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pdfInstrucciones para
el Formulario 941-X (PR)
Department of the Treasury
Internal Revenue Service
(Rev. abril de 2013)
Ajuste a la Declaración Federal TRIMESTRAL del Patrono o Reclamación de
Reembolso
Las secciones a las cuales se hace referencia abajo
corresponden al Código Federal de Impuestos Internos a
menos que se indique de otra manera.
Acontecimientos Futuros
Para obtener la información más reciente sobre los
acontecimientos relacionados al Formulario 941-X (PR) y
sus Instrucciones, como legislación promulgada después de
que dichos documentos se hayan publicado, por favor visite
www.irs.gov/form941xpr.
Qué Hay de Nuevo
Corrección de salarios y propinas sujetos a la retención
adicional a la contribución al Medicare. A partir del
primer trimestre de 2013, los salarios y propinas sujetos a la
retención adicional a la contribución al Medicare serán
declarados en la línea 5d del Formulario 941-PR. Cualquier
error que encuentre en un Formulario 941-PR previamente
radicado se debe corregir por medio de la línea 11 del
Formulario 941-X (PR). Para más información sobre la
retención adicional a la contribución al Medicare vea las
Instrucciones del Formulario 941-PR y visite el sitio web
IRS.gov y escriba “Additional Medicare Tax” (Contribución
adicional al Medicare) en el encasillado “Search” (Buscar),
en inglés. Vea las instrucciones de la línea 11 para obtener
más información relacionada a las clases de errores que
puede corregir y sobre cómo declarar la corrección en el
Formulario 941-X (PR).
La tasa de la contribución al Seguro Social para 2013.
La tasa de la contribución al Seguro Social que le
corresponde a la parte del empleado es 6.2% y la tasa de la
contribución al Seguro Social que le corresponde al patrono
es 6.2% (12.4% total). En 2011 y 2012, la tasa de la
contribución al Seguro Social correspondiente al empleado
era 4.2% y la tasa de la contribución al Seguro Social
correspondiente al patrono era 6.2% (10.4% total).
Asegúrese de utilizar la tasa correcta cuando esté
corrigiendo cantidades declaradas en las líneas 8 y 9.
Aumento retroactivo de beneficios de transporte excluibles. La Ley de Alivio para el Contribuyente
Estadounidense de 2012 (ATRA, por sus siglas en inglés)
aumentó la exclusión de beneficios de transporte de $125
por mes por empleado participante a $240 por mes por
empleado participante para el período del 1 de enero de
2012, al 31 de diciembre de 2012. A los patronos se le
proporcionaron instrucciones sobre cómo corregir
contribuciones al Seguro Social y al Medicare sobre los
beneficios de transporte en exceso en la Notice 2013-8,
(Aviso 2013-8) que aparece en la página 486 del Internal
Revenue Bulletin (Boletín de Rentas Internas 2013-7), en
inglés, disponible en www.irs.gov/irb/2013-07_IRB/
ar08.html.
Apr 12, 2013
Recordatorios
Notificación y solicitud de pago conforme a la sección
3121(q): Contribución adeudada por propinas no declaradas. Un patrono ahora declara la cantidad de las
contribuciones que aparecen en la línea 5f (línea 5e para
trimestres que terminan antes del 1 de enero de 2013),
“Notificación y solicitud de pago conforme a la sección
3121(q)”, del Formulario 941-PR del patrono para el trimestre
en el cual la notificación y solicitud fue efectiva. Los errores
descubiertos en un Formulario 941-PR radicado previamente
para esta contribución se ajustan en la línea 12 del
Formulario 941-X (PR). Adicionalmente, cualesquiera errores
relacionados a las cantidades declaradas en la línea 7c del
Formulario 941-PR, conforme a la sección 3121(q),
“Notificación y solicitud de pago” (para trimestres que
terminaron antes del 1 de enero de 2011) se deben corregir
en la línea 12 del Formulario 941-X (PR).
La exención de la contribución al Seguro Social para
patronos calificados se ha vencido. La exención para los
patronos calificados por la parte correspondiente al patrono
(6.2%) de las contribuciones al Seguro Social de salarios/
propinas pagadas a empleados calificados se venció el 31
de diciembre de 2010. Cualesquiera errores descubiertos en
un Formularios 941-PR previamente radicado (para los
trimestres que terminaron después del 31 de marzo de 2010
y antes del 1 de enero de 2011) para esta exención se
ajustan en las líneas 13a a 13c del Formulario 941-X (PR).
Crédito de la contribución al Seguro Social para patronos calificados. A patronos calificados se les permitió un
crédito por la parte correspondiente al patrono (6.2%) de las
contribuciones al Seguro Social de salarios/propinas
pagados a empleados calificados después del 18 de marzo
de 2010 y antes del 1 de abril de 2010. Cualquier error que
encuentre en un Formulario 941-PR previamente radicado
para el segundo trimestre de 2010 relacionado a este crédito
se corrige en las líneas 20c y 20d del Formulario 941-X (PR).
Corrección de los pagos de asistencia para las primas
de COBRA. A los patronos que efectúan pagos de
asistencia para las primas de COBRA a favor de individuos
que cumplen los requisitos para recibir dicha ayuda, se les
permite un crédito por dichos pagos en el Formulario
941-PR. Los errores descubiertos en un Formulario 941-PR
radicado previamente relacionados con este crédito se
corrigen en las líneas 20a y 20b del Formulario 941-X (PR).
Vea Pagos de asistencia para las primas de COBRA,
más adelante.
Cat. No. 52311K
independientes o trabajadores que no son empleados
(nonemployees) y ahora los reclasifica como empleados,
consulte las instrucciones para la línea 24, más adelante.
Instrucciones Generales:
Información para entender el
Formulario 941-X (PR)
Declare la corrección de las cantidades declaradas de
menos y las declaradas en exceso correspondientes al
mismo período contributivo en un solo Formulario
941-X (PR), a menos que esté solicitando un reembolso o
una reducción. Si solicita un reembolso o reducción y está
corrigiendo las cantidades declaradas de menos y las
declaradas en exceso, radique un Formulario 941-X (PR)
que corrige sólo las cantidades declaradas de menos y un
segundo Formulario 941-X (PR) que corrige las cantidades
declaradas en exceso.
¿Cuál es el propósito del Formulario
941-X (PR)?
Use el Formulario 941-X (PR) para corregir errores en un
Formulario 941-PR que radicó anteriormente. Use el
Formulario 941-X (PR) para corregir:
Salarios, propinas y otra remuneración;
Salarios sujetos a la contribución al Seguro Social;
Propinas sujetas a la contribución al Seguro Social;
Salarios y propinas sujetos a la contribución al Medicare;
Salarios y propinas sujetos a la retención adicional a la
contribución al Medicare;
Créditos por pagos de asistencia para las primas de
COBRA;
Créditos para patronos calificados por la parte
correspondiente al patrono de las contribuciones al Seguro
Social de salarios/propinas pagadas a empleados del 19 al
31 de marzo de 2010 (sólo se aplica al segundo trimestre de
2010); y
Exenciones por la porción de la contribución al Seguro
Social para patronos calificados sobre los salarios/propinas
pagados a empleados calificados (para los trimestres
terminados después del 31 de marzo de 2010 y antes del 1
de enero de 2011).
Usted usará el proceso para hacer ajustes si declaró
contribuciones sobre la nómina insuficientes (de menos) y
está haciendo un pago, o si declaró en exceso dichas
contribuciones y estará aplicando el crédito al período del
Formulario 941-PR durante el cual radica el Formulario
941-X (PR). No obstante, vea la Precaución bajo el tema
titulado ¿Existe una fecha de vencimiento para radicar el
Formulario 941-X (PR)?, más adelante, si está corrigiendo
cantidades declaradas en exceso durante los últimos 90 días
del plazo de prescripción. Usará el proceso de reclamación
si declaró contribuciones sobre la nómina en exceso y está
solicitando el reembolso o la reducción de la cantidad
declarada en exceso. Consulte la tabla en el dorso del
Formulario 941-X (PR) para obtener información que le
ayudará a determinar si debe utilizar el proceso de ajuste o
el proceso de reclamación. Asegúrese de proveer una
explicación detallada en la línea 25 para cada corrección que
usted indique en el Formulario 941-X (PR).
Use el Formulario 843, Claim for Refund and Request for
Abatement (Reclamación de reembolso y solicitud de una
reducción en la contribución), en inglés, para solicitar un
reembolso o reducción en los intereses o multas que le han
sido tasados. No solicite la reducción de multas o intereses
en los Formularios 941-PR ni 941-X (PR).
Continúe declarando los ajustes trimestrales actuales
para fracciones de centavos, compensación por enfermedad
pagada por terceros, propinas y seguro de vida colectivo a
término fijo en el Formulario 941-PR, en las líneas 7 a 9.
Usted tiene requisitos adicionales con los que tiene que
cumplir cuando radica el Formulario 941-X (PR), tal como la
certificación de que ha radicado (o radicará) todos los
Formularios 499R-2/W-2PR, Comprobante de Retención y
Formularios 499R-2c/W-2cPR, Corrección al Comprobante
de Retención, con el Departamento de Hacienda de Puerto
Rico y con la Administración del Seguro Social (SSA, por sus
siglas en inglés), que le correspondan a su caso. Para las
correcciones de las contribuciones al Seguro Social, al
Medicare y las contribuciones adicionales al Medicare
declaradas en exceso, tiene que hacer toda certificación que
le corresponda a su caso.
Los términos “corregir” y “correcciones” se usan en
CONSEJO el Formulario 941-X (PR) y en estas instrucciones
para incluir los ajustes libres de intereses conforme
a las secciones 6205 y 6413 y las reclamaciones de
reembolso y de reducción de contribuciones conforme a las
secciones 6402, 6414 y 6404. Vea la reglamentación del
Tesoro 2009-39 para ejemplos de cómo se aplican las reglas
de ajustes libres de intereses y reclamación de reembolso en
10 diferentes situaciones. Puede ver la reglamentación del
Tesoro 2009-39 en la página 951 del I.R.B. 2009-52, en
inglés, en el sitio web www.irs.gov/irb/2009-52_IRB/
ar14.html.
No use el Formulario 941-X (PR) para corregir los
Formularios 943-PR, 944-PR o 944(SP). En vez, use
´
PRECAUCION
la versión “X” que le corresponde a cada planilla que
está corrigiendo (Formulario 943-X (PR), 944-X (PR) o 944-X
(SP)).
!
Cuando descubra un error en un Formulario 941-PR que
radicó anteriormente, usted tiene que:
Corregir el error por medio del Formulario 941-X (PR),
Radicar un Formulario 941-X (PR) por separado por cada
Formulario 941-PR que está corrigiendo y
Radicar el Formulario 941-X (PR) por separado. No
radique el Formulario 941-X (PR) junto con el Formulario
941-PR.
¿Dónde puede obtener ayuda?
Para obtener ayuda para la radicación del Formulario
941-X (PR) o para obtener respuestas a sus preguntas sobre
las contribuciones federales sobre la nómina y las
correcciones relacionadas con las contribuciones, puede:
Llamar gratuitamente al IRS Business and Specialty Tax
Line (Línea para asuntos relacionados con las
contribuciones de los negocios y contribuciones especiales
del IRS) al 1-800-829-4933 (1-800-829-4059 si es usuario
del equipo TDD/TTY para personas que son sordas, tienen
Si no radicó un Formulario 941-PR para uno o más
trimestres, no use el Formulario 941-X (PR). En vez, radique
el Formulario 941-PR por cada uno de esos trimestres.
