Form 940-PR - Planilla Para la Declaracion anual del Patrono de la contribcion Federal para el desempleo

Employer's Annual Federal Unemployment (FUTA) Tax Return (Form 940); Planilla Para La Declaracion Anual Del Patrono-La Contribucion Federal Para El Desempleo (FUTA)(Form 940-PR)

2008 Instr for Form 940PR

Form 940-PR - Planilla Para la Declaracion anual del Patrono de la contribcion Federal para el desempleo

OMB: 1545-0028

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Instrucciones para el Formulario 940-PR

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16:59 - 17-DEC-2008

The type and rule above prints on all proofs including departmental reproduction proofs. MUST be removed before printing.

2008

Department of the Treasury
Internal Revenue Service

Instrucciones para el
Formulario 940-PR
Planilla para la Declaraci´on Federal Anual del Patrono de la Contribuci´on Federal
para el Desempleo (FUTA)
estatal, debe comunicarse con su agencia estatal de
desempleo.

Las secciones a las cuales se hace referencia abajo
corresponden al Codigo
´
Federal de Impuestos Internos a
menos que se indique de otra manera.

Que´ hay de nuevo
Entidades no consideradas como separadas de sus
duenos
˜
y compan´
˜ ıas subsidiarias calificadas de acuerdo al
subcap´ıtulo S. La Treasury Decision 9356 (Decision
´ del
Tesoro 9356), en ingles,
´ en vigencia sobre salarios pagados
en, o despues
´ del, 1 de enero de 2009, trata a las entidades no
consideradas separadas de sus duenos
˜ unicos
´
y a las
compan´
˜ ıas subsidiarias calificadas de acuerdo al subcap´ıtulo S
(QSubs, por su abreviatura en ingles)
´ como entidades
separadas de sus duenos
˜ para propositos
´
de las contribuciones
sobre la nomina.
´
Los propietarios de dichos negocios ya no
pueden elegir el trato de las contribuciones sobre la nomina
´
correspondientes como una obligacion
´ del propietario. Ahora
deberan
´ declarar las contribuciones sobre la nomina
´
en las
planillas relacionadas con las contribuciones sobre la nomina
´
radicadas por entidades no consideradas como separadas de
sus duenos
˜ o por compan´
˜ ıas subsidiarias calificadas de
acuerdo al subcap´ıtulo S. Para mas
´ informacion,
´ consulte el
tema titulado Disregarded entities and qualified subchapter S
subsidiaries (Entidades no consideradas como separadas de
sus duenos
˜ y compan´
˜ ıas subsidiarias calificadas de acuerdo al
subcap´ıtulo S) en la seccion
´ titulada Introduction (Introduccion)
´
de la Pub.15 (Circular E), Employer’s Tax Guide (Gu´ıa
contributiva del patrono), en ingles.
´
No hay estados con reduccion
´ en el credito.
´
El U.S.
Department of Labor (Departamento del Trabajo de los EE.UU.,
o DOL, por sus siglas en ingles)
´ ha declarado que no hay
ningun
´ estado que tenga una reduccion
´ en el credito
´
para el
ano
˜ contributivo 2008. Por lo tanto, no complete las l´ıneas 2 y
11.
Se requiere que los preparadores remunerados firmen el
Formulario 940-PR. El preparador remunerado tiene que
firmar el Formulario 940-PR y proveer la informacion
´ solicitada
en la seccion
´ titulada Para uso exclusivo del preparador
remunerado de la Parte 7 solo
´ si el preparador:
• Recibio´ remuneracion
´ por prepararle el Formulario 940-PR y
• No es empleado de la entidad que radica la planilla.
El preparador tiene que entregarle una copia de la planilla
adicional ademas
´ de la copia que sera´ radicada ante el IRS.
Tasa de la contribucion
´ FUTA para el ano
˜ 2009. La tasa de
la contribucion
´ FUTA de 6.2% que iba a reducirse al 6.0%
despues
´ del 31 de diciembre de 2008 ha sido prorrogada por la
Public Law 110-343 (Ley de Derecho Publico
´
110-343) para
estar en vigor durante el ano
˜ natural de 2009.

