
Seguro Social y al Medicare. Esos itinerarios le informarán cuándo
debe hacer un depósito después de un día de pago.
Cómo hacer los depósitos
Su itinerario de depósitos no se determina por la frecuencia en
que le paga a sus empleados. Su itinerario de depósitos depende
del total de la obligación contributiva que declaró en el Formulario
941-PR durante el período retroactivo de los cuatro trimestres
anteriores (desde el 1 de julio del segundo año natural anterior
(penúltimo año) hasta el 30 de junio del año natural pasado). Vea el
apartado 11 de la Pub. 179 para más detalles. Si radicó el
Formulario 944(SP) en 2015 ó 2016, su período retroactivo es el
año natural 2015.
Usted tiene que depositar toda contribución
electrónicamente por transferencia electrónica de fondos
´
PRECAUCION
(EFT). Para obtener información, vea el tema Los
depósitos de la contribución federal tienen que efectuarse por
transferencia electrónica de fondos (EFT) bajo Recordatorios.
!
¿Tiene que depositar sus contribuciones?
Puede estar obligado a depositar tanto la contribución al Seguro
Social como al Medicare correspondientes al patrono y al
empleado.
Si el total de sus contribuciones después de considerar los
ajustes y créditos (línea 12) es menos de $2,500 para el
trimestre en curso o el trimestre anterior (total de las
contribuciones declaradas en la línea 10, si el trimestre
anterior fue el cuarto trimestre de 2016) y usted no tuvo una
obligación de depositar $100,000 el próximo día durante el
trimestre en curso. No tiene que hacer un depósito. Para evitar
una multa, tiene que pagar la cantidad en su totalidad con una
planilla radicada a su debido tiempo o tiene que depositar la
Antes del comienzo de cada año natural, tiene que determinar
cuál de los itinerarios de depósitos tiene que usar.
Si declaró $50,000 o menos por concepto de contribuciones
durante el período retroactivo, usted es depositante de itinerario
mensual.
Si declaró más de $50,000 por concepto de contribuciones
durante el período retroactivo, usted es depositante de itinerario
bisemanal.
-6-
Instrucciones para el Formulario 941-PR (Rev. 1-2017)
Internal Revenue Service
City View Plaza II Bldg.
48 Carr. 165 km. 1.2
Guaynabo, PR 00968-8000
Si usted es depositante de itinerario mensual y acumula
$100,000 o más por concepto de contribuciones en
´
PRECAUCION
cualquier día durante el período de depósito, entonces se
convierte en depositante de itinerario bisemanal en el próximo día y
por el resto del año natural y el año siguiente. Vea la Regla de
depositar $100,000 el próximo día, en el apartado 11 de la Pub.
179 para más información.
!
Retención de la contribución federal
sobre los ingresos
¿Qué hay que saber acerca de las
multas e intereses?
En el caso de un empleado que es ciudadano de los Estados
Unidos y que trabaja para un patrono que no sea el gobierno de los
Estados Unidos o alguna de sus agencias, no hay que retener la
contribución federal sobre los ingresos de los salarios pagados a
dicho empleado si el patrono está obligado a retener la contribución
sobre ingresos de Puerto Rico en conformidad con sus leyes o
cuando es razonable creer que tal empleado será, durante todo el
año natural, residente bona fide de Puerto Rico. No obstante, si un
patrono tiene un empleado en Puerto Rico que es ciudadano de los
Estados Unidos y de cuyos salarios no se exige la retención de la
contribución sobre los ingresos de acuerdo con la ley de Puerto
Rico, y si tal empleado no piensa adquirir residencia bona fide en
Puerto Rico por todo el año natural, dicho patrono está obligado a
retener la contribución federal sobre los ingresos de los salarios
pagados al mencionado empleado. En casos como éste, el patrono
debe consultar con la oficina del IRS en Guaynabo.
Cómo evitar el pago de multas e intereses
Puede evitar el pago de multas e intereses si hace todo lo indicado
a continuación:
Deposita o paga las contribuciones cuando se debe hacerlo.
Radica a su debido tiempo su Formulario 941-PR debidamente
completado.
Declara correctamente su obligación contributiva.
Entrega cheques válidos para el pago de las contribuciones.
Entrega los Formularios 499R-2/W-2PR correctos a sus
empleados.
Radica el Formulario W-3PR junto a los Formularios 499R-2/
W-2PR junto con el Formulario W-3PR ante la SSA a su debido
tiempo y sin errores.
Use el Formulario 941, en inglés, en lugar del Formulario 941-PR
si tiene que retener la contribución federal sobre los ingresos de los
salarios pagados a sus empleados. Puede obtener los formularios
necesarios y las instrucciones pertinentes en la oficina en
Guaynabo o descargándolos del sitio web del IRS en IRS.gov/
formspubs. La información está disponible en inglés.
Se cobran multas e intereses sobre las contribuciones pagadas
fuera de plazo y sobre las planillas radicadas fuera de plazo a una
tasa fijada conforme a la ley. Vea los apartados 11 y 12 de la Pub.
179 para más detalles.
Use el Formulario 843, en inglés, para solicitar un reembolso o
reducción en los intereses o multas que le han sido tasados. No
solicite la reducción de multas o intereses en los Formularios
941-PR o 941-X (PR).