Consulte también el tema titulado ¿Cuándo debe radicar el
Formulario 941-X (PR)?, más adelante. Sin embargo, si no
radicó el Formulario 941-PR debido a que trató (clasificó)
incorrectamente a empleados como si fueran contratistas
-2-
Inst. para el Formulario 941-X (PR) (Rev. 04-2013)
que descubrió el error y pagar la cantidad que adeuda
cuando la radica. Por lo general, si hace esto asegurará que
su corrección sea libre de intereses y que no esté sujeto a
multas por no pagar o no depositar. Consulte el tema ¿Y las
multas e intereses?, más adelante. Para más detalles
sobre cómo efectuar un pago, vea las instrucciones de las
líneas 21-22, más adelante.
Si se radica el Formulario 941-X (PR) tarde (después de
la fecha de vencimiento de la planilla para el período de la
planilla en el cual usted descubrió el error), tiene que
adjuntar un Anexo B (Formulario 941-PR) enmendado al
Formulario 941-X (PR). De lo contrario, el IRS le podrá
imponer una multa “promediada” por no depositar. El total de
la obligación contributiva declarada en la línea “Obligación
total para el trimestre” del Anexo B (Formulario 941-PR)
tiene que ser igual a la cantidad total de contribuciones (línea
10 del Formulario 941-PR combinado con cualquier
corrección declarada en la línea 18 del Formulario 941-X
(PR)) para el trimestre, menos cualquier reducción en la
contribución gravada libre de intereses.
dificultades auditivas o tienen impedimento del habla), de
lunes a viernes, de 7 a.m. a 7 p.m., huso horario local (los
contribuyentes que no estén en Puerto Rico pueden recibir
ayuda de 8 a.m. a 8 p.m., huso horario local; los
contribuyentes que estén en Alaska y Hawaii seguirán el
huso horario del Pacífico),
Visitar el sitio web www.irs.gov/businesses del IRS y pulse
sobre el enlace titulado "Employment Taxes"
(Contribuciones sobre la nómina) bajo "Businesses Topics"
(Temas de negocios), la información está disponible en
inglés, o
Vea la Pub. 179 (Circular PR), Guía Contributiva para
Patronos Puertorriqueños, en español.
Vea también Cómo obtener formularios, instrucciones
y publicaciones del IRS, más adelante.
¿Cuándo debe radicar el Formulario
941-X (PR)?
Radique el Formulario 941-X (PR) cuando descubra un error
en un Formulario 941-PR que radicó anteriormente.
Si descubre el error en . . . . . . .
Sin embargo, si los únicos errores del Formulario 941-PR
están relacionados con el número de empleados que
recibieron salarios o con las obligaciones contributivas
federales declaradas en la Parte 2 del Formulario 941-PR o
en el Anexo B (Formulario 941-PR), no radique el Formulario
941-X (PR). Para más información sobre la corrección de las
obligaciones contributivas federales declaradas en la Parte 2
del Formulario 941-PR o en el Anexo B (Formulario 941-PR),
Registro de la Obligación Contributiva para los Depositantes
de Itinerario Bisemanal, consulte las Instrucciones para el
Anexo B (Formulario 941-PR).
1.
2.
3.
4.
30 de abril
31 de julio
31 de octubre
31 de enero
Las fechas indicadas en esta tabla corresponden sólo a las
correcciones hechas debido a cantidades declaradas de menos. Si
la fecha de vencimiento es un sábado, domingo o día feriado legal,
puede radicar el Formulario 941-X (PR) el próximo día laborable.
Ejemplo: Usted adeuda contribuciones. El 11 de
febrero de 2013 descubre que declaró $10,000 de menos
por concepto de salarios sujetos a las contribuciones al
Seguro Social y al Medicare en su Formulario 941-PR del
cuarto trimestre de 2012. Radique el Formulario 941-X (PR)
y pague la cantidad que adeuda para el 30 de abril de 2013,
porque descubrió el error en el primer trimestre de 2013 y el
30 de abril de 2013 es la fecha de vencimiento para ese
trimestre. Si radica el Formulario 941-X (PR) antes del 30 de
abril, pague la cantidad que adeuda en el momento que
radica.
Fechas de vencimiento. La fecha de vencimiento para
radicar el Formulario 941-X (PR) depende de cuándo se
descubrió el error y si se declararon las contribuciones de
menos o en exceso. Si declaró contribuciones de menos,
consulte el tema Contribución declarada de menos, más
adelante. Para las contribuciones declaradas en exceso,
puede optar por hacer un ajuste libre de intereses o por
radicar una reclamación de reembolso o de reducción de
contribuciones. Si está corrigiendo cantidades declaradas en
exceso, consulte el tema Crédito por contribución
declarada en exceso o el tema Reclamación de
contribuciones declaradas en exceso, más adelante.
Si la fecha de vencimiento es un sábado, domingo o día
feriado legal, puede radicar el Formulario 941-X (PR) el
próximo día laborable. Si recibimos el Formulario
941-X (PR) después de la fecha de vencimiento, se tratará
dicho formulario como si hubiera sido radicado a tiempo si el
sobre que contiene el Formulario 941-X (PR) está
debidamente rotulado, tiene suficiente franqueo y el
matasellos del Servicio Postal de los Estados Unidos está
fechado en, o antes de, la fecha de vencimiento, o se envió
por medio de un servicio de entregas privado aceptado por
el IRS en, o antes de, la fecha de vencimiento. Si no sigue
estas pautas, consideramos que el Formulario 941-X (PR)
fue radicado en la fecha en que realmente se recibió.
Consulte la Pub. 179 (Circular PR) para obtener más
información acerca de los días feriados oficiales y los
servicios de entregas privados aceptados por el IRS.
Crédito por contribución declarada en exceso. Si
declaró contribuciones en exceso en el Formulario 941-PR y
optó por aplicar el crédito al Formulario 941-PR o 944(SP),
radique el Formulario 941-X (PR) poco después de que
descubra el error pero más de 90 días antes de que venza el
plazo de prescripción para el crédito o reembolso del
Formulario 941-PR. Consulte el tema titulado ¿Existe una
fecha de vencimiento para radicar el Formulario
941-X (PR)?, más adelante.
Reclamación de contribuciones declaradas en exceso.
Si declaró contribuciones en exceso en el Formulario
941-PR, puede optar por radicar una reclamación de
reembolso o reducción de contribución en el Formulario
941-X (PR) en cualquier momento antes de que venza el
período de prescripción para el crédito o reembolso del
Formulario 941-PR. Si también necesita corregir cantidad
alguna declarada de menos, tiene que radicar otro
Formulario 941-X (PR) donde declara sólo las correcciones
hechas por cantidades declaradas de menos. Consulte el
tema ¿Existe una fecha de vencimiento para radicar el
Formulario 941-X (PR)?, a continuación.
Contribución declarada de menos. Si está corrigiendo
contribuciones declaradas de menos, tiene que radicar el
Formulario 941-X (PR) a más tardar en la fecha de
vencimiento de la planilla para el período de la planilla en el
Inst. para el Formulario 941-X (PR) (Rev. 04-2013)
enero, febrero, marzo
abril, mayo, junio
julio, agosto, septiembre
octubre, noviembre, diciembre
El Formulario
941-X (PR) vence
el . . . . . . . . . . . . .
-3-
!
´
PRECAUCION
¿Cómo se debe completar el
Formulario 941-X (PR)?
Usted no debe declarar una reclamación de
reembolso para corregir la contribución adicional al
Medicare realmente retenida de los empleados.
¿Existe una fecha de vencimiento
para radicar el Formulario
941-X (PR)?
Use un Formulario 941-X (PR) por separado
para cada trimestre que corrija
Use un Formulario 941-X (PR) por separado para cada
Formulario 941-PR que corrija. Por ejemplo, si encontró
errores en sus Formularios 941-PR del tercer y cuarto
trimestre de 2010, radique el Formulario 941-X (PR) para
corregir el Formulario 941-PR del tercer trimestre de 2010.
Radique un segundo Formulario 941-X (PR) para corregir el
Formulario 941-PR del cuarto trimestre de 2010.
Por lo general, puede corregir las contribuciones declaradas
en exceso en un Formulario 941-PR que radicó
anteriormente si radica el Formulario 941-X (PR) dentro de
un plazo de 3 años a partir de la fecha en que radicó el
Formulario 941-PR o 2 años a partir de la fecha en la que
pagó la contribución declarada en el Formulario 941-PR, lo
que ocurra más tarde. Puede corregir contribuciones
declaradas de menos en un Formulario 941-PR radicado
anteriormente si radica el Formulario 941-X (PR) dentro de 3
años de la fecha en que el Formulario 941-PR fue radicado.
A cada uno de estos plazos se le llama “plazo de
prescripción”. Para propósitos del plazo de prescripción, los
Formularios 941-PR que usted radicó para el año natural se
consideran radicados el 15 de abril del próximo año natural
si se radican antes de esa fecha.
Número de identificación patronal, nombre y
dirección
Anote su número de identificación patronal (EIN, por sus
siglas en inglés), nombre y dirección en los espacios
provistos. También anote su nombre y EIN en la parte
superior de las páginas 2 y 3, y en todo documento adjunto.
Si su dirección ha cambiado desde que radicó el Formulario
941-PR, anote la información corregida y el IRS actualizará
su dirección en sus registros.
Ejemplo. Usted radicó el Formulario 941-PR del cuarto
trimestre de 2010 el 27 de enero de 2011 y los pagos fueron
hechos a tiempo. El IRS tramita su planilla como si hubiera
sido radicada el 15 de abril de 2011. El 22 de enero de 2013,
usted descubre que declaró $350 en exceso por concepto
de salarios sujetos a las contribuciones al Seguro Social y al
Medicare en ese formulario. Para corregir el error, tiene que
radicar el Formulario 941-X (PR) para el 15 de abril de 2014,
fecha en que finaliza el plazo de prescripción para el
Formulario 941-PR, y usar el proceso de reclamación.
Planilla que está corrigiendo
Marque la casilla para el Formulario 941-PR que aparece en
el encasillado en la parte derecha superior de la página 1 del
Formulario 941-X (PR). Luego marque la casilla para indicar
el trimestre (sólo uno) que está corrigiendo. Anote el año
natural que le corresponde al Formulario 941-PR que está
corrigiendo. Anote el trimestre y el año natural en las páginas
2 y 3. Asegúrese de escribir su nombre, EIN, Formulario
941-X (PR), el trimestre y el año natural en la parte superior
de todo documento que adjunte.
Si radica el Formulario 941-X (PR) para corregir
cantidades declaradas en exceso en los últimos 90
´
PRECAUCION
días del plazo de prescripción (después del 15 de
enero de 2014, en el caso del Ejemplo anterior), tiene que
usar el proceso de reclamación. No puede usar el proceso
de ajuste. Si también corrige cantidades declaradas de
menos, tiene que radicar otro Formulario 941-X (PR) para
corregir las cantidades declaradas de menos utilizando el
proceso de ajuste y tiene que pagar toda contribución
adeudada.
Anote la fecha en que descubrió errores
!
Usted tiene que anotar la fecha en que descubrió errores.
Usted descubre un error cuando tiene suficiente información
para poder corregirlo. Si está declarando varios errores que
descubrió en momentos distintos, anote la fecha más
temprana en que los descubrió. Declare en la línea 25 las
fechas subsiguientes y los errores correspondientes.
¿Tiene que hacer una anotación en cada línea?
Tiene que facilitar toda la información solicitada en la parte
superior de la página 1. Tiene que marcar una casilla (pero
no ambas) en la Parte 1. En la Parte 2, tiene que marcar la
casilla en la línea 3 y toda casilla que le corresponda en las
líneas 4 y 5. En la Parte 3, si no le corresponde alguna línea,
déjela en blanco. Complete las Partes 4 y 5 tal como se le
indica.
¿Adónde deberá enviar el Formulario
941-X (PR)?
Complete y envíe su Formulario 941-X (PR) a la dirección
que se le indica a continuación:
SI envía el
Formulario 941-X (PR) . . . . .
Dirección especial para la
radicación por parte de
organizaciones exentas; entidades
gubernamentales federales,
estatales y locales; entidades de
gobiernos tribales indios sin
consideración de su ubicación. . . .