Recordatorios
Informacion
´ estatal sobre el desempleo. Ya no se requiere
que indique su(s) numero(s)
´
de reportacion
´ estatal en su
Formulario 940-PR. Cuando se registro´ como patrono en su
estado, dicho estado le asigno´ un numero
´
de identificacion
´ para
propositos
´
de la reportacion
´ (declaracion)
´ estatal. Si no tiene
una cuenta estatal para el desempleo ni se le ha asignado una
tasa de experiencia, o si tiene alguna pregunta sobre su cuenta

Puede radicar y pagar por medios electronicos.
´
El uso de
opciones electronicas
´
disponibles del Servicio Federal de
Rentas Internas (IRS, por sus siglas en ingles)
´ puede facilitar la
radicacion
´ de su planilla y el pago de su contribucion
´ federal
adeudada. Puede usar el sistema e-file del IRS para radicar su
planilla y el Electronic Federal Tax Payment System (Sistema
electronico
´
de pagos de la contribucion
´ federal o EFTPS, por
sus siglas en ingles)
´ para hacer depositos
´
de contribucion
´ o
para pagarla en su totalidad, si usa a un preparador
remunerado para hacer la planilla o si usted mismo la prepara.
• Para propositos
´
del e-file del IRS, visite el sitio web
www.irs.gov, para mayor informacion.
´
• Para propositos
´
del EFTPS, visite el sitio web
www.eftps.gov o llame al Servicio al Cliente del EFTPS al
1-800-555-4477, 1-800-733-4829 (para usuarios del sistema
TDD) o al 1-800-244-4829 (para servicio en espanol).
˜
Retiro electronico
´
de fondos. Si radica el Formulario 940-PR
electronicamente,
´
puede radicar y pagar las contribuciones
adeudadas dando un solo paso usando programas de
computadora para la preparacion
´ de planillas o por medio de
un preparador profesional de contribuciones. Sin embargo, no
use el retiro electronico
´
de fondos para hacer los depositos
´
de
la contribucion
´ federal. Para saber mas
´ informacion
´ sobre el
pago de contribuciones por medio del retiro electronico
´
de
fondos, visite el sitio web del IRS www.irs.gov y pulse sobre el
enlace “electronic irs”. Dicha informacion
´ esta´ disponible en
ingles.
´ Un cargo se le puede cobrar por radicar
electronicamente.
´
Puede pagar el saldo adeudado con tarjeta de credito.
´
Puede pagar la cantidad de su contribucion
´ FUTA indicada en
la l´ınea 14 usando una tarjeta de credito
´
de marca conocida.
Sin embargo, no use ninguna tarjeta de credito
´
para pagar
contribuciones federales que se deben depositar. (Vea
¿Cuando
´
debe depositar su contribucion
´ FUTA?, en la
pagina
´
3). Para mayor informacion
´ sobre como
´
se pagan las
contribuciones con tarjetas de credito,
´
visite el sitio web del IRS
www.irs.gov y pulse sobre el enlace “electronic irs”.
Fotograf´ıas de ninos
˜
desaparecidos. El IRS siente orgullo
en colaborar con el National Center for Missing and Exploited
Children (Centro Nacional de Ninos
˜ Desaparecidos y
Explotados). Fotograf´ıas de ninos
˜ desaparecidos que han sido
seleccionadas por el Centro pueden aparecer en estas
instrucciones en paginas
´
que de otra manera estar´ıan en
blanco. Usted puede ayudar a que estos ninos
˜ regresen a sus
hogares si, al mirar sus fotograf´ıas, los puede identificar y llama
gratis al 1-800-THE-LOST (1-800-843-5678).

Como
´
se puede obtener mas
´ ayuda
Si desea recibir mas
´ informacion
´ sobre este formulario, vea la
Pub. 179 (Circular PR), Gu´ıa Contributiva Federal para
Patronos Puertorriquenos,
˜
visite nuestro sitio web
www.irs.gov/espanol o llame al 1-800-829-4933.
Si desea ver una lista de los temas relacionados con las
contribuciones sobre la nomina,
´
visite nuestro sitio web www.