Instrucciones Específicas:
Parte 1: Conteste las preguntas a
continuación para este trimestre
Si las contribuciones al Seguro Social y al Medicare (es
decir, contribuciones al fondo fiduciario) que se tienen que
´
PRECAUCION
retener no se retienen, no se depositan o no se pagan al
Tesoro de los Estados Unidos, se le podría imponer una multa por
recuperación del fondo fiduciario. La multa es la cantidad total de la
contribución al fondo fiduciario adeudada. Esta multa se le puede
aplicar si estas contribuciones no pagadas no se pueden recaudar
inmediatamente del patrono o del negocio. La multa por
recuperación del fondo fiduciario puede ser impuesta a las personas
que el IRS determine que son responsables del cobro, de la
contabilidad o del pago por estas contribuciones y que
intencionalmente no lo hacen. Vea el apartado 11 de la Pub. 179
para más información.
!
1. Número de empleados que recibieron
salarios, propinas u otras remuneraciones
durante este trimestre
Anote el número de empleados en su nómina a los cuales les pagó
remuneraciones durante el período de pago que incluye el 12 de
marzo, el 12 de junio, el 12 de septiembre o el 12 de diciembre del
trimestre indicado en la parte superior del Formulario 941-PR. No
incluya a:
Empleados domésticos,
Empleados no remunerados durante el período de pago,
Empleados agrícolas,
Pensionistas o
Miembros activos de las Fuerzas Armadas.
Ajuste a la contribución sobre las
propinas
Si, para el día 10 del mes siguiente al mes en que recibió la
declaración de propinas del empleado, no tiene suficientes fondos
del empleado para retener la porción correspondiente al empleado
de las contribuciones al Seguro Social y al Medicare, entonces ya
no tendrá que recaudarlas. Declare la cantidad de las propinas en
su totalidad en las líneas 5b (Propinas sujetas a la contribución
al Seguro Social), 5c (Salarios y propinas sujetos a la
contribución al Medicare) y, si cumple con la cantidad del límite
superior, en la línea 5d (Salarios y propinas sujetos a la
retención de la Contribución Adicional al Medicare). Incluya en
la línea 9 por concepto de ajuste el total de la parte no recaudada
correspondiente al empleado de las contribuciones al Seguro Social
y al Medicare.
Si anota “250” o más en la línea 1, tiene que radicar los
CONSEJO Formularios 499R-2/W-2PR por medios electrónicos. Para
más detalles, visite el sitio web “Employer W-2 Filing
Instructions & Information” (Instrucciones e información sobre la
radicación de Formularios W-2 hecha por patronos) de la SSA, en
inglés, SSA.gov/employer o llame a la SSA al 1-800-772-6270.
4. Si los salarios, propinas y otras
remuneraciones no están sujetos a las
contribuciones al Seguro Social y al Medicare
Si los salarios, propinas y otras remuneraciones no están sujetos a
las contribuciones al Seguro Social y al Medicare, marque el
encasillado en la línea 4. Si esta pregunta no le corresponde, deje
en blanco el encasillado. Para más información sobre los salarios
exentos de la contribución, vea el apartado 15 de la Pub. 179, en
español, y el apartado 4 de la Pub. 15-A, en inglés.
¿Dónde puede obtener formularios?
Vea la Pub. 179 para obtener información sobre cómo pedir
formularios del IRS por teléfono, correo o por Internet. También
puede obtener algunos de los formularios del IRS en la dirección
indicada a continuación:
Instrucciones para el Formulario 941-PR (Rev. 1-2017)
-7-
línea 5b (columna 1)
x 0.124
línea 5b (columna 2)
Si es patrono gubernamental, los salarios que paga no
están exentos automáticamente de las contribuciones al
´
PRECAUCION
Seguro Social y al Medicare. Sus empleados podrían estar
amparados por la ley o por un acuerdo voluntario con la SSA
conforme a la sección 218. Para más información, vea la Pub. 963,
Federal-State Reference Guide (Guía de consulta federal y estatal),
en inglés.
!
5c. Salarios y propinas sujetos a la contribución al
Medicare. Anote todos los salarios, propinas, compensación por
enfermedad y beneficios marginales tributables sujetos a la
contribución al Medicare. A diferencia de los salarios sujetos al
Seguro Social, no hay límite sobre la cantidad de salarios sujetos a
la contribución al Medicare.
La tasa de la contribución al Medicare es 1.45% (0.0145) tanto
para la parte del patrono como la del empleado o 2.9% (0.029) para
las dos partes. Incluya todas las propinas que sus empleados le
hayan declarado durante el trimestre, aun cuando no haya podido
retenerles la porción de la contribución correspondiente a los
empleados del 1.45%.
5a–5e. Salarios y propinas sujetos a las
contribuciones al Seguro Social y al Medicare
5a. Salarios sujetos a la contribución al Seguro Social.
Anote aquí el total de los salarios, compensación por enfermedad y
beneficios marginales sujetos a la contribución al Seguro Social que
pagó a sus empleados durante el trimestre. Para este propósito, la
compensación por enfermedad incluye los pagos hechos a sus
empleados por una compañía de seguros y por los cuales usted fue
notificado oportunamente por dicha compañía de seguros. Vea el
apartado 6 de la Pub. 15-A, en inglés, para más información sobre
la declaración de la compensación por enfermedad.
Anote la cantidad total antes de descontar toda deducción. No
incluya propinas en esta línea. Para más información sobre los tipos
de salarios sujetos a las contribuciones al Seguro Social, vea el
apartado 5 de la Pub. 179.