Desde Puerto Rico. . . .
ENTONCES use esta
dirección . . . . . . . . . . . . . .
¿Cómo debe declarar una cantidad negativa?
El Formulario 941-X (PR) usa cifras negativas para indicar
las reducciones en contribuciones (créditos) y cifras
positivas para indicar contribuciones adicionales (cantidades
que usted adeuda).
Department of the Treasury
Internal Revenue Service
Ogden, UT 84201-0005
Al declarar una cantidad negativa en las columnas 3 y 4,
use un signo de menos en vez de usar paréntesis. Por
ejemplo, anote “-10.59” en vez de “(10.59)”. Sin embargo, si
está completando la planilla en su computadora y el
programa de software sólo le permite usar paréntesis para
declarar cantidades negativas, puede usarlos.
Internal Revenue Service
P.O. Box 409101
Ogden, UT 84409
-4-
Inst. para el Formulario 941-X (PR) (Rev. 04-2013)
¿Cómo se deben hacer anotaciones en el
Formulario 941-X (PR)?
cantidad que adeuda en el momento que radique. Consulte
el tema ¿Cuándo debe radicar el Formulario 941-X
(PR)?, anteriormente. No adjunte el Formulario 941-X (PR)
a su Formulario 941-PR del segundo trimestre de 2013.
Si declaró contribuciones en exceso. Si declaró
contribuciones en exceso en un Formulario 941-PR que
radicó anteriormente puede optar por una de las siguientes
opciones:
Usar el proceso de ajuste. Marque la casilla en la línea 1
para que se le aplique todo crédito (cantidad negativa) de la
línea 22 al Formulario 941-PR para el trimestre en que radica
el Formulario 941-X (PR).
Usar el proceso de reclamación. Marque la casilla en la
línea 2 para radicar una reclamación en el Formulario
941-X (PR) solicitando el reembolso o reducción de la
cantidad indicada en la línea 22.
Usted puede ayudar al IRS a tramitar el Formulario
941-X (PR) con mayor diligencia y exactitud si sigue las
siguientes pautas:
Escriba a maquinilla o en letra de molde.
Use la fuente Courier (si es posible) para toda anotación
hecha a maquinilla o por computadora.
Omita los signos de dólar. Puede usar comas y puntos
decimales, si así lo prefiere. Anote las cantidades en dólares
a la izquierda del punto decimal que aparece impreso y la
cantidad de centavos a la derecha de dicho punto.
Siempre anote la cantidad de centavos. No redondee las
cifras (cantidades) a dólares enteros.
Complete las tres páginas y firme el Formulario
941-X (PR) en la página 3.
Engrape las páginas en conjunto en la esquina superior
izquierda.
Para asegurar que el IRS tenga el tiempo suficiente
para tramitar un crédito por un ajuste hecho por
declarar en exceso en el trimestre en el cual radica
el Formulario 941-X (PR), se le recomienda radicar en los 2
primeros meses del trimestre un Formulario 941-X (PR) que
corrige la cantidad declarada en exceso. Por ejemplo, si
descubre una cantidad declarada en exceso en marzo, junio,
septiembre o diciembre, quizás quiera radicar el Formulario
941-X (PR) en los 2 primeros meses del siguiente trimestre.
No obstante, tienen que quedar 90 días en el período de
prescripción cuando radique el Formulario 941-X (PR). Vea
la Precaución bajo el tema titulado ¿Existe una fecha de
vencimiento para radicar el Formulario 941-X (PR)?,
anteriormente. Esto debería asegurar que el IRS tenga
suficiente tiempo para tramitar el Formulario 941-X (PR), de
manera que el crédito sea registrado antes de que usted
radique el Formulario 941-PR a fin de evitar que el IRS le
envíe erróneamente una notificación de saldo adeudado.
Lea el ejemplo a continuación.
CONSEJO
¿Y las multas e intereses?
Por lo general, la corrección que hace debido a una cantidad
declarada de menos no estará sujeta a una multa por no
pagar, multa por no depositar o intereses si usted:
Radica a tiempo (para la fecha de vencimiento del
trimestre en que descubrió el error),
Paga la cantidad indicada en la línea 22 en el momento
que radica el Formulario 941-X (PR),
Anota la fecha en que descubrió el error y
Explica en detalle las razones y los hechos en que se
basa para hacer la corrección.
Ninguna corrección cumplirá con los requisitos del trato
libre de intereses si alguno de los siguientes aplica:
Las cantidades declaradas de menos están relacionadas
con un tema que surgió durante una revisión de un período
anterior.
Usted a sabiendas declaró de menos su obligación
contributiva sobre la nómina.
Recibió una notificación y solicitud de pago.
Recibió una carta titulada, Notice of Determination of
Worker Classification (Determinación de la clasificación de
un trabajador), en inglés.
Si en la actualidad radica el Formulario 944(SP) en vez del
Formulario 941-PR y reclamará un crédito en el Formulario
944(SP), radique el Formulario 941-X (PR) antes de
diciembre en cualquier año antes del vencimiento del
período de prescripción en el Formulario 941-PR. En el año
de vencimiento del período de prescripción para el
Formulario 941-PR, radique el Formulario 941-X (PR) por lo
menos 90 días antes que venza el plazo de prescripción.
Si recibe una notificación relacionada a una multa
después de radicar esta planilla, responda a la notificación
con una explicación y nosotros determinaremos si reúne los
requisitos para el criterio de una causa razonable. No
adjunte ninguna explicación cuando radique su planilla.
Ejemplo: Usted quiere que se le aplique la
contribución pagada en exceso como crédito en el
Formulario 941-PR. El 21 de junio de 2013, descubre que
declaró contribuciones en exceso en su Formulario 941-PR
del cuarto trimestre de 2012 y quiere optar por el proceso de
ajuste. Para permitir que el IRS tenga el tiempo suficiente
para tramitar el crédito, radique el Formulario 941-X (PR) el 1
de julio de 2013 y tome el crédito en su Formulario 941-PR
para el tercer trimestre de 2013.
Reseña del proceso
El proceso para corregir errores en un Formulario 941-PR
que radicó anteriormente o para radicar una reclamación de
reembolso se explica en términos generales a continuación.
Si declaró la contribución de menos. Si declaró la
contribución de menos en un Formulario 941-PR que radicó
anteriormente, marque la casilla en la línea 1 y pague toda
cantidad adicional que adeuda en el momento que radica el
Formulario 941-X (PR). Para más detalles sobre cómo
efectuar un pago, vea las instrucciones para las líneas
21-22, más adelante.
Instrucciones Específicas:
Parte 1: Escoja SÓLO un proceso
Debido a que el Formulario 941-X (PR) puede ser usado
para radicar una planilla de contribución ajustada o una
reclamación de reembolso de las contribuciones, usted tiene
que marcar una de las casillas en la línea 1 o en la línea 2.
No marque ambas casillas.
Ejemplo: Usted declaró contribuciones sobre la
nómina de menos. El 20 de junio de 2013, descubrió un
error que resulta en contribuciones adicionales en su
Formulario 941-PR del cuarto trimestre de 2012. Radique el
Formulario 941-X (PR) para el 31 de julio de 2013 y pague la
Inst. para el Formulario 941-X (PR) (Rev. 04-2013)
-5-
1. Planilla ajustada de la contribución sobre la
nómina
of Returns, Appeal Rights, and Claims for Refund (Revisión
de planillas, sus derechos de apelación y las reclamaciones
de reembolso), en inglés, para saber más información sobre
este tema.
Marque la casilla en la línea 1 si está corrigiendo cantidades
declaradas de menos o cantidades declaradas en exceso y
le gustaría usar el proceso de ajuste para corregir los
errores.
A menos que el IRS corrija el Formulario 941-X (PR)
durante la tramitación de dicho formulario o usted adeude
otras contribuciones, multas o intereses, el IRS le
reembolsará la cantidad indicada en la línea 22 más todos
los intereses que le correspondan.
Si corrige ambas cantidades (las cantidades declaradas
de menos y las cantidades declaradas en exceso) en este
formulario, tiene que marcar esta casilla. Si marca esta
casilla, toda cantidad negativa indicada en la línea 22 se
aplicará como crédito (depósito contributivo) en su
Formulario 941-PR o Formulario 944(SP) para el período en
el cual usted está radicando este formulario. Consulte
Ejemplo: Usted quiere que se le aplique la contribución
pagada en exceso como crédito en el Formulario
941-PR, anteriormente.
!
´
PRECAUCION
Usted no debe declarar una reclamación de
reembolso para corregir la contribución adicional al
Medicare realmente retenida de los empleados.
Parte 2: Complete las certificaciones
Tiene que completar todas las certificaciones que le
corresponden marcando las casillas apropiadas. Si todas
sus correcciones conciernen a cantidades declaradas de
menos, complete sólo la línea 3; omita las líneas 4 y 5 y siga
a la Parte 3. Si sus correcciones conciernen a cantidades
declaradas en exceso, usted tiene el deber de asegurar que
se protejan los derechos de sus empleados, de recuperar las
contribuciones al Seguro Social y al Medicare pagadas en
exceso que usted retuvo. Las certificaciones en las líneas 4 y
5 están dirigidas a los requisitos para:
Pagarles o reintegrarles a sus empleados la recaudación
en exceso de la parte correspondiente al empleado de las
contribuciones al Seguro Social y al Medicare, u
Obtener la autorización de sus empleados para que usted
radique una reclamación en nombre de ellos.
Si adeuda contribuciones. Pague la cantidad indicada en
la línea 22 en el momento que radica el Formulario 941-X
(PR). Por lo general, no se le cobrarán intereses si radica a
tiempo, paga a tiempo, anota la fecha en que descubrió los
errores y explica las correcciones en la línea 25.
Si tiene un crédito. Usted declaró contribuciones sobre la
nómina en exceso (tiene una cantidad negativa en la línea
22) y quiere que el IRS le aplique el crédito en el Formulario
941-PR o en el Formulario 944(SP) para el período durante
el cual usted radicó el Formulario 941-X (PR). El IRS le
aplicará el crédito en el primer día del período del Formulario
941-PR o del Formulario 944(SP) en el que radicó el
Formulario 941-X (PR). Sin embargo, el crédito que indica en
la línea 22 del Formulario 941-X (PR) quizás no esté
completamente disponible en su Formulario 941-PR o
Formulario 944(SP) si el IRS lo corrige durante la tramitación
o usted adeuda otras contribuciones, multas o intereses. El
IRS le notificará si su crédito reclamado cambia o si la
cantidad disponible por concepto de crédito en el Formulario
941-PR o Formulario 944(SP) fue reducida debido a
contribuciones, multas o intereses no pagados.
3. Radicación de los Formularios 499R-2/W-2PR
o Formularios 499R-2c/W-2cPR
Marque la casilla en la línea 3 para certificar que radicó o
radicará los Formularios 499R-2/W-2PR o Formularios
499R-2c/W-2cPR, con el Departamento de Hacienda de
Puerto Rico y con la Administración del Seguro Social (SSA,
por sus siglas en inglés), tal como se requiera, que indiquen
las cantidades correctas de salarios y contribuciones de sus
empleados. Consulte las instrucciones para el Formulario
499R-2/W-2PR y las Instrucciones para el Formulario W-3PR
para obtener información detallada sobre los requisitos de
radicación.
No marque la casilla en la línea 1 si corrige
cantidades declaradas en exceso y el período de
´
PRECAUCION
prescripción para créditos y reembolsos del
Formulario 941-PR vencerá dentro de 90 días de la fecha en
que radicó el Formulario 941-X (PR). En vez de esto, marque
la casilla en la línea 2. Consulte la sección ¿Existe una
fecha de vencimiento para radicar el Formulario 941-X
(PR)?, anteriormente.
!