Cat. No. 21105G

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Instrucciones para el Formulario 940-PR

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• Residencia particular,
• Club local de una institucion
´ de ensenanza
˜
universitaria o
• Cap´ıtulo local de una fraternidad o sororidad de una

irs.gov y presione sobre la pestana
˜ “Businesses” (Negocios).
La informacion
´ esta´ disponible en ingles.
´

institucion
´ de ensenanza
˜
universitaria.
Por regla general, los patronos de empleados domesticos
´
tienen que radicar el Anexo H-PR (Formulario 1040-PR),
Contribuciones sobre el Empleo de Empleados Domesticos,
´
en
lugar del Formulario 940-PR.
Sin embargo, si tiene otra clase de empleados ademas
´ de
empleados domesticos,
´
puede elegir incluir las contribuciones
FUTA de sus empleados domesticos
´
en el Formulario 940-PR
en vez de declararlas en el Anexo H-PR (Formulario 1040-PR).
Si elige incluir las contribuciones FUTA de sus empleados
domesticos
´
en un Formulario 940-PR, debe radicar ademas
´ un
Formulario 941-PR, Planilla para la Declaracion
´ Federal
TRIMESTRAL del Patrono, Formulario 943-PR, Planilla para la
Declaracion
´ Federal Anual para Patronos de Empleados
Agr´ıcolas, o Formulario 944-PR, Planilla para la Declaracion
´
Federal ANUAL del Patrono, para declarar las contribuciones al
seguro social y al Medicare de sus empleados domesticos.
´
Vea la Pub. 926, Household Employer’s Tax Guide (Gu´ıa
contributiva para patronos de empleados domesticos),
´
en
ingles,
´ para mayor informacion.
´

Instrucciones generales:
Informacion
´ para entender el
Formulario 940-PR
¿Por que´ se usa el Formulario 940-PR?
Use el Formulario 940-PR para declarar anualmente su
contribucion
´ de la Ley Federal de la Contribucion
´ para el
Desempleo (FUTA). Junto con los sistemas estatales de la
contribucion
´ para el desempleo, la contribucion
´ FUTA provee
fondos para el pago de compensacion
´ para el desempleo de
los trabajadores que han perdido sus empleos. La mayor´ıa de
los patronos pagan contribuciones tanto federales como
´
estatales para el desempleo. Unicamente
los patronos pagan la
contribucion
´ FUTA. No la cobre ni la descuente de los salarios
de sus empleados.
La contribucion
´ FUTA se aplica a los primeros $7,000 que
pague a cada empleado durante un ano
˜ natural luego de restar
todo pago exento de la contribucion
´ FUTA.
Estas instrucciones le dan informacion
´ fundamental sobre el
Formulario 940-PR. Le informaran
´ sobre quien
´ debe radicar la
planilla, como
´
llenarla l´ınea por l´ınea y cuando
´
y adonde
´
debe
enviarla.

Para los patronos de empleados
agr´ıcolas . . .
Radique el Formulario 940-PR si contesta ‘‘S´ı’’ a cualquiera de
las preguntas a continuacion:
´
• ¿Pago´ $20,000 o mas
´ por concepto de salarios en efectivo a
sus empleados agr´ıcolas durante cualquier trimestre natural en
2007 o´ 2008?
• ¿Empleo´ a 10 o mas
´ empleados agr´ıcolas (sin importar si fue
al mismo tiempo) durante al menos una porcion
´ de un d´ıa
durante cualesquier 20 o mas
´ semanas distintas de 2007 o
durante cualesquier 20 o mas
´ semanas distintas de 2008?
Incluya los sueldos pagados a los extranjeros admitidos a
Puerto Rico temporalmente para desempenar
˜ labores agr´ıcolas
(trabajadores con visa “H-2(A)”) para determinar si reune
´
cualesquiera de las condiciones senaladas
˜
anteriormente. Sin
embargo, los salarios pagados a dichos extranjeros no estan
´
sujetos a la contribucion
´ FUTA.
Vea la Pub. 51 (Circular A), Agricultural Employer’s Tax
Guide (Gu´ıa contributiva para patronos de empleados
agr´ıcolas), en ingles,
´ para mayor informacion.
´