La tasa para 2017 de la contribución al Seguro Social sobre los
salarios sujetos a contribución es 6.2% (0.062) correspondiente
tanto al patrono como al empleado, o sea, 12.4% (0.124) para los
dos. Deje de pagar y de declarar la contribución al Seguro Social
sobre los salarios de un empleado en la línea 5a cuando los salarios
sujetos a contribución (incluyendo las propinas) del empleado
alcancen $127,200 para el año. Sin embargo, siga reteniéndole la
contribución al Medicare para todo el año sobre los salarios y
propinas aun cuando se haya alcanzado la base salarial para la
contribución al Seguro Social de $127,200.
línea 5c (columna 1)
x 0.029
línea 5c (columna 2)
Para más información, vea los apartados 5, 6 y 9 de la Pub. 179.
5d. Salarios y propinas sujetos a la retención de la
Contribución Adicional al Medicare. Anote el total de los
salarios, propinas, pagos por enfermedad y beneficios marginales
sujetos a la retención de la Contribución Adicional al Medicare. Se
le requiere que comience la retención de la Contribución Adicional
al Medicare en el período de pago en el que le paga a un empleado
un salario de más de $200,000 y después continuar la retención en
cada período de pago hasta el final del año natural. La Contribución
Adicional al Medicare sólo le corresponde al empleado. No hay
ninguna Contribución Adicional al Medicare que le corresponda a la
parte del patrono. Todos los salarios que están sujetos a la
contribución al Medicare están sujetos a la retención de la
Contribución Adicional al Medicare si éstos se pagan en exceso del
límite de $200,000.
Para más información sobre qué salarios están sujetos a la
contribución al Medicare, vea la tabla titulada Reglas especiales
para varias clases de servicios y de pagos, en el apartado 15 de
la Pub.179. Para más información sobre la Contribución Adicional al
Medicare, visite el sitio web IRS.gov e ingrese “Additional Medicare
Tax” (Contribución Adicional al Medicare) en el encasillado Search
(Buscar). Dicha información está disponible en inglés.
Cuando los salarios y propinas exceden el límite superior de la
retención de $200,000, tiene que incluir todas las propinas que sus
empleados le hayan declarado durante el trimestre, aun cuando no
haya podido retenerles la porción de la contribución
correspondiente a los empleados del 0.9%.
línea 5a (columna 1)
x 0.124
línea 5a (columna 2)
5b. Propinas sujetas a la contribución al Seguro Social.
Anote el total de las propinas que sus empleados le hayan
declarado durante el trimestre hasta que el total de los salarios y
propinas para cada empleado alcance los $127,200 para el año.
Incluya todas las propinas que sus empleados le hayan declarado
aun cuando no haya podido retenerle la contribución
correspondiente al empleado del 6.2%. No incluya cargos por
servicios en la línea 5b.
Su empleado tiene que declararle para el día 10 del mes
siguiente al mes en que recibió dichas propinas en efectivo. El
informe debe incluir propinas cargadas (por ejemplo, cargos de las
tarjetas de crédito y débito) que usted le pagó a los empleados por
pagos provenientes de tarjetas de crédito de los clientes, propinas
que el empleado recibió directamente de los clientes y propinas que
recibió de otros empleados bajo cualquier acuerdo de propinas
compartidas. Los empleados que reciben propinas directamente e
indirectamente tienen que declararle las propinas al patrono. No se
requiere declarar las propinas para meses en que las propinas
sumen menos de $20. Los empleados pueden usar el Formulario
4070-PR, (disponible solamente en la Pub. 1244-PR) o cualquier
declaración por escrito o informe electrónico de propinas recibidas.
No incluya las propinas asignadas en esta línea. En vez de
incluirlas aquí, declárelas en el Formulario 8027, en inglés. Las
propinas asignadas no se deben declarar en el Formulario 941-PR y
no están sujetas a la retención de las contribuciones al Seguro
Social o al Medicare.
línea 5d (columna 1)
x 0.009
línea 5d (columna 2)
5e. Total de contribuciones al Seguro Social y al Medicare.
Sume las cantidades de la columna 2 de las líneas 5a a 5d y anote
el resultado en la línea 5e.
5f. Notificación y solicitud de pago conforme a
la sección 3121(q): Contribución adeudada por
propinas no declaradas
Anote el saldo de contribución adeudado que aparece en el Notice
and Demand under Section 3121(q) (Notificación y solicitud de pago
conforme a la sección 3121(q)), en inglés, en la línea 5f. El IRS
emite esta notificación para informarle a un patrono de la cantidad
de propinas recibidas por empleados que no fueron declaradas o
que fueron declaradas de menos al patrono. El patrono no es
-8-
Instrucciones para el Formulario 941-PR (Rev. 1-2017)
La parte correspondiente al empleado de las contribuciones al
Seguro Social y al Medicare no retenidas sobre las propinas y
La parte correspondiente al empleado de las contribuciones al
Seguro Social y al Medicare no retenidas sobre las primas del
seguro de vida colectivo a término fijo pagadas para sus
ex empleados.
responsable de pagar la parte correspondiente del patrono de las
contribuciones al Seguro Social y al Medicare por las propinas no
declaradas hasta que el IRS le emita una notificación y solicitud de
pago conforme a la sección 3121(q) a dicho patrono. La
contribución adeudada pudo haber sido determinada calculando las
propinas declaradas al IRS en el Formulario 4137, Social Security
and Medicare Tax on Unreported Tip Income (Contribuciones al
Seguro Social y al Medicare sobre el ingreso de propinas no
declaradas), en inglés, del empleado, u otras propinas que el IRS
determinó que no fueron declaradas al patrono después de una
revisión. Para obtener más información, vea el Revenue Ruling
2012-18 (Resolución administrativa tributaria 2012-18) que aparece
en la página 1032 del I.R.B. 2012-26, disponible en IRS.gov/irb/
2012-26_IRB/ar07.html.