Tiene que marcar la casilla en la línea 3 para certificar que
ha radicado los Formularios 499R-2/W-2PR o Formularios
499R-2c/W-2cPR aun si sus correcciones en el Formulario
941-X (PR) no cambian las cantidades indicadas en dichos
formularios. Por ejemplo, si su única corrección al Formulario
941-PR tiene que ver con ajustes contributivos declarados
incorrectamente (consulte las instrucciones para la línea 14,
más adelante), marque la casilla en la línea 3 para certificar
que ya ha radicado todos los Formularios 499R-2/W-2PR y
Formularios 499R-2c/W-2cPR requeridos con el
Departamento de Hacienda de Puerto Rico y con el SSA.
2. Reclamación
Marque la casilla en la línea 2 para usar el proceso de
reclamación si corrige sólo cantidades declaradas en
exceso y está reclamando un reembolso o reducción de la
cantidad negativa (crédito) indicada en la línea 22. No
marque esta casilla si corrige cantidad alguna declarada de
menos en este formulario.
Tiene que marcar la casilla en la línea 2 si tiene un crédito
y el período de prescripción para hacer cambios al
Formulario 941-PR vence dentro de 90 días de la fecha en
que radicó el Formulario 941-X (PR). Consulte la sección
¿Existe una fecha de vencimiento para radicar el
Formulario 941-X (PR)?, anteriormente.
4. Certificación de los ajustes hechos por
declarar en exceso
Si declaró las contribuciones al Seguro Social, al Medicare o
las contribuciones adicionales al Medicare en exceso y
marcó la casilla en la línea 1, marque la casilla
correspondiente en la línea 4. Quizás necesite marcar más
de una casilla. Si obtuvo declaraciones por escrito de
algunos empleados pero no pudo encontrar a sus
empleados u obtener la cooperación de los que quedaban,
El IRS normalmente tramita las reclamaciones poco
después de que sean radicadas. El IRS le notificará si su
reclamación es denegada, aceptada tal como se radicó o se
escoge para ser revisada. Consulte la Pub. 556, Examination
-6-
Inst. para el Formulario 941-X (PR) (Rev. 04-2013)
empleado afectado. Usted certifica que le pagó o le
reembolsó a los empleados la parte que les corresponde de
las contribuciones al Seguro Social y al Medicare. Para
reembolsos de las contribuciones al Seguro Social y al
Medicare declaradas en exceso de los empleados en años
anteriores, usted certifica que recibió declaraciones por
escrito de dichos empleados indicando que ellos no han
recibido, ni recibirán, un reembolso o crédito por las
contribuciones correspondientes al año anterior.
marque todas las casillas que le correspondan. Provea un
resumen en la línea 25 de la cantidad de las correcciones de
ambos, para los empleados que le dieron declaraciones por
escrito y para los empleados que no lo hicieron.
4a. Marque la casilla en la línea 4a si la cantidad que
declaró en exceso incluye la parte correspondiente al
empleado afectado de las contribuciones recaudadas en
exceso. Está certificando que le devolvió o le reembolsó la
parte correspondiente al empleado de las contribuciones del
año en curso y de años anteriores y que recibió
declaraciones por escrito de los empleados que indican que
ellos no han recibido, ni recibirán, un reembolso o crédito por
las contribuciones correspondientes al año anterior. Está
certificando que usted ajustó la contribución adicional al
Medicare retenida de empleados en el año en curso
solamente.
5b. Marque la casilla en la línea 5b si sus contribuciones
declaradas en exceso incluyen la parte correspondiente a
cada empleado afectado de las contribuciones al Seguro
Social y al Medicare y usted no le ha pagado o reembolsado
la parte correspondiente al empleado de dichas
contribuciones. Usted certifica que ha recibido la
autorización de cada empleado afectado para radicar una
reclamación de reembolso por la parte que le corresponde al
empleado de dichas contribuciones y recibió declaraciones
por escrito de esos empleados que indican que no han
recibido, ni recibirán, un reembolso o crédito por las
contribuciones correspondientes al año anterior.
Ejemplo. A continuación aparece un ejemplo de la
declaración por escrito que se requiere por parte de los
empleados:
Nombre del empleado: __________________________
Nombre del patrono: ___________________________
He recibido $________________ por concepto del pago (la
devolución) de las contribuciones al Seguro Social y al
Medicare recaudadas en exceso para el año 20_____. No le
he reclamado al IRS un reembolso de, ni un crédito por, las
contribuciones recaudadas en exceso o, si lo hice, esa
reclamación fue denegada; ni tampoco reclamaré un
reembolso ni un crédito por esa cantidad.
Firma del empleado: ______________________
Fecha: ____________________
No envíe estas declaraciones al IRS. Consérvelas en sus
archivos. Por lo general, usted deberá mantener los archivos
de contribuciones sobre la nómina por un término de 4 años.
Ejemplo. A continuación aparece un ejemplo de la
declaración y la autorización por escrito que se requiere de
los empleados cuando usted está radicando una
reclamación de reembolso y todavía no le ha pagado
(devuelto) o reembolsado la parte correspondiente al
empleado de las contribuciones:
Nombre del empleado: __________________________
Nombre del patrono: ___________________________
Autorizo a mi patrono (cuyo nombre aparece anteriormente)
para que radique ante el IRS una reclamación en mi nombre
solicitando $________________ por concepto de las
contribuciones al Seguro Social y al Medicare recaudadas en
exceso para el año 20_____. No he reclamado un
reembolso, ni un crédito, al IRS por las contribuciones
recaudadas en exceso; o si lo he hecho, esa reclamación ha
sido denegada; y tampoco reclamaré un reembolso ni un
crédito por esa cantidad.
Firma del empleado: ______________________
Fecha: ____________________
No envíe estas declaraciones al IRS. Consérvelas en sus
archivos. Por lo general, usted deberá mantener los archivos
de contribuciones sobre la nómina por un término de 4 años.
En ciertas situaciones, quizás no le haya pagado
(devuelto) o reembolsado dichas contribuciones a sus
empleados o no haya obtenido su autorización antes de
radicar una reclamación, como en casos en que el período
de prescripción sobre un crédito o reembolso está a punto
de vencer. En dichas situaciones, radique el Formulario
941-X (PR) pero no marque una casilla en la línea 5. En la
línea 25, declare que no les ha pagado (devuelto) ni
reembolsado a los empleados ni ha obtenido sus
autorizaciones. Sin embargo, tiene que certificar que le ha
pagado (devuelto) o reembolsado dichas contribuciones a
sus empleados o que ha obtenido sus autorizaciones antes
de que el IRS le pueda conceder la reclamación.
4b. Marque la casilla en la línea 4b para certificar que su
cantidad declarada en exceso es sólo la parte
correspondiente al patrono de las contribuciones por
aquellos empleados a quienes no pudo encontrar o por
aquellos que no quisieron darle (o no pudieron darle) una
declaración descrita en la línea 4a.
4c. Marque la casilla en la línea 4c para certificar que la
cantidad declarada en exceso es sólo por contribuciones al
Seguro Social, al Medicare o por las contribuciones
adicionales al Medicare que no le retuvo a sus empleados.
5. Certificación de las reclamaciones
Si está radicando una reclamación por reembolso o
reducción (descuento) de las contribuciones al Seguro
Social, al Medicare o de las contribuciones adicionales al
Medicare y marcó la casilla en la línea 2, marque la casilla
correspondiente en la línea 5. Quizás necesite marcar más
de una casilla. Si obtuvo declaraciones o autorizaciones por
escrito de algunos empleados pero no pudo localizar u
obtener la cooperación de los empleados restantes, marque
todas las casillas que correspondan. Provea un resumen en
la línea 25 del monto de las correcciones para los
empleados que le dieron las declaraciones o autorizaciones
y para los empleados que no lo hicieron. No puede radicar
una reclamación de reembolso para corregir la contribución
adicional al Medicare efectivamente retenida de los
empleados.
5c. Marque la casilla en la línea 5c para certificar que sus
contribuciones declaradas en exceso son sólo por la parte
correspondiente al patrono de las contribuciones al Seguro
Social y al Medicare. Los empleados afectados no le
concedieron autorización para radicar una reclamación de
reembolso por la parte que le corresponde al empleado de
las contribuciones al Seguro Social y al Medicare, o no pudo
encontrar a esos empleados, o dichos empleados no le
5a. Marque la casilla en la línea 5a si sus contribuciones
declaradas en exceso de las contribuciones al Seguro Social
y al Medicare incluyen la parte correspondiente a cada
Inst. para el Formulario 941-X (PR) (Rev. 04-2013)
-7-
dieron (o no pudieron darle) una declaración descrita en la
línea 5b.
Nota: Si corrige sólo la parte correspondiente al patrono de
las contribuciones sobre una disminución de salarios sujetos
a la contribución del Seguro Social, use .062 (6.2%) cuando
multiplica la cantidad indicada en la columna 3. Si corrige
ambas partes de las contribuciones para algunos empleados
y sólo la parte correspondiente al patrono para otros
empleados, anote la cantidad calculada en la columna 4.
Asegúrese de mostrar sus cálculos en la línea 25.
5d. Marque la casilla en la línea 5d para certificar que su
cantidad declarada en exceso es sólo por contribuciones al
Seguro Social, al Medicare o por la contribución adicional al
Medicare que no le retuvo a sus empleados.
Parte 3: Anote las correcciones para
este trimestre
Ejemplo: Disminución de los salarios sujetos a la
contribución del Seguro Social. Usted declaró $9,000 por
concepto del total de salarios, propinas y otra remuneración
en el Formulario 941-PR del primer trimestre de 2013. En
mayo de 2013 se da cuenta de que en dos ocasiones incluyó
$2,000 en salarios sujetos a la contribución al Seguro Social
para el mismo empleado. Para corregir el error, calcule la
diferencia en el Formulario 941-X (PR) de la siguiente
manera:
¿Qué cantidades debe declarar en la
Parte 3?
Indique en las columnas 1 y 2 de las líneas 8 a 11 las
cantidades para todos sus empleados, no sólo para
aquellos empleados cuyas cantidades está corrigiendo.
Si la corrección que declara en la columna 4 incluye
cantidades declaradas de menos y cantidades declaradas
en exceso (consulte las instrucciones para las líneas 21-22,
más adelante), provea detalles para cada error en la
línea 25.
Columna 1 (cantidad corregida)
Columna 2 (de la línea 5a, de la columna
1 del Formulario 941-PR)
Columna 3 (diferencia)
Debido a que circunstancias especiales les corresponden
a las líneas 12 a 17 y las líneas 20a a 20d, lea las
instrucciones para cada línea con sumo cuidado antes de
anotar cantidades en las columnas.
7,000.00
- 9,000.00
-2,000.00
Use la diferencia en la columna 3 para determinar su
corrección contributiva:
Columna 3 (diferencia)
Tasa de la contribución (12.4%)
Columna 4 (corrección contributiva)
-2,000.00
× .124
-248.00
Si previamente había ajustado o enmendado el
Formulario 941-PR por medio del Formulario 941-X
´
PRECAUCION
(PR) o debido a un cambio como resultado de una
revisión hecha por el IRS, indique cantidades en la columna
2 que incluyan esas correcciones previamente declaradas.
Asegúrese de explicar en la línea 25 las razones por las que
hizo esta corrección.
8. Salarios sujetos a la contribución al Seguro
Social
Nota: Si el ejemplo anterior era para una corrección a una
planilla de 2011 ó 2012, la cantidad en la columna 3 se
multiplica por .104.
!
La tasa para los años 2011 y 2012 de la
contribución al Seguro Social que le corresponde a
´
PRECAUCION
la parte del empleado es 4.2%. La tasa de la
contribución al Seguro Social que le corresponde a la parte
del patrono es 6.2%.
9. Propinas sujetas a la contribución al Seguro
Social
!