¿Quien
´ debe radicar el Formulario
940-PR?
A excepcion
´ de lo que se indica mas
´ abajo, si contesta ‘‘S´ı’’ a
cualquiera de las preguntas siguientes, debe radicar el
Formulario 940-PR:
• ¿Pago´ salarios de $1,500 o mas
´ a sus empleados en
cualquier trimestre natural durante 2007 o´ 2008?
• ¿Tuvo uno o mas
´ empleados durante al menos alguna
porcion
´ de un d´ıa en cualesquier 20 o mas
´ semanas distintas
en 2007 o´ 20 o mas
´ semanas distintas en 2008? En este
computo,
´
cuente a todos sus empleados regulares, a jornada
parcial y temporeros. Sin embargo, si su negocio es una
sociedad colectiva (partnership), no incluya a los socios del
negocio en el computo.
´
Si se vendio´ o cedio´ (transfirio)
´ su negocio durante el ano,
˜
cada patrono que contesto´ ‘‘S´ı’’ a por lo menos una de las dos
preguntas anteriores debe radicar el Formulario 940-PR. No
obstante, no incluya ningun
´ salario pagado por el otro patrono
en el Formulario 940-PR de usted a menos que sea un patrono
sucesor. Para mayor informacion
´ al respecto, vea Patrono
sucesor, bajo Clase de planilla, en la pagina
´
6.
Si recibio´ un Formulario 940-PR con la informacion
´ ya
impresa y no tiene que pagar la contribucion
´ FUTA para 2008
porque no pago´ salarios a ningun empleado en ese ano,
˜
marque el encasillado c en la parte superior de la planilla.
Luego, pase a la Parte 7, firme la planilla y rad´ıquela ante el
IRS.
Si no tendra´ que radicar un Formulario 940-PR en el futuro
porque se cerro´ su negocio o dejo´ de pagar salarios, marque el
encasillado d en la parte superior derecha de la planilla. Vea
Final..., bajo Clase de planilla, en la pagina
´
6, para mayor
informacion.
´

Para las organizaciones exentas de
contribucion
´ ...
Las organizaciones religiosas, educativas, caritativas y otras
organizaciones que se describen en la seccion
´ 501(c)(3) y que
se eximen de pagar contribuciones bajo la seccion
´ 501(a), no
estan
´ sujetas a pagar la contribucion
´ FUTA y no tienen que
radicar el Formulario 940-PR.

Para los patronos de empleados del gobierno
estatal o local . . .
Los salarios o sueldos pagados a los empleados de un
gobierno estatal o local no estan
´ sujetos a la contribucion
´ FUTA
y los patronos no tienen que radicar el Formulario 940-PR para
reportar los salarios o sueldos pagados a dichos empleados.

¿Cuando
´
debe radicar el Formulario
940-PR?
La fecha l´ımite para radicar el Formulario 940-PR de 2008 es el
2 de febrero de 2009. Sin embargo, si deposito´ todas sus
contribuciones FUTA cuando venc´ıan, tendra´ hasta el 10 de
febrero de 2009 para radicar el Formulario 940-PR.
Si recibimos su planilla despues
´ de la fecha l´ımite para
radicarla, la consideraremos radicada a su debido tiempo si el
sobre que contiene su planilla lleva la direccion
´ correcta,
contiene el franqueo suficiente y lleva impresa la marca del
Servicio Postal de los EE.UU. fechada a mas
´ tardar en la fecha
l´ımite (de vencimiento) o fue enviado por un servicio de