Ajustes de trimestres anteriores. Si necesita corregir un ajuste
declarado en un Formulario 941-PR radicado previamente,
complete y radique el Formulario 941-X (PR). El Formulario
941-X (PR) se utiliza para hacer ajustes y se radica por separado
del Formulario 941-PR. Vea el apartado 12 de la Pub. 179.
10. Total de contribuciones después de
considerar los ajustes
Deposite la contribución dentro del período requerido que le
corresponde a su itinerario de depósito para evitar cualquier multa.
La contribución se tratará como acumulada por el patrono en la
parte titulada Date of Notice and Demand (Fecha de notificación y
solicitud), en inglés, la cual está impresa en la notificación y solicitud
de pago conforme a la sección 3121(q). El patrono tiene que incluir
esta cantidad en la línea apropiada del formulario que corresponde
a la obligación contributiva federal (la Parte 2 del Formulario 941-PR
para un depositante de itinerario mensual o en el Anexo B del
Formulario 941-PR para un depositante de itinerario bisemanal).
Combine las cantidades que aparecen en las líneas 6 a 9 y anote el
resultado en la línea 10.
11. Crédito contributivo sobre la nómina de
pequeños negocios calificados por aumentar
las actividades investigativas
Anote la cantidad del crédito de la línea 12 del Formulario 8974.
!
6. Total de contribuciones antes de ajustes
´
PRECAUCION
Sume el total de las contribuciones al Seguro Social y al Medicare
antes de tomar en cuenta los ajustes (línea 5e) y toda contribución
adeudada de la notificación y solicitud de pago conforme a la
sección 3121(q) declarada en la línea 5f. Anote el resultado en la
línea 6.
12. Total de contribuciones después de
considerar los ajustes y créditos
Reste la línea 11 de la línea 10 para determinar el total de
contribuciones después de considerar los ajustes y créditos y anote
el resultado en la línea 12.
Si la cantidad de la línea 12 es menos de $2,500 para el
trimestre en curso o el trimestre anterior (total de las
contribuciones declaradas en la línea 10, si el trimestre
anterior fue el cuarto trimestre de 2016) y usted no tuvo una
obligación de depositar $100,000 el próximo día durante el
trimestre en curso. Puede pagar la cantidad junto con el
Formulario 941-PR o puede depositarla. Para evitar una multa, tiene
que pagar la cantidad en su totalidad junto con una planilla radicada
a su debido tiempo o tiene que depositar la cantidad
oportunamente. Para más información sobre cómo pagar junto con
una planilla radicada a tiempo, vea las instrucciones de la línea 14,
a continuación.
Si la cantidad de la línea 12 es $2,500 o más para el
trimestre en curso y el trimestre anterior (total de las
contribuciones declaradas en la línea 10, si el trimestre
anterior fue el cuarto trimestre de 2016) o si usted tuvo una
obligación de depositar $100,000 el próximo día durante el
trimestre en curso. Tiene que hacer depósitos conforme a su
itinerario de depósitos. La cantidad que aparece en la línea 12 tiene
que ser igual al “Total para el trimestre”que aparece en la línea
16 del Formulario 941-PR o a la “Obligación total para el
trimestre” que aparece en el Anexo B (Formulario 941-PR).
7–9. Ajustes a la contribución
Anote en las líneas 7 a 9 las cantidades de contribución que
resultaron por un ajuste del trimestre en curso. Use el signo de
menos (si es posible) para indicar un ajuste que disminuya las
contribuciones totales anotadas en la línea 6 en vez de usar
paréntesis. Esto mejora la veracidad de los programas de
computadoras (software) para escanear que utiliza el IRS. Por
ejemplo, declare “-10.59” en vez de “(10.59)”. Sin embargo, si su
programa de computadora sólo permite el uso de los paréntesis
para declarar cantidades negativas, puede usarlos.
Ajustes del trimestre en curso. En ciertos casos, tendrá que
ajustar las cantidades declaradas como contribuciones al Seguro
Social y al Medicare en la columna 2 de las líneas 5a a 5d para
poder determinar su obligación contributiva correcta en el
Formulario 941-PR para este trimestre. Vea el apartado 12 de la
Pub. 179.
7. Ajustes por fracciones de centavos del trimestre actual.
Anote los ajustes por fracciones de centavos (debido al redondeo
de las cifras) que tienen que ver con la parte correspondiente al
empleado de las contribuciones al Seguro Social y al Medicare
retenidas. La porción correspondiente al empleado de las
cantidades indicadas en la columna 2 de las líneas 5a a 5d puede
diferir un poco de las cantidades retenidas realmente de los pagos
de sus empleados debido al redondeo de las contribuciones al
Seguro Social y al Medicare que ocurrió al aplicar las tasas
estatutarias.