La tasa para los años 2011 y 2012 de la
contribución al Seguro Social que le corresponde a
´
PRECAUCION
la parte del empleado es 4.2%. La tasa de la
contribución al Seguro Social que le corresponde a la parte
del patrono es 6.2%.
!
Si está corrigiendo los salarios sujetos a la contribución al
Seguro Social que declaró en la columna 1 de la línea 5a del
Formulario 941-PR, anote la cantidad corregida total en la
columna 1. En la columna 2, anote la cantidad que declaró
originalmente o la cantidad según se corrigió anteriormente.
En la columna 3, anote la diferencia entre las columnas 1 y 2.
Si está corrigiendo las propinas sujetas a la contribución al
Seguro Social que declaró en la columna 1 de la línea 5b del
Formulario 941-PR, anote el total de la cantidad corregida en
la columna 1. En la columna 2, anote la cantidad que usted
declaró originalmente o la cantidad tal como la corrigió
anteriormente. En la columna 3, anote la diferencia entre las
columnas 1 y 2.
Línea 8 (columna 1)
-Línea 8 (columna 2)
Línea 8 (columna 3)
Si la cantidad en la columna 2 es
mayor que la cantidad de la columna
1, use un signo de menos en la
columna 3.
Línea 9 (columna 1)
-Línea 9 (columna 2)
Línea 9 (columna 3)
Multiplique la cantidad en la columna 3 por .124 (.104
para correcciones de una planilla de 2011 ó 2012) y anote el
resultado en la columna 4.
Línea 8 (columna 3)
x .124
Línea 8 (columna 4)
Si la cantidad en la columna 2 es mayor
que la cantidad de la columna 1, use un
signo de menos en la columna 3.
Multiplique la cantidad en la columna 3 por .124 (use .104
para correcciones de una planilla de 2011 ó 2012) y declare
el resultado en la columna 4.
(Use .104 para correcciones de una
planilla de 2011 ó 2012)
Si la cantidad en la columna 3 tenía un
signo de menos, también use un signo de
menos en la columna 4.
-8-
Inst. para el Formulario 941-X (PR) (Rev. 04-2013)
Línea 9 (columna 3)
x .124
Línea 9 (columna 4)
Línea 10 (columna 3)
x .029
(Use .104 para correcciones de una
planilla de 2011 ó 2012)
Si la cantidad en la columna 3 tenía un
signo de menos, también use un signo de
menos en la columna 4.
Línea 10 (columna 4)
Nota: Si corrige sólo la parte correspondiente al patrono de
las contribuciones en una disminución de los salarios y
propinas sujetos a la contribución al Medicare, use .0145
(1.45%) cuando multiplica la cantidad en la columna 3. Si
corrige ambas partes de la contribución para algunos
empleados y sólo la parte correspondiente al empleado para
otros empleados, anote la cantidad debidamente calculada
en la columna 4. Asegúrese de explicar los cálculos en la
línea 25.
Nota: Si está corrigiendo sólo la parte de las contribuciones
correspondiente al patrono debido a la disminución en
propinas sujetas a la contribución al Seguro Social, use .062
(6.2%) cuando multiplica la cantidad indicada en la columna
3. Si está corrigiendo ambas partes de las contribuciones
para algunos empleados y sólo la parte correspondiente al
patrono para otros empleados, declare la cantidad
debidamente calculada en la columna 4. Asegúrese de
mostrar sus cálculos en la línea 25.
Ejemplo: Disminución de los salarios y propinas
sujetos a la contribución al Medicare. Usted declaró
$9,000 por concepto del total de salarios, propinas y otra
remuneración en el Formulario 941-PR del primer trimestre
de 2013. En mayo de 2013 se da cuenta de que en dos
ocasiones incluyó $2,000 en salarios y propinas sujetos a la
contribución al Medicare para el mismo empleado. Para
corregir el error, calcule la diferencia en el Formulario
941-X (PR) de la siguiente manera:
Ejemplo: Aumento en propinas. Usted declaró $9,000
por concepto del total de salarios, propinas y otra
remuneración en el Formulario 941-PR del primer trimestre
de 2013. En mayo de 2013 se da cuenta que se le olvidó
declarar $1,000 en propinas sujetas a la contribución al
Seguro Social de uno de sus empleados que trabaja a
tiempo parcial. Para corregir el error, calcule la diferencia en
el Formulario 941-X (PR) tal como se le indica a
continuación:
Columna 1 (cantidad corregida)
Columna 2 (de la línea 5b, de la columna
1 del Formulario 941-PR)
Columna 3 (diferencia)
Columna 1 (cantidad corregida)
Columna 2 (de la línea 5c, de la columna
1 del Formulario 941-PR)
Columna 3 (diferencia)
10,000.00
- 9,000.00
1,000.00
Columna 3 (diferencia)
Tasa de la contribución (2.9%)
Columna 4 (corrección contributiva)
1,000.00
× .124
124.00
-2,000.00
× .029
-58.00
11. Salarios y propinas sujetos a la retención
adicional a la contribución al Medicare
Nota: Si el ejemplo anterior era para una corrección a una
planilla de 2011 ó 2012, la cantidad en la columna 3 se
multiplica por .104.
Si usted está corrigiendo los salarios y propinas sujetos a la
retención adicional a la contribución al Medicare que declaró
en la columna 1 de la línea 5d del Formulario 941-PR, anote
la cantidad corregida total en la columna 1. En la columna 2,
anote la cantidad que declaró originalmente o la cantidad tal
como la corrigió anteriormente. En la columna 3, anote la
diferencia entre las columnas 1 y 2.
10. Salarios y propinas sujetos a la contribución
al Medicare
Si está corrigiendo los salarios y propinas sujetos a la
contribución al Medicare que declaró en la columna 1 de la
línea 5c del Formulario 941-PR, anote el total de la cantidad
corregida en la columna 1. En la columna 2, anote la
cantidad que declaró originalmente o la cantidad tal como la
corrigió anteriormente. En la columna 3, anote la diferencia
entre las columnas 1 y 2.
Línea 11 (columna 1)
-Línea 11 (columna 2)
Línea 11 (columna 3)
Línea 10 (columna 1)
-Línea 10 (columna 2)
Si la cantidad en la columna 2 es mayor
que la cantidad de la columna 1, use un
signo de menos en la columna 3.
Multiplique la cantidad en la columna 3 por .009 (tasa de
la contribución del 0.9%) y anote el resultado en la
columna 4.
Si la cantidad en la columna 2 es mayor
que la cantidad de la columna 1, use un
signo de menos en la columna 3.
Multiplique la cantidad en la columna 3 por .029 (tasa de
la contribución del 2.9%) y anote el resultado en la
columna 4.
Inst. para el Formulario 941-X (PR) (Rev. 04-2013)
-2,000.00
Asegúrese de explicar en la línea 25 las razones por las que
hizo esta corrección.
Asegúrese de explicar en la línea 25 las razones por las que
hizo esta corrección.
Línea 10 (columna 3)
7,000.00
- 9,000.00
Use la diferencia en la columna 3 para determinar su
corrección contributiva:
Use la diferencia en la columna 3 para determinar su
corrección contributiva:
Columna 3 (diferencia)
Tasa de la contribución (12.4%)
Columna 4 (corrección contributiva)
Si la cantidad en la columna 3 tenía un
signo de menos, también use un signo
de menos en la columna 4.
-9-
12. Notificación y solicitud de pago conforme a
la sección 3121(q): Contribución adeudada por
propinas no declaradas
Línea 11 (columna 3)
x .009
Línea 11 (columna 4)
Si la cantidad en la columna 3 tenía un
signo de menos, también use un signo
de menos en la columna 4.
Anote cualquier corrección, incluyendo cantidades
declaradas en la línea 7c (para trimestres que terminaron
antes de 2011), cantidades declaradas en la línea 5e (para
trimestres que terminaron después de 2010 pero antes de
2013) y cantidades declaradas en la línea 5f (para trimestres
que terminaron después de 2012) de la contribución
adeudada que aparece en “Section 3121(q) and
Demand-Tax due on Unreported Tips” (Notificación y
solicitud de pago conforme a la sección 3121(q):
Contribución adeudada por propinas no declaradas), en
inglés, en la línea 12. El IRS emite esta notificación para
informarle a un patrono de la cantidad de propinas recibidas
por empleados que no fueron declaradas al IRS o propinas
que no fueron reportadas al patrono. El patrono no es
responsable de pagar la parte correspondiente al empleado
de las contribuciones al Seguro Social y al Medicare por las
propinas no declaradas hasta que el IRS le emite una
notificación y solicitud de pago conforme a la sección
3121(q) al patrono.
Por lo general, puede corregir errores a salarios y
propinas sujetos a la retención adicional a la
´
PRECAUCION
contribución al Medicare sólo si usted encuentra los
errores en el mismo año natural en el cual los salarios y
propinas fueron pagados a los empleados. No obstante,
puede corregir errores a salarios y propinas sujetos a la
retención adicional a la contribución para años anteriores si
la cantidad que aparece en el Formulario 941-PR no
concuerda con las cantidades que usted retuvo
efectivamente, eso quiere decir que fue un error
administrativo o las tasas conforme a la sección 3509
aplican.
!
Ejemplo: No realizó la retención de la contribución
adicional al Medicare cuando fue requerida. Los salarios
del Empleado A fueron mayores del límite superior de
$200,000 por la retención adicional al Medicare en
noviembre de 2013. Los salarios totales pagados al
Empleado A para 2013 fueron $225,000. A usted se le
requirió retener $225 ($25,000 x .009) pero no retuvo la
cantidad y no declaró ninguna cantidad en la línea 5d del
Formulario 941-PR de su cuarto trimestre de 2013. Usted
encuentra el error el 14 de marzo de 2014. Usted no puede
radicar el Formulario 941-X (PR) para corregir el Formulario
941-PR de su cuarto trimestre porque el error corresponde a
un año anterior y la cantidad que declaró anteriormente para
el empleado representa la cantidad actual retenida del
empleado durante el 2013.
13. Exención de la contribución al Seguro
Social del patrono
!
´
PRECAUCION
Complete las líneas 13a a 13c para corregir la exención de
la contribución sobre la nómina que corresponde a la parte
del patrono (6.2%) de la contribución al Seguro Social sobre
los salarios/propinas exentos pagados a uno o más
empleados calificados del 1 de abril al 31 de diciembre de
2010.
Ejemplo: Error administrativo al declarar la retención
adicional al Medicare. Los salarios del Empleado B fueron
mayores del límite superior de $200,000 por la retención
adicional al Medicare en noviembre de 2013. Los salarios
totales pagados al Empleado B para 2013 fueron $225,000.
Usted retiene $225 ($25,000 x .009) de los salarios del
empleado. No obstante, en su Formulario 941-PR de su
cuarto trimestre del 2013 erróneamente declara $2,500 en la
columna 1 de la línea 5d, y $22.50 en la columna 2 de la
línea 5d por la retención adicional al Medicare. Usted
encuentra el error el 14 de marzo de 2014. Éste es un
ejemplo de un error administrativo que puede corregirse en
un año natural más tarde debido a que la cantidad
efectivamente retenida es diferente de la cantidad que se
declaró en el Formulario 941-PR. Utilice la línea 11 del
Formulario 941-X (PR) para corregir el error, como se
muestra abajo.
Columna 1 (cantidad corregida)
Columna 2 (de la línea 5d, de la columna
1 del Formulario 941-PR)
Columna 3 (diferencia)
El patrono tiene que ser un patrono calificado para cumplir
los requisitos de la exención de la contribución al Seguro
Social del patrono. Un patrono calificado es cualquier
patrono que no sea federal, estatal y cualesquiera entidades
relacionadas al gobierno. Todas las instituciones públicas de
educación superior y gobiernos tribales indios son patronos
calificados.
Para más información sobre la exención de la
contribución al Seguro Social del patrono, visite el sitio web
del IRS, www.irs.gov y escriba “HIRE Act” (Ley HIRE) en el
encasillado “Search” (Buscar), en inglés.