Para los patronos de
empleados domesticos
´
...
Si es patrono de empleados domesticos,
´
tiene que pagar la
contribucion
´ FUTA sobre los salarios que paga a sus
empleados domesticos
´
unicamente
´
si pago´ salarios en efectivo
de $1,000 o mas
´ durante cualquier trimestre natural en 2007 o´
2008.
Un empleado domestico
´
presta servicios de tipo domestico
´
en una:

-2-

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Instrucciones para el Formulario 940-PR

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entregas aprobado por el IRS, tambien
´ a mas
´ tardar en la fecha
l´ımite. Sin embargo, si no sigue estas pautas, consideraremos
que la planilla se radico´ en la fecha en que de hecho la
recibimos. Para una lista de servicios de entregas aprobados
por el IRS, vea la Pub. 179 (Circular PR).

contribuciones estatales para el desempleo que pago´ el
patrono anterior. Puede reclamar este credito
´
si es un patrono
sucesor que adquirio´ un negocio en 2008 de un patrono
anterior que no se consideraba patrono para propositos
´
de la
contribucion
´ FUTA y, por lo tanto, no estuvo obligado a radicar
el Formulario 940-PR para 2008. Vea la seccion
´ 3302(e).
Puede incluir en la hoja de trabajo en la pagina
´
8 de las
instrucciones para el Formulario 940, en ingles,
´ las cantidades
pagadas por el patrono anterior como si usted hubiese pagado
dichas cantidades. Para mayor informacion
´ sobre los patronos
sucesores, vea Patrono sucesor bajo Clase de Planilla en la
pagina
´
6 de estas instrucciones. Si el patrono anterior estuvo
obligado a radicar el Formulario 940-PR, vea las instrucciones
para la l´ınea 5 en la pagina
´
7.

¿Adonde
´
debe enviar la planilla?
La direccion
´ a la cual usted enviara´ el Formulario 940-PR
depende de si incluye o no incluye un pago (cheque o giro
postal) con la planilla. Sin embargo, env´ıe su planilla
enmendada a la direccion
´ donde se env´ıan las planillas sin
pago inclu´ıdo, aun
´ cuando las planillas enmendadas sean
radicadas con un pago.
Los patronos que tienen su negocio principal en Puerto Rico
deben enviar sus planillas tal como se le indica a continuacion:
´
Si esta´ enviando el
Formulario 940-PR. . .

Sin un pago. . .

¿Cuando
´
debe depositar su contribucion
´
FUTA?

Con un pago. . .

´
EXCEPCION:
Si es una
organizacion
´ exenta;
entidad gubernamental
federal, estatal y local;
entidad gubernamental
de una tribu india; sin
consideracion
´ de su
ubicacion.
´ ..

Department of the Treasury Internal Revenue Service
Internal Revenue Service
P.O. Box 105078
Ogden, UT 84201-0046
Atlanta, GA 30348-5078

Desde Puerto Rico o las
Islas V´ırgenes de los
EE.UU. . . .

Internal Revenue Service
P.O. Box 409101
Ogden, UT 84409

Aunque el Formulario 940-PR abarca un ano
˜ natural, quizas
´
tendra´ que depositar su contribucion
´ FUTA antes de radicar su
planilla. Si su contribucion
´ FUTA excede de $500 para un ano
˜
natural, debe depositar al menos un pago de contribucion
´
trimestralmente.
Debe determinar cuando
´
tiene que depositar su
contribucion,
´ basado en la cuant´ıa de su obligacion
´ contributiva
para un trimestre. Si su contribucion
´ FUTA es de $500 o menos
durante un trimestre, llevela
´
al trimestre siguiente. Siga
llevando su obligacion
´ contributiva hasta que se acumule una
cantidad de contribucion
´ por pagar de mas
´ de $500. Al llegar a
ese punto, tiene que depositar su contribucion
´ para el trimestre
en cuestion.
´ Deposite su contribucion
´ FUTA a mas
´ tardar el
ultimo
´
d´ıa del mes despues
´ de terminar el trimestre. Si su
contribucion
´ FUTA es de $500 o menos durante el proximo
´
trimestre, no esta´ obligado a depositarla nuevamente hasta que
la cantidad acumulada sea mayor de $500.