8. Ajustes por compensación por enfermedad del trimestre
actual. Anote el ajuste por la parte correspondiente al empleado de
las contribuciones al Seguro Social y al seguro Medicare retenidas y
pagadas por su tercero pagador de compensación por enfermedad
con respecto a toda la compensación por enfermedad pagada por
el tercero pagador. Estos salarios deben ser incluidos en la línea 5a
y la línea 5c y, si cumple con la cantidad del límite superior, en la
línea 5d. Si usted es el tercero pagador de compensación por
enfermedad, anote el ajuste de la parte correspondiente al patrono
de estas contribuciones que se requiere ser pagado por el patrono.
9. Ajustes por propinas y por seguro temporal de vida
colectivo a término fijo del trimestre actual. Anote todo ajuste
por:
Instrucciones para el Formulario 941-PR (Rev. 1-2017)
Si anota una cantidad en la línea 11, tiene que adjuntar el
Formulario 8974.
Para obtener más información y reglas sobre los depósitos de la
contribución federal, vea “Cómo hacer los depósitos”,
anteriormente, y en el apartado 11 de la Pub. 179.
Si es depositante de itinerario bisemanal, tiene que
completar el Anexo B (Formulario 941-PR). Si no completa
´
PRECAUCION
ni radica el Anexo B (Formulario 941-PR), el IRS le puede
imponer multas basadas en toda la información que esté disponible.
!
13. Total de depósitos para este trimestre . . .
Anote sus depósitos para este trimestre, incluyendo toda cantidad
pagada en exceso de un trimestre anterior que usted aplicó a esta
planilla. Incluya también en esta cantidad toda cantidad pagada en
exceso que usted aplicó proveniente de la radicación del Formulario
941-X (PR) o el Formulario 944-X (SP) en el trimestre actual.
-9-
14. Saldo adeudado
15. Contribución pagada en exceso
Si la cantidad de la línea 12 es mayor que la cantidad de la línea 13,
anote la diferencia en la línea 14. De lo contrario, vea Contribución
pagada en exceso, más adelante.
Si la cantidad de la línea 13 es mayor que la cantidad de la línea 12,
anote la diferencia en la línea 15. Nunca anote una cantidad en
ambas líneas 14 y 15.
Si depositó más de la cantidad correcta para el trimestre, puede
optar para que el IRS le reembolse la cantidad pagada de más o
que ésta se le acredite a su próxima planilla. Marque solamente un
encasillado en la línea 15. Si no marca ninguno de los encasillados
o si marca ambos encasillados, generalmente se le aplicará la
cantidad pagada en exceso a su cuenta. Podemos, además, aplicar
dicha cantidad a toda cuenta contributiva vencida (en mora) que
aparezca en nuestros registros bajo su EIN.
Nunca anote una cantidad en ambas líneas 14 y 15.
No tiene que pagar si la cantidad de la línea 14 es menos
de $1. Por lo general, tendrá un saldo adeudado si el total de sus
contribuciones después de considerar los ajustes y créditos (línea
12) para el trimestre en curso o el trimestre anterior (total de las
contribuciones declaradas en la línea 10, si el trimestre anterior fue
el cuarto trimestre de 2016) es menos de $2,500 y usted no tuvo
una obligación de depositar $100,000 el próximo día durante el
trimestre en curso. Sin embargo, vea el apartado 11 de la Pub. 179
referente a los pagos efectuados de acuerdo a la regla de la
exactitud de los depósitos.
Si la cantidad de la línea 15 es menos de $1, le enviaremos un
reembolso o se la aplicaremos a su próxima planilla de contribución
únicamente si lo solicita por escrito.
Complete ambas páginas
Si usted está obligado a efectuar depósitos de la contribución
federal, pague la cantidad indicada en la línea 14 por EFT. Si no
está obligado a efectuar depósitos de la contribución federal, puede
pagar la cantidad indicada en la línea 14 por EFT, tarjeta de crédito,
tarjeta de débito, cheque, giro postal o EFW. Para más información
sobre las opciones de pago por medios electrónicos, visite el sitio
web del IRS en IRS.gov/pagos.
Tiene que completar ambas páginas del Formulario 941-PR y firmar
la segunda página. Si no lo hace, podrá causar demoras en la
tramitación de su planilla.
Parte 2: Infórmenos sobre su
itinerario de depósitos y obligación
contributiva para este trimestre
Si paga mediante la EFT, tarjeta de crédito o tarjeta de débito,
envíe su planilla de contribución a la dirección en la cual se radican
las planillas enviadas “Sin un pago”, indicada bajo Adónde deberá
enviar la planilla, anteriormente, y no radique el Formulario
941-V(PR), Comprobante de Pago.
16. Obligación contributiva para el trimestre
Excepción De Minimis (Mínimo). Si la cantidad de la línea 12
para el trimestre en curso o para el trimestre anterior (total de las
contribuciones declaradas en la línea 10, si el trimestre anterior fue
el cuarto trimestre de 2016) es menos de $2,500 y usted no tuvo
una obligación de depositar $100,000 el próximo día durante el
trimestre en curso, marque el encasillado correspondiente en la
línea 16 y pase a la Parte 3.
Si paga mediante un cheque o giro, hágalo a la orden de “United
States Treasury” (Tesoro de los EE.UU.). Anote su EIN, “Formulario
941-PR” y el período contributivo (“1er trimestre de 2017”, “2do
trimestre de 2017”, “3er trimestre de 2017”, o “4to trimestre de
2017”) en su cheque o giro. Complete el Formulario 941-V(PR) y
adjúntelo al Formulario 941-PR.