13a. Número de empleados calificados a quienes se
les pagó salarios/propinas exentos por primera vez
este trimestre. Anote en la línea 13a (columna 2) el número
total de empleados calificados originalmente declarados en
la línea 6a del Formulario 941-PR. Si no está corrigiendo la
línea 6a del Formulario 941-PR, pero está haciendo una
corrección en la línea 13b, anote en la línea 13a la cantidad
de la línea 6a del Formulario 941-PR.
Un empleado calificado es un empleado que:
Comenzó a trabajar con usted después del 3 de febrero
de 2010 y antes del 1 de enero de 2011;
Certificó por medio de una declaración jurada firmada
(Formulario W-11(SP), Declaración Jurada del Empleado
Conforme a la Ley de Incentivos para la Contratación y la
Recuperación del Empleo (HIRE), o una declaración similar)
bajo pena de perjurio, que él o ella no ha estado empleado
durante más de 40 horas durante el plazo de 60 días
25,000.00
- 2,500.00
22,500.00
Use la diferencia en la columna 3 para determinar su
corrección contributiva.
Columna 3 (diferencia)
Tasa de la contribución (0.9%)
Columna 4 (corrección contributiva)
Las líneas 13a a 13c corresponden únicamente a
los trimestres que terminaron después del 31 de
marzo de 2010 y antes del 1 de enero de 2011.
22,500.00
× .009
202.50
Asegúrese de explicar en la línea 25 las razones por las
que hizo esta corrección.
-10-
Inst. para el Formulario 941-X (PR) (Rev. 04-2013)
14. Ajustes a la contribución
(incluyendo 2009) que terminó en la fecha en que comienza
el empleo con usted;
No estaba empleado por usted para reemplazar a otro
empleado a menos que el otro empleado haya cesado su
empleo voluntariamente o por causa (incluyendo la
reducción de personal); y
No era pariente de usted. Un empleado es su pariente si él
o ella es su hijo, hija o un descendiente de su hijo o hija, su
hermano o hermana, hermanastro o hermanastra, sus
padres o un antepasado de sus padres, su padrastro,
madrastra, sobrina o sobrino, su tía o tío o sus parientes por
afinidad. Un empleado también es pariente suyo si él o ella
es pariente de cualquier persona que posea más del 50% de
sus acciones en circulación o de los intereses sobre el
capital y ganancias o es su dependiente o dependiente de
cualquier persona que posea más del 50% del valor de sus
acciones en circulación o de los intereses sobre el capital y
ganancias. Si usted es un caudal hereditario o fideicomiso,
vea la sección 51(i)(1) y la sección 152(d)(2) para más
detalles.
Salarios/propinas exentos son salarios/propinas
pagados a empleados calificados por los cuales el patrono
está exento de pagar la parte que le corresponde al patrono
de la contribución al Seguro Social (6.2%).
!
Use la línea 14 para corregir todo ajuste indicado en las
líneas 7 a 9 del Formulario 941-PR (líneas 7a a 7c para
trimestres que terminaron antes de 2011). Anote en la
columna 1 el total de las cantidades corregidas en las líneas
7 a 9 del Formulario 941-PR (líneas 7a a 7c para trimestres
que terminaron antes de 2011).
Anote en la columna 2 el total de las cantidades
declaradas originalmente o cantidades previamente
ajustadas de las líneas 7 a 9 del Formulario 941-PR (líneas
7a a 7c para trimestres que terminaron antes de 2011). En la
columna 3, anote la diferencia entre las columnas 1 y 2.
Línea 14 (columna 1)
-Línea 14 (columna 2)
Línea 14 (columna 3)
Quizás necesite declarar cifras negativas en una
columna. Asegúrese de que la diferencia que anote
en la columna 3 represente con exactitud los
cambios a los ajustes que fueron originalmente declarados o
previamente corregidos en las líneas 7 a la 9 del Formulario
941-PR (líneas 7a a la 7c para trimestres que terminaron
antes de 2011).
CONSEJO
Si usted hace una corrección en la línea 13a,
entonces tiene que completar la línea 13b.
Copie la cantidad de la columna 3 en la columna 4.
Incluya todo signo de menos que aparece en la columna 3.
´
PRECAUCION
13b. Número de empleados calificados a quienes se
les pagó salarios/propinas exentos este trimestre.
Anote el número total de empleados calificados en la línea
13b (columna 1) a quienes se les pagaron salarios/propinas
exentos a los cuales usted les aplicó la exención de la
contribución al Seguro Social en este trimestre. Anote en la
línea 13b (columna 2) el número total de empleados
calificados a los cuales usted les pagó por primera vez
salarios, originalmente declarados en la línea 6b del
Formulario 941-PR. Si no está corrigiendo la línea 6b de un
Formulario 941-PR, pero está haciendo una corrección en la
línea 13a, anote en la línea 13b la cantidad de la línea 6b del
Formulario 941-PR. Vea las instrucciones de la línea 13a
para la definición de empleado calificado y salarios/
propinas exentos.
!
En la línea 25, describa lo que usted declaró
erróneamente en el Formulario 941-PR. Indique si su ajuste
es por fracciones de centavos, compensación por
enfermedad pagada por terceros, propinas o seguro
temporal de vida colectivo a término fijo.
Ejemplo: Declaración de menos de la compensación
por enfermedad pagada por terceros en el trimestre en
curso. Usted declaró $6,900 (que se indica como
“-6,900.00”) por concepto de un ajuste de la compensación
por enfermedad pagada por terceros (reducción a la
contribución) en la línea 8 de su Formulario 941-PR del
segundo trimestre de 2012. No declaró ninguna cantidad en
las líneas 7 y 9. Su ajuste de la compensación por
enfermedad pagada por terceros debió ser $9,600 (que se
indica como “-9,600.00”) porque su tercero pagador de la
compensación por enfermedad retuvo dicha cantidad por
concepto de las contribuciones al Seguro Social y al
Medicare de sus empleados. Usted descubrió el error en
abril de 2013. Para corregir el error, calcule la diferencia en
el Formulario 941-X (PR) como se indica a continuación:
Si usted hace una corrección en la línea 13b,
entonces tiene que completar la línea 13a.
´
PRECAUCION
13c. Salarios/propinas exentos pagados a empleados
calificados este trimestre. Anote la cantidad de salarios/
propinas exentos que pagó en el trimestre en el cual usted
está corrigiendo para todos los empleados calificados. Anote
la cantidad corregida de la línea 6c del Formulario 941-PR.
Anote la cantidad corregida en la columna 1. En la columna
2, anote la cantidad que declaró originalmente o la cantidad
según se corrigió anteriormente. En la columna 3, anote la
diferencia entre las columnas 1 y 2. Si la cantidad en la
columna 2 es mayor que la cantidad de la columna 1, use un
signo de menos en la columna 3. Multiplique la cantidad en
la columna 3 por .062 (tasa contributiva del 6.2%) y anote el
resultado en la columna 4. Sin embargo, para mostrar
debidamente la corrección como partida de crédito o saldo
adeudado, anote una cifra positiva de la columna 3 como
cifra negativa en la columna 4; una cifra negativa de la
columna 3 como cifra positiva en la columna 4. Vea las
instrucciones de la línea 13a para la definición de empleado
calificado y salarios/propinas exentos.
Inst. para el Formulario 941-X (PR) (Rev. 04-2013)
Columna 1 (cantidad corregida)
Columna 2 (de la línea 8 del Formulario
941-PR)
Columna 3 (diferencia)
-9,600.00
- (6,900.00)
-2,700.00
Usted anotaría las cifras en el Formulario 941-X (PR) de la
siguiente manera:
Columna 1
(cantidad corregida)
-9,600.00
Columna 2 (de la línea 8
del Formulario 941-PR)
-6,900.00
Columna 3
(diferencia)
-2,700.00
Declare “-2,700.00” como su corrección en la columna 4.
En este ejemplo, usted reclama un crédito de $2,700 por
concepto de contribuciones declaradas en exceso para su
Formulario 941-PR del segundo trimestre de 2012. Anote
-11-
A diferencia de otras líneas en el Formulario 941-X (PR),
anote en la columna 1 sólo los salarios corregidos
relacionados con la reclasificación de trabajadores, no la
cantidad pagada a TODOS los empleados. Anote la cantidad
de salarios declarados correspondiente a los empleados
reclasificados (si existe) en la columna 2. Para obtener la
cantidad para la columna 4, use las tasas conforme a la
sección 3509 que le correspondan. La corrección
contributiva en la columna 4 será una cifra positiva si
aumentó la cantidad de salarios que había declarado
anteriormente. Consulte las instrucciones para la línea 24
para obtener más información.
siempre la misma cantidad en la columna 4 (incluyendo todo
signo de menos) que usted anota en la columna 3.
Asegúrese de explicar en la línea 25 las razones por las
que hizo esta corrección.
Nota: Si el ejemplo anterior era para una corrección a un
trimestre que terminó antes de 2011, las referencias a la
línea 8 cambian a la línea 7b.
16-17. Aportaciones especiales a los salarios
para las contribuciones al Seguro Social, al
Medicare y la contribución adicional al Medicare
18. Subtotal
En ciertas circunstancias, la sección 3509 establece tasas
especiales para la parte correspondiente al empleado de la
contribución al Seguro Social, de la contribución al Medicare
y de la contribución adicional al Medicare cuando los
trabajadores son reclasificados como empleados. La tasa
correspondiente dependerá si usted radicó las planillas
informativas que se requieren. Un patrono no puede
recuperar ninguna contribución pagada bajo esta disposición
de los empleados. La parte completa del patrono de la
contribución al Seguro Social y de la contribución al
Medicare tiene que pagarse en toda situación de
reclasificación.
Combine las cantidades de la columna 4 de las líneas
8 a 17.
Ejemplo. Usted anotó “1,400.00” en la columna 4 de la
línea 8; “-500.00” en la columna 4 de la línea 9; y “-100.00”
en la columna 4 de la línea 10. Combine las cantidades y
anote “800.00” en la columna 4 de la línea 18.
Línea 8
Línea 9
Línea 10
Línea 18
Nota: Las tasas conforme a la sección 3509 no están
disponibles si usted intencionalmente hizo caso omiso de los
requisitos de la retención de contribuciones a los empleados.
Las tasas conforme a la sección 3509 tampoco están
disponibles para ciertos empleados estatutarios.
1,400.00
-500.00
-100.00
800.00
20a. Pagos de asistencia para las primas de
COBRA
Si está corrigiendo el total de los pagos de asistencia para
las primas de COBRA declaradas en la línea 12a del
Formulario 941-PR, declare el 65% de los pagos de
asistencia para las primas de COBRA para individuos que
cumplan los requisitos de la asistencia. Declare el crédito por
pagos de asistencia para las primas en esta línea sólo
después de que el 35% de dicha prima, que es la parte que
le corresponde al individuo que reúne los requisitos de
asistencia, haya sido pagada. Para la cobertura de COBRA
provista conforme a un plan de auto-asegurados, la
asistencia para las primas de COBRA es tratada como si
hubiera sido hecha para cada individuo que cumple los
requisitos para dicha asistencia que paga el 35% de la
prima.
Los contribuyentes en Puerto Rico no deben completar la
línea 15. En las líneas 16 y 17, anote sólo las correcciones
hechas a salarios que son el resultado de la reclasificación
de ciertos trabajadores como empleados cuando las tasas
conforme a la sección 3509 se usan para calcular las
contribuciones.
Si el patrono radicó las planillas informativas que se
requieren, use las tasas conforme a la sección 3509 de la
siguiente manera.
Para las contribuciones al Seguro Social, use la tasa que
le corresponde al patrono de 6.2% más el 20% de la tasa
que le corresponde al empleado de 6.2% (4.2% para los
años 2011 y 2012), para una tasa total de 7.44% (7.04%
para los años 2011 y 2012) de los salarios.