Si la línea 12 indica una cantidad de $2,500 o más y ha
depositado todas las contribuciones cuando éstas se adeudaban, la
cantidad indicada en la línea 14 deberá ser cero, a menos que haya
reducido sus depósitos en anticipación de la radicación del
Formulario 941-X (PR) para reclamar el crédito de asistencia para
las primas de COBRA. Vea Cómo hacer los depósitos,
anteriormente.
Si la excepción De Minimis (Mínimo) le aplica basado en el
trimestre anterior y la línea 12 del trimestre actual es
´
PRECAUCION
$100,000 o más, tiene que proporcionar un registro de su
responsabilidad sobre las contribuciones federales. Si usted es un
depositante de itinerario mensual, complete el resumen de su
obligación contributiva mensual que se encuentra en la línea 16 del
Formulario 941-PR. Si usted es un depositante de itinerario
bisemanal, adjunte el Anexo B del Formulario 941-PR.
!
Si usted tiene la obligación de hacer los depósitos
requeridos y, en su lugar, paga las contribuciones con el
´
PRECAUCION
Formulario 941-PR, puede estar sujeto a multas. Vea la
sección titulada ¿Tiene que depositar sus contribuciones?,
anteriormente.
Si declaró $50,000 o menos por concepto de contribuciones
durante el período retroactivo (ver a continuación), usted es
depositante de itinerario mensual a menos que le corresponda la
Regla de depositar $100,000 el próximo día, que se explica en el
apartado 11 de la Pub. 179. Marque el encasillado correspondiente
en la línea 16 y anote su obligación contributiva para cada mes del
trimestre. Sume las cantidades para cada mes. Anote el resultado
en el encasillado Total para el trimestre.
Tenga presente que su obligación contributiva total para el
trimestre tiene que ser igual al total de las contribuciones indicadas
en la línea 12. Si no es así, se podría considerar que sus depósitos y
pagos no fueron hechos oportunamente. No cambie su obligación
contributiva en la línea 16 por ajustes declarados en todo Formulario
941-X (PR).
Usted es depositante de itinerario mensual para el año natural si
las contribuciones que aparecen en su Formulario 941-PR
declaradas para el período retroactivo son $50,000 o menos. El
período retroactivo consta de los 4 trimestres consecutivos que
terminan el 30 de junio del año anterior. En el caso del año 2017, el
período retroactivo comienza el 1 de julio de 2015 y termina el 30 de
junio de 2016. Vea el apartado 11 de la Pub. 179 para más detalles
sobre las reglas de depósito. Si radicó el Formulario 944(SP) en
2015 ó 2016, su período retroactivo es el año natural 2015.
!
¿Qué pasa si usted no puede pagar en su totalidad? Si no
puede pagar la cantidad completa de contribución que adeuda,
puede solicitar un plan de pagos a plazos por Internet. Puede
solicitar un plan de pagos a plazos por Internet si:
No puede pagar la cantidad total que aparece en la línea 14,
La cantidad total que adeuda es $25,000 o menos y
Usted puede pagar la obligación en su totalidad dentro de 24
meses.
Para solicitar un acuerdo de pago usando la Solicitud Electrónica
para el Acuerdo de Pagos a Plazos, visite el sitio web del IRS en
IRS.gov/opa y luego pulse sobre Español.
Conforme a un plan de pagos a plazos, usted puede pagar la
cantidad que adeuda en plazos mensuales. Hay ciertas condiciones
que usted tiene que cumplir para establecer y mantener un plan de
pagos a plazos, tales como pagar la obligación dentro de 24 meses,
efectuar todos los depósitos requeridos y radicar oportunamente las
planillas de contribución durante el acuerdo.
Si su plan de pagos a plazos se acepta, se le cobrará un cargo
administrativo y estará sujeto a las multas e intereses sobre la
cantidad de la contribución que no ha sido pagada para la fecha de
vencimiento de la planilla.
-10-
Instrucciones para el Formulario 941-PR (Rev. 1-2017)
Las cantidades declaradas en la línea 16 son un resumen
de su obligación contributiva mensual y no es un resumen o
´
PRECAUCION
registro de los depósitos que efectuó. Si no declara
correctamente sus obligaciones cuando se le requiere hacerlo o si
es depositante de itinerario bisemanal y declara sus obligaciones en
la línea 16 en lugar del Anexo B del Formulario 941-PR, se le podría
imponer una multa “promediada” por no depositar (FTD, por sus
siglas en inglés). Vea el tema titulado Multas relacionadas con los
depósitos, en el apartado 11 de la Pub. 179 para más información.
Parte 4: ¿Podemos comunicarnos
con su tercero autorizado?
!
Si desea autorizar a algún empleado suyo, a un preparador
remunerado o a otro individuo para que éste hable sobre su
Formulario 941-PR con el IRS, marque el encasillado Sí en la Parte
4. Anote el nombre, número de teléfono y los cinco dígitos del
número de identificación personal (PIN, por sus siglas en inglés) del
individuo específico con quien podemos hablar —no el nombre de
la empresa que preparó su planilla de contribución. La persona
designada puede elegir cualesquier cinco dígitos para su PIN.
Si declaró más de $50,000 por concepto de contribuciones para
el período retroactivo (ver anteriormente), usted es depositante de
itinerario bisemanal. Marque el encasillado correspondiente en la
línea 16.
Al marcar el encasillado Sí, usted le autoriza al IRS para que
hable con el tercero designado a fin de hacerle preguntas que nos
surjan al tramitar su planilla de contribución. Además, le permite a la
persona designada que haga todo lo siguiente:
Facilitarnos toda información no incluida en su planilla.
Llamarnos para obtener información relacionada con la
tramitación de su planilla.
Responder a ciertas notificaciones del IRS que usted haya
compartido con su tercero designado relacionadas con errores
matemáticos y con la preparación de su planilla. El IRS no le enviará
notificaciones a su tercero designado.
Tiene que completar el Anexo B (Formulario 941-PR) y
adjuntarlo al radicar el Formulario 941-PR. No use el Anexo B
(Formulario 941-PR) si es depositante de itinerario mensual.
No cambie su obligación contributiva en el Anexo B (Formulario
941-PR) por ajustes declarados en todo Formulario 941-X (PR).
Ajuste de la obligación contributiva para el crédito contributivo sobre la nómina de pequeños negocios calificados por aumentar las actividades investigativas declarado en la línea 11.
Depositantes de itinerario mensual y depositantes de itinerario
bisemanal tienen que tomar en cuenta el crédito contributivo sobre
la nómina de pequeños negocios calificados por aumentar las
actividades investigativas (línea 11) al declarar sus obligaciones
contributivas en la línea 16 o en el Anexo B (Formulario 941-PR). El
total de la obligación contributiva del trimestre tiene que ser igual a
la cantidad declarada en la línea 12. No tomar en consideración el
crédito contributivo sobre la nómina de pequeños negocios
calificados por aumentar las actividades investigativas en la línea 16
o en el Anexo B (Formulario 941-PR) puede causar que la línea 12
sea inferior a la cantidad total declarada en la línea 16 o en el Anexo
B (Formulario 941-PR). No disminuya la obligación contributiva
declarada en la línea 16 o en el Anexo B (Formulario 941-PR) por
debajo de cero.
Usted no le autoriza a su tercero designado a obligarle a ningún
compromiso (por ejemplo, a pagar una obligación contributiva
adicional), ni de otra manera representarlo a usted ante el IRS. Si
desea ampliar la autorización de su tercero designado, vea la Pub.
947, en inglés.
La autorización para un tercero designado vencerá
automáticamente en un año a partir de la fecha de vencimiento (sin
tener en cuenta las prórrogas) para radicar su Formulario 941-PR.
Si usted o su tercero designado desea dar por finalizada la
autorización, escriba al centro de servicio del IRS a la dirección
donde se envían planillas “Sin un pago”, indicada bajo Adónde
deberá enviar la planilla, anteriormente.
Parte 3: Infórmenos sobre su negocio
Parte 5: Firme aquí
(Funciones aprobadas)
En la Parte 3, conteste únicamente aquellas preguntas que le
correspondan a su negocio. Si alguna pregunta no le corresponde,
déjela en blanco y pase a la Parte 4.
Complete toda la información en la Parte 5 y firme el Formulario
941-PR. Las siguientes personas están autorizadas a firmar la
planilla, según cada clase de entidad comercial.
17. Si su negocio ha dejado de operar . . .
Si su negocio ha dejado de operar o si ha dejado de pagar salarios,
tiene que radicar una planilla final. Para informarle al IRS que un
Formulario 941-PR es su planilla final, marque el encasillado de la
línea 17 y anote la última fecha en la que pagó salarios en el
espacio provisto. Para leer sobre otros requisitos de la radicación,
consulte Planilla final y Si cierra su negocio..., anteriormente.
• Empresa de un solo dueño: El individuo que posee el negocio
(el propietario o dueño).
• Corporación (incluyendo una compañía de responsabilidad
limitada (LLC) que se trata como una corporación): El
presidente, vice presidente u otro funcionario principal que esté
debidamente autorizado a firmar en nombre de dicha corporación.
18. Si es patrono estacional . . .
• Sociedad colectiva (incluyendo una compañía de responsabilidad limitada (LLC) que se trata como una sociedad colectiva) u otra empresa no incorporada: Un miembro, socio u otro
funcionario responsable y debidamente autorizado que tenga
conocimiento de sus asuntos.
Si contrata a empleados estacionales —por ejemplo, sólo para el
verano o el invierno— marque el encasillado de la línea 18. El
marcar el encasillado le indica al IRS que no anticipe recibir los
cuatro Formularios 941-PR de usted durante el año porque no ha
pagado salarios con regularidad.
• Compañía de responsabilidad limitada (LLC) de un solo socio que se trata como una entidad no considerada como separada de su dueño (disregarded entity) para propósitos de las
contribuciones federales sobre los ingresos: El dueño de la
compañía de responsabilidad limitada (LLC, por sus siglas en
inglés) u otro funcionario principal que esté debidamente autorizado
a firmar en nombre de dicha compañía.
Por lo general, no le solicitaremos información sobre planillas no
radicadas si radica al menos una planilla que indique un saldo de
contribución adeudado cada año. Sin embargo, tiene que marcar
este encasillado cada vez que radique el Formulario 941-PR.
Además, al completar el Formulario 941-PR, asegúrese de
marcar el encasillado de la parte superior de la planilla que
corresponde al trimestre en que declara salarios.
• Fideicomiso o caudal hereditario: El fiduciario.
El Formulario 941-PR puede ser firmado por un agente
debidamente autorizado para representar al contribuyente si se ha
radicado un poder legal válido ante el IRS.
Método alterno de firma. Los ejecutivos de la corporación o
agentes debidamente autorizados pueden firmar el Formulario
Instrucciones para el Formulario 941-PR (Rev. 1-2017)
-11-
941-PR por medio de un sello de goma, aparato mecánico o
programa para computadoras (software). Para más detalles y la
documentación requerida, vea el Revenue Procedure 2005-39
(Procedimiento Administrativo Contributivo 2005-39), en inglés.