Para las contribuciones al Medicare, use la tasa que le
corresponde al patrono de 1.45% más el 20% de la tasa que
le corresponde al empleado de 1.45%, para una tasa total de
1.74% de los salarios.
Para la contribucion adicional al Medicare, el 20% de la
tasa que le corresponde al empleado de 0.9%.
No incluya en esta línea el 35% de la prima (que le
corresponde a los individuos que cumplen los requisitos para
la asistencia) que ha sido pagada. Para más información
sobre la exención de la contribución al Seguro Social del
patrono, visite el sitio web del IRS, IRS.gov y escriba
“COBRA” en el encasillado “Search” (Buscar), en inglés.
Copie la cantidad de la columna 3 en la columna 4. Sin
embargo, para mostrar debidamente la corrección como
partida de crédito o saldo adeudado, anote una cifra positiva
de la columna 3 como cifra negativa en la columna 4; una
cifra negativa de la columna 3 como cifra positiva en la
columna 4.
Si el patrono no radicó las planillas informativas que se
requieren, use las tasas conforme a la sección 3509 de la
siguiente manera.
Para las contribuciones al Seguro Social, use la tasa que
le corresponde al patrono de 6.2% más el 40% de la tasa
que le corresponde al empleado de 6.2% (4.2% para los
años 2011 y 2012), para una tasa total de 8.68% (7.88%
para los años 2011 y 2012) de los salarios.
Para las contribuciones al Medicare, use la tasa que le
corresponde al patrono de 1.45% más el 40% de la tasa que
le corresponde al empleado de 1.45%, para una tasa total de
2.03% de los salarios.
Para la contribucion adicional al Medicare, el 40% de la
tasa que le corresponde al empleado de 0.9%.
20b. Número de individuos que recibieron
asistencia para las primas de COBRA
declaradas en la línea 20a
Complete esta línea sólo si está corrigiendo la línea 12b del
Formulario 941-PR. Anote en la columna 1 de la línea 20b el
número correcto de individuos que cumplen los requisitos
para la asistencia a los cuales les pagó las primas de
COBRA. Cuente a cada individuo que cumple los requisitos
para la asistencia que pagó una prima reducida de COBRA
-12-
Inst. para el Formulario 941-X (PR) (Rev. 04-2013)
cifra negativa en la columna 4; una cifra negativa de la
columna 3 como cifra positiva en la columna 4.
para el trimestre como un individuo, sin tomar en cuenta si
las primas reducidas eran para un seguro que ofrece
cobertura a más de un individuo que reúne los requisitos de
asistencia. Por ejemplo, si la prima reducida era para la
cobertura de COBRA de un ex empleado, su cónyuge y dos
hijos, usted incluiría a un sólo individuo en el número
anotado en la línea 20b para la asistencia de las primas
anotadas en la línea 20a. Además, cada individuo es
declarado sólo una vez por trimestre. Por ejemplo, un
individuo que reúne los requisitos de asistencia que hizo
pagos mensuales de las primas durante el trimestre sólo
sería declarado como un individuo en la línea 20b para ese
trimestre.
21–22. Total
Combine las cantidades de la columna 4 de las líneas 18,
20a y 20d y anote el resultado en la línea 21. Copie la
cantidad de la línea 21 en la página 2 a la línea 22 en la
página 3.
Su crédito. Si la cantidad que anotó en la línea 22 es
menos de cero (-0-), por ejemplo, “-115.00”, usted tiene un
crédito porque declaró en exceso sus contribuciones
federales sobre la nómina.
Si marcó la casilla en la línea 1, incluya esta cantidad en la
línea 11 (línea “Total de depósitos...”) del Formulario 941-PR
correspondiente al trimestre durante el cual radicó el
Formulario 941-X (PR) o en la línea 8 (línea “Total de
depósitos...”) del Formulario 944(SP) para el año en el cual
radicó el Formulario 941-X (PR). No haga ningún cambio a
su registro de obligación contributiva federal declarada en la
línea 17 del Formulario 941-PR o en el Anexo B (Formulario
941-PR) si su Formulario 941-X (PR) es radicado a tiempo.
Las cantidades declaradas en el registro deben reflejar su
verdadera obligación contributiva para el período.
Si marcó la casilla de la línea 2, usted está radicando una
reclamación de reembolso o reducción por la cantidad que
se indica.
Si su crédito es menos de $1, le enviaremos un
reembolso o se lo aplicaremos como crédito sólo si lo solicita
por escrito.
Anote en la columna 2 de la línea 20b el número de
individuos que cumplen los requisitos para la asistencia a los
cuales les pagó las primas de COBRA declaradas
originalmente en la línea 12b del Formulario 941-PR.
Las líneas 20c y 20d sólo se aplican al segundo
trimestre de 2010. Estas líneas se utilizan para
´
PRECAUCION
determinar el número de empleados calificados, la
cantidad de los salarios/propinas exentos y la cantidad de
exención de la contribución del Seguro Social del patrono tal
como si la exención se hubiese permitido para el primer
trimestre de 2010.
!
20c. Número de empleados calificados a
quienes se les pagó salarios/propinas exentos
el 19–31 de marzo
Complete esta línea sólo si está corrigiendo el Formulario
941-PR para el segundo trimestre de 2010. Anote en la
columna 1 de la línea 20c el número correcto de empleados
calificados a quienes se les pagó salarios/propinas exentos
del 19 de marzo de 2010 al 31 de marzo de 2010. Sólo
incluya a los empleados calificados por los cuales usted está
reclamando la exención de la contribución al Seguro Social.
Anote en la columna 2 de la línea 20c el número de
empleados calificados originalmente declarados en la línea
12c del segundo trimestre de 2010 del Formulario 941-PR.
Si no está corrigiendo la línea 12c del segundo trimestre de
2010 del Formulario 941-PR, pero está haciendo una
corrección en la línea 20d, anote la cantidad de la línea 12c
del segundo trimestre de 2010 del Formulario 941-PR en la
línea 20c. Para la definición de empleado calificado, vea
las instrucciones para la línea 13a.
Cantidad que adeuda. Si la cantidad en la línea 22 es una
cifra positiva, usted tiene que pagar la cantidad que adeuda
en el momento que radique el Formulario 941-X (PR). No
puede usar ningún crédito que indique en otro Formulario
941-X (PR) para pagar la cantidad adeudada, aun si radicó a
causa de la cantidad adeudada y por el crédito a la misma
vez.
Si adeuda contribuciones y radica el Formulario
941-X (PR) a tiempo, no radique un Anexo B (Formulario
941-PR) enmendado, a menos que se le haya impuesto una
multa por no depositar (FTD, por sus siglas en inglés) debido
a un Anexo B (Formulario 941-PR) que falta, que está
incorrecto o que está incompleto. No incluya la cantidad de
aumento en la contribución declarada en el Formulario 941-X
(PR) en ningún Anexo B (Formulario 941-PR) enmendado
que usted radique.
Si adeuda contribuciones y radica el Formulario
941-X (PR) tarde, eso es, después de la fecha de
vencimiento del Formulario 941-PR para el trimestre en el
que usted descubrió el error, tiene que radicar un Anexo B
(Formulario 941-PR) enmendado con el Formulario
941-X (PR). De otro modo, el IRS podría imponerle (gravarle)
una multa por no depositar “promediada”. El total de
obligación contributiva declarada en la línea “Obligación
total para el trimestre” del Anexo B (Formulario 941-PR)
tiene que ser igual a la cantidad total de contribuciones (línea
10 del Formulario 941-PR combinado con cualquier
corrección declarada en la línea 18 del Formulario 941-X
(PR)) para el trimestre, menos cualquier reducción en la
contribución gravada libre de intereses.
Métodos de pago. Puede pagar la cantidad que adeuda
en la línea 22 por medios electrónicos usando el sistema
electrónico de pagos de la contribución federal (EFTPS, por
sus siglas en inglés), con tarjeta de crédito o débito, o con
cheque o giro.
20d. Salarios/propinas exentos pagados a
empleados calificados el 19–31 de marzo
Complete esta línea sólo si está corrigiendo el Formulario
941-PR para el segundo trimestre de 2010. Anote la cantidad
de salarios/propinas exentos que pagó del 19 de marzo de
2010 al 31 de marzo de 2010, para todos los empleados
calificados declarados en la línea 20d. Para la definición de
salarios/propinas exentos, vea las instrucciones para la
línea 13a. Anote la cantidad corregida en la columna 1. En la
columna 2, anote la cantidad que declaró originalmente o la
cantidad según se corrigió anteriormente. En la columna 3,
anote la diferencia entre las columnas 1 y 2. Si la cantidad en
la columna 2 es mayor que la cantidad de la columna 1, use
un signo de menos en la columna 3. Multiplique la cantidad
en la columna 3 por .062 (tasa contributiva del 6.2%) y anote
el resultado en la columna 4. Sin embargo, para mostrar
debidamente la corrección como partida de crédito o saldo
adeudado, anote una cifra positiva de la columna 3 como
Inst. para el Formulario 941-X (PR) (Rev. 04-2013)
-13-
En cada Formulario 941-PR por el cual tiene derecho a
usar tasas conforme a la sección 3509 complete los
siguientes pasos.
Anote “Misclassified Employees” (Empleados
clasificados erróneamente) con tinta oscura en la parte
superior de la página 1.
Anote cero en la línea 10 (“Total de contribuciones...”).
Complete la sección donde se firma.
Adjunte un Formulario 941-X (PR) debidamente
completado (vea las instrucciones a continuación).
En cada Formulario 941-X (PR) complete los siguientes
pasos.
Complete la parte superior del Formulario 941-X (PR),
incluyendo la fecha en que descubrió el error.
Anote las cantidades de las contribuciones calculadas en
la columna 1 de las líneas 16 y 17.
Anote cero en la columna 2 de las líneas 16 y 17.
Complete las columnas 3 y 4 tal como se le indica en la
Parte 3.
Provea una explicación detallada en la línea 25.
Complete la sección donde se firma.
El método preferido es el EFTPS. Para obtener más
información, visite el sitio web www.eftps.gov, llame gratis al
Servicio al Cliente del EFTPS al 1-800-244-4829 para recibir
ayuda en español o vea la Pub. 966 (SP), Sistema de Pago
Electrónico del Impuesto Federal: La Manera Segura de
Pagar los Impuestos Federales.
Para pagar con tarjeta de crédito o débito, visite el sitio
web del IRS, www.irs.gov/e-pay. La información está
disponible en inglés.
Si paga mediante un cheque o giro, hágalo a la orden del
“United States Treasury” (Tesoro de los EE.UU.). Anote su
EIN, “Formulario 941-X (PR)” y el trimestre y año corregido
en su cheque o giro.
No tiene que pagar si el saldo que adeuda es menos de
$1.
Multa por no depositar que se le impuso
anteriormente. Si la línea 22 refleja contribuciones
declaradas en exceso y el IRS le impuso (gravó) una multa
por no depositar (FTD, por sus siglas en inglés)
anteriormente, quizás pueda reducir el monto de la multa.
Para más información, consulte las Instrucciones para el
Anexo B (Formulario 941-PR).
Si no puede usar las tasas conforme a la sección
3509 (por ejemplo, debido a que los trabajadores
´
PRECAUCION
que usted trató como trabajadores que no son
empleados eran, de hecho, empleados estatutarios
determinados), radique un Formulario 941-PR por cada
trimestre atrasado. Anote “Misclassified Employees”
(Empleados clasificados erróneamente) con tinta oscura en
la parte superior de la página 1 de cada Formulario 941-PR.
Complete el Formulario 941-PR consultando las
Instrucciones para el Formulario 941-PR. Adjunte el
Formulario 941-X (PR) a cada Formulario 941-PR. Complete
la parte superior del Formulario 941-X (PR), incluyendo la
fecha en que descubrió el error y provea una explicación
detallada en la línea 25.
Parte 4: Explique sus correcciones
para este trimestre
!
23. Correcciones de las cantidades declaradas
de menos y las cantidades declaradas en
exceso
Marque la casilla en la línea 23 si cualquier corrección que
anotó en la columna 3 de las líneas 8 a 20d refleja
cantidades declaradas de menos y cantidades declaradas
en exceso.
Ejemplo. Si tuvo un aumento de los salarios sujetos a la
contribución al Seguro Social de $15,000 para el Empleado
A y una reducción de los salarios sujetos a la contribución al
Seguro Social de $5,000 para el Empleado B, usted anotaría
$10,000 en la columna 3 de la línea 8. Esos $10,000
representan el cambio neto a causa de la corrección.
En la línea 25, tiene que dar las razones que explican el
aumento de $15,000 y también la reducción de $5,000.
25. Explique sus correcciones
Los reglamentos del Tesoro requieren que usted explique en
detalle los fundamentos y hechos en los cuales se basa cada
corrección. En la línea 25, describa en detalle cada
corrección que anotó en la columna 3 en las líneas 8 a 20d.
Si necesita más espacio, adjunte hojas adicionales y anote
su nombre, EIN, Formulario 941-X (PR), trimestre y año
natural en la parte superior de cada hoja.
24. ¿Reclasificó a sus trabajadores?
Marque la casilla en la línea 24 si reclasificó a algún
empleado como contratista independiente o como
“trabajador que no es empleado” (trabajador que no está en
nómina). También marque esta casilla si el IRS (o usted)
determinó que los trabajadores que usted trató como
contratistas independientes o trabajadores que no son
empleados deberían estar clasificados como empleados. En
la línea 25 provea una razón detallada que explique por qué
reclasificó a un trabajador y, si usó tasas conforme a la
sección 3509 en las líneas 16 y 17, para un trabajador que
fue reclasificado como empleado, explique por qué le
corresponden las tasas conforme a la sección 3509 y cuáles
tasas usó.
Usted tiene que describir los hechos que causaron que
declarara salarios de menos o en exceso. El dar
explicaciones tales como “salarios sujetos a las
contribuciones al Seguro Social y al Medicare fueron
sobrestimados” o “se descubrieron errores administrativos o
de nómina” no es suficiente y puede causar demoras al
tramitar su Formulario 941-X (PR) ya que el IRS puede
pedirle una explicación más completa.
Provea la siguiente información en la explicación para
cada error que corrige:
Los números de las líneas en el Formulario 941-X (PR)
afectados.
La fecha en que descubrió el error.
La diferencia (cantidad del error).
La causa del error.
Usted puede declarar la información en un párrafo. El párrafo
a continuación es un ejemplo:
Planilla que no se radicó debido a que no trató como
empleado a ningún trabajador. Si no ha radicado
anteriormente un Formulario 941-PR porque trató
incorrectamente a todos los empleados como si fueran
contratistas independientes o trabajadores que no eran
empleados, radique un Formulario 941-PR para cada
trimestre atrasado.
“La diferencia de $1,000 que aparece en la columna 3 de
las líneas 8 y 10 fue descubierta durante una revisión interna
-14-
Inst. para el Formulario 941-X (PR) (Rev. 04-2013)
de la Internet o radicando el Formulario W-12, IRS Paid
Preparer Tax Identification Number (PTIN) Application and
Renewal (Solicitud y renovación de número de identificación
contributivo del preparador remunerado de planillas
expedido por el IRS), en inglés. Para más información sobre
la solicitud de un PTIN en Internet, visite el sitio web del IRS,
www.irs.gov/ptin. No puede usar su PTIN en lugar del EIN de
la firma preparadora de contribuciones.
de la nómina el 16 de mayo de 2013. Descubrimos que
$1,000 en salarios de un empleado fueron incluidos dos
veces. Esta corrección elimina los salarios declarados que
nunca fueron pagados.”
Para las correcciones que aparecen en la columna 3 de
las líneas 16 y 17, explique por qué la corrección era
necesaria y adjunte toda notificación que ha recibido del IRS.
Parte 5. Firme aquí
Por regla general, no se le requiere completar esta
sección si está radicando la planilla en su calidad de agente
de reportación y tiene un Formulario 8655, Reporting Agent
Authorization (Autorización para agentes de reportación), en
inglés, válido y archivado ante el IRS. No obstante, un
agente de reportación tiene que completar esta sección si
dicho agente ofreció asesoría legal, por ejemplo, aconsejarle
al cliente sobre cómo determinar si los trabajadores son
empleados o contratistas independientes para propósitos de
las contribuciones federales.
Tiene que completar las tres páginas del Formulario
941-X (PR) y firmarlo en la página 3. Si no lo firma, podrá
causar demoras en la tramitación de dicho formulario.
¿Quién tiene que firmar el Formulario 941-X (PR)? El
Formulario 941-X (PR) tiene que ser firmado por uno de los
siguientes.
Empresa de un solo dueño: El individuo que es
propietario del negocio.
Corporación (incluyendo una compañía de
responsabilidad limitada (LLC) que se trata como una
corporación): El presidente, vice presidente u otro
funcionario principal que está debidamente autorizado a
firmar en nombre de la corporación.
Sociedad colectiva (incluyendo una LLC que se trata
como una sociedad colectiva) u otra empresa no
incorporada: Un miembro, socio, u otro oficial responsable
y debidamente autorizado que tiene conocimiento de sus
asuntos.
Compañía de responsabilidad limitada (LLC) que se
trata como entidad no considerada separada de su
dueño para propósitos de las contribuciones federales
sobre el ingreso (disregarded entity) que tiene un solo
socio: El dueño de la compañía de responsabilidad limitada
(LLC) o un funcionario principal debidamente autorizado a
firmar en nombre de la LLC.
Fideicomiso o caudal hereditario: El fiduciario.
El Formulario 941-X (PR) también puede ser firmado por
un agente del contribuyente que esté debidamente
autorizado si se ha radicado un poder legal válido.
¿Cómo obtener formularios,
instrucciones y publicaciones del
IRS?
Visite el sitio web del IRS en español,
www.irs.gov/espanol.
Llame al 1-800-TAX-FORM (1-800-829-3676).
Información Adicional
La siguiente es una lista de productos contributivos que le
pueden ser útiles cuando usa el Formulario 941-X (PR):
Formulario 499R-2/W-2PR, Comprobante de Retención
Formulario 499R-2c/W-2cPR, Corrección al Comprobante
de Retención
Formulario W-3PR, Informe de Comprobantes de
Retención
Formulario W-3c PR, Transmisión de Comprobantes de
Retención Corregidos
Instrucciones para el Formulario W-3PR
Instrucciones para el Formulario W-3c PR
Formulario 843, Claim for Refund and Request for
Abatement (Reclamación de reembolso y solicitud de una
reducción en la contribución), en inglés
Instrucciones para el Formulario 843, en inglés
Formulario W-11(SP), Declaración Jurada del Empleado
Conforme a la Ley de Incentivos para la Contratación y la
Recuperación del Empleo (HIRE)
Formulario 941-PR, Planilla para la Declaración Federal
TRIMESTRAL del Patrono
Instrucciones para el Formulario 941-PR
Instrucciones para el Anexo B (Formulario 941-PR)
Pub. 15 (Circular E), Employer's Tax Guide (Guía
contributiva del patrono), en inglés
Pub. 179 (Circular PR), Guía Contributiva Federal para
Patronos Puertorriqueños
Anexo B (Formulario 941-PR), Registro de la Obligación
Contributiva para los Depositantes de Itinerario Bisemanal
Pub. 966 (SP), Sistema de Pago Electrónico del Impuesto
Federal: La Manera Segura de Pagar los Impuestos
Federales
Método alterno para la firma. Los funcionarios de la
corporación o agentes debidamente autorizados pueden
firmar el Formulario 941-X (PR) por medio de un sello de
goma, aparato mecánico o programa de software. Para
saber detalles y la documentación requerida, vea el Revenue
Procedure 2005-39 (Procedimiento Tributario 2005-39), en
inglés. Puede ver el Procedimiento Tributario 2005-39 en la
página 82 del I.R.B. 2005-28, en inglés, en el sitio web
www.irs.gov/irb/2005-28_IRB/ar16.html.
Para uso exclusivo del preparador remunerado
Un preparador remunerado tiene que firmar el Formulario
941-X (PR) y proporcionar la información solicitada en la
sección titulada “Para uso exclusivo del preparador
remunerado” en la Parte 5 si se le pagó por preparar el
Formulario 941-X (PR) y no es empleado de la entidad que
radica la planilla. Los preparadores remunerados tienen que
firmar las planillas de papel de su puño y letra si dicho
formulario es radicado en papel. El preparador tiene que
darle una copia adicional de la planilla además de la planilla
en sí que será radicada ante el IRS.
Si usted es preparador remunerado, anote su número de
identificación contributivo del preparador (PTIN, por sus
siglas en inglés) en el espacio provisto. Incluya su dirección
completa. Si trabaja para una firma o empresa, anote el
nombre y el EIN de la firma. Puede solicitar un PTIN a través
Inst. para el Formulario 941-X (PR) (Rev. 04-2013)
-15-
El tiempo que se necesita para completar y radicar el
Formulario 941-X (PR) varía según las circunstancias
individuales. El promedio de tiempo que se estima es el
siguiente:
Aviso sobre la Ley de Reducción de Trámites.
Solicitamos la información requerida en el Formulario
941-X (PR) para cumplir con las leyes que regulan la
recaudación de las contribuciones internas de los Estados
Unidos. La necesitamos para calcular y cobrar la cantidad
correcta de contribución. En el Subtítulo C, Employment
Taxes (Contribuciones sobre la nómina), del Código Federal
de Rentas Internas, se imponen dichas contribuciones y se
requiere que el patrono las retenga a los empleados. Se usa
este formulario para determinar la cantidad de
contribuciones que usted adeuda. La sección 6011 requiere
que provea la información solicitada si le corresponde la
contribución.
. . . . . . . . . . . . . . . . . .
Mantener los archivos
Aprender acerca de la ley o de este formulario . . . .
Preparar y enviar este formulario al IRS . . . . . . . .
12 hr., 54 min.
30 min.
43 min.
Si desea hacer algún comentario acerca de la exactitud
de estos estimados de tiempo o si tiene alguna sugerencia
que ayude a que el Formulario 941-X (PR) sea más sencillo,
comuníquese con nosotros. Puede enviar correspondencia
electrónica (email) a la dirección electrónica
taxforms@irs.gov. Escriba “Formulario 941-X (PR)” en la
línea para asunto. O puede escribir al: Internal Revenue
Service, Tax Products Coordinating Committee,
SE:W:CAR:MP:T:MS, 1111 Constitution Ave. NW, IR-6526,
Washington, DC 20224. No envié el Formulario 941-X (PR)
a esta dirección. En vez de eso, vea ¿Adónde deberá
enviar el Formulario 941-X (PR)?, anteriormente.
Usted no está obligado a proveer la información solicitada
en un formulario de contribución sujeto a la Paperwork
Reduction Act (Ley de Reducción de Trámites) a menos que
el mismo muestre un número de control válido de la Office of
Management and Budget (Oficina de Administración y
Presupuesto u OMB, por sus siglas en inglés). Los libros y
documentos relativos a este formulario o sus instrucciones
deberán ser conservados mientras su contenido pueda ser
utilizado en la administración de toda ley contributiva federal.
-16-
Inst. para el Formulario 941-X (PR) (Rev. 04-2013)
File Type | application/pdf |
File Title | Instructions for Form 941-X (PR) (Rev. 4-2013) |
Subject | Instructions for Form 941-X (PR), Adjusted Employer's Quarterly Federal Tax Return or Claim for Refund (Puerto Rico Version) |
Author | W:CAR:MP:FP |
File Modified | 2013-04-19 |
File Created | 2013-04-12 |