Puede ver dicho procedimiento en el Internal Revenue Bulletin
2005-28 (Boletín de Rentas Internas 2005-28), en inglés, disponible
en el sitio web IRS.gov/irb/2005-28_IRB/ar16.html.
Otros productos del IRS que le
pueden ser necesarios
• Formulario SS-4PR, Solicitud de Número de Identificación
Patronal (EIN)
• Formulario W-3PR, Informe de Comprobantes de Retención
• Formulario W-3c PR, Transmisión de Comprobantes de Retención
Corregidos
• Formulario 940-PR, Planilla para la Declaración Federal Anual del
Patrono de la Contribución Federal para el Desempleo (FUTA)
Para uso exclusivo del preparador remunerado
Un preparador remunerado tiene que firmar el Formulario 941-PR y
proporcionar la información solicitada en la sección titulada Para
uso exclusivo del preparador remunerado, en la Parte 5, si le
pagó al preparador para preparar el Formulario 941-PR y dicho
preparador no es empleado de la entidad que radica la planilla. Los
preparadores remunerados tienen que firmar las planillas de papel
de su puño y letra. El preparador tiene que darle una copia adicional
de la planilla además de la planilla que en sí será radicada ante el
IRS.
• Formulario 941-X (PR), Ajuste a la Declaración Federal
TRIMESTRAL del Patrono o Reclamación de Reembolso
• Formulario 943-PR, Planilla para la Declaración Anual de la
Contribución Federal del Patrono de Empleados Agrícolas
• Formulario 944(SP), Declaración Federal ANUAL de Impuestos
del Patrono o Empleador
Si usted es preparador remunerado, anote su número de
identificación del preparador remunerado (PTIN, por sus siglas en
inglés) en el espacio provisto. Incluya su dirección completa. Si
trabaja para una firma o empresa, anote el nombre y el EIN de la
firma. Puede solicitar un PTIN por Internet o radicando el Formulario
W-12, en inglés. Para más información sobre la solicitud de un PTIN
por Internet, visite el sitio web del IRS en IRS.gov/ptin, en inglés. No
puede usar su PTIN en lugar del EIN de la firma preparadora de
contribuciones.
• Formulario 944-X (SP), Ajuste a la Declaración Federal ANUAL del
Empleador o Reclamación de Reembolso
• Formulario 4070-PR, Informe al Patrono de Propinas Recibidas
por el Empleado
• Formulario 8027, Employer's Annual Information Return of Tip
Income and Allocated Tips (Declaración informativa anual del
patrono de ingresos de propinas y propinas asignadas), en inglés
• Formulario 8655, Reporting Agent Authorization (Autorización para
agentes de reportación), en inglés
• Formulario 8974, Qualified Small Business Payroll Tax Credit for
Increasing Research Activities (Crédito contributivo sobre la
nómina de pequeños negocios calificados por aumentar las
actividades investigativas), en inglés
• Pub. 15, Employer's Tax Guide (Guía contributiva para el patrono),
en inglés
• Pub. 15-A, Employer's Supplemental Tax Guide (Guía contributiva
suplementaria para el patrono), en inglés
• Pub. 15-B, Employer's Tax Guide to Fringe Benefits (Guía
contributiva para el patrono que paga beneficios marginales), en
inglés
• Pub. 179, Guía Contributiva Federal para Patronos Puertorriqueños
• Pub. 1244-PR, Registro Diario de Propinas Recibidas por el(la)
Empleado(a) e Informe al Patrono
• Pub. 926, Household Employer's Tax Guide (Guía contributiva
para patronos de empleados domésticos), en inglés
• Anexo B (Formulario 941-PR), Registro de la Obligación
Contributiva para los Depositantes de Itinerario Bisemanal
• Anexo D (Formulario 941), Report of Discrepancies Caused by
Acquisitions, Statutory Mergers, or Consolidations (Informe de
discrepancias causadas por adquisiciones, fusiones o
consolidaciones), en inglés
• Anexo H-PR (Formulario 1040-PR), Contribuciones sobre el
Empleo de Empleados Domésticos
• Anexo R (Formulario 941), Allocation Schedule for Aggregate
Form 941 Filers (Registro de asignación para los declarantes de
Formularios 941 agregados), en inglés
Por lo general, no complete esta sección si está radicando la
planilla en su calidad de agente de reportación y tiene un Formulario
8655, en inglés, vigente y archivado ante el IRS. Sin embargo, un
agente de reportación tiene que completar esta sección si dicho
agente le ofreció asesoría legal; por ejemplo, aconsejarle al cliente
sobre cómo determinar si los trabajadores son empleados o
contratistas independientes para propósitos de las contribuciones
federales.
Cómo obtener formularios,
instrucciones y publicaciones del IRS
Visite el sitio web IRS.gov/orderforms, en inglés.
-12-
Instrucciones para el Formulario 941-PR (Rev. 1-2017)
File Type | application/pdf |
File Title | Instrucciones para el Formulario 941-PR (Rev. Enero 2017) |
Subject | Instrucciones para el Formulario 941-PR, Planilla para la Declaración Federal TRIMESTRAL del Patrono |
Author | W:CAR:MP:FP |
File Modified | 2017-02-28 |
File Created | 2017-02-28 |