Internal Revenue Service
P.O. Box 105174
Atlanta, GA 30348-5174

Los servicios de entrega privados no pueden entregar
correspondencia a los apartados postales. Debe usar el
´
PRECAUCION
U.S. Postal Service (Servicio Postal de los EE.UU.) si
env´ıa un art´ıculo de contribucion
´ a una direccion
´ que contiene
un apartado postal.

!

Obligaciones contributivas para el cuarto trimestre. Si su
contribucion
´ FUTA para el cuarto trimestre (mas
´ toda cantidad
no depositada de los trimestres anteriores) excede de $500,
deposite la cantidad entera a mas
´ tardar el 2 de febrero de
2009. Si es de $500 o menos, puede optar por depositarla o
pagarla al radicar su Formulario 940-PR para el 2 de febrero de
2009.

Credito
´
por contribucion
´ estatal para el
desempleo pagada a un fondo estatal
para el desempleo
Puede reclamar un credito
´
por aportaciones pagadas a un
fondo estatal para el desempleo (incluyendo el Distrito de
Columbia, Puerto Rico y las Islas V´ırgenes de los Estados
Unidos) a mas
´ tardar el 2 de febrero de 2009 (o el 10 de
febrero de 2009, si esta
´
es la fecha l´ımite para radicar el
Formulario 940-PR). Su contribucion
´ FUTA sera´ mayor si no
paga la contribucion
´ estatal a su debido tiempo. Vea las
instrucciones para la l´ınea 10 en la pagina
´
8 si no pago´ la
totalidad de su contribucion
´ estatal para el desempleo de
Puerto Rico a mas
´ tardar en la fecha l´ımite para radicar el
Formulario 940-PR.
Las contribuciones hechas a un fondo estatal para el
desempleo a veces se denominan “aportaciones”. Dichas
aportaciones son pagos que un estado requiere que haga un
patrono a su fondo para el desempleo a fin de pagar
compensacion
´ por desempleo. En estas aportaciones no se
incluyen:
• Todo pago deducido o deducible de la paga de un empleado;
• Multas, intereses o contribuciones administrativas
especiales; y
• Aportaciones voluntarias que usted hizo para obtener una
tasa de experiencia estatal inferior.
Credito
´
adicional. Puede recibir un credito
´
adicional si tiene
una tasa de experiencia estatal inferior al 5.4% (.054). Este
credito
´
rige aun
´ cuando la tasa var´ıe durante el ano.
˜ Este
credito
´
adicional es la diferencia entre las aportaciones
realmente pagadas al fondo estatal para el desempleo y la
cantidad que usted hubiera tenido que pagar a la tasa del
5.4%.
Credito
´
especial para patronos sucesores. Usted puede
tener derecho a un credito
´
basado en la cantidad de

En anos
˜
cuando s´ı hay estados con una reduccion
´ en el
credito,
´
usted debe incluir toda obligacion
´ resultante de
una reduccion
´ en el credito,
´
junto con su deposito
´
para el
cuarto trimestre.
Cuando
´
se debe depositar la contribucion
´ FUTA
Si la contribucion
´ FUTA sin
depositar es mas
´ de $500 el...*
31 de marzo
30 de junio
30 de septiembre
31 de diciembre

Depos´ıtela a mas
´
tardar el . . .
30 de abril
31 de julio
31 de octubre
31 de enero

*Vea tambien
´ las instrucciones para la l´ınea 16 en la pagina
´
9.

Si cualquier fecha de vencimiento para hacer un
deposito
´
cae en un sabado,
´
domingo o d´ıa feriado legal,
puede hacer el deposito
´
durante el proximo
´
d´ıa
laborable.
CONSEJO

¿Como
´
calcula su pago trimestral?
Debe pagar una contribucion
´ FUTA del 6.2% (.062) sobre los
primeros $7,000 de salarios que pago´ a cada empleado suyo
durante un ano
˜ natural. La mayor´ıa de los patronos reciben un
credito
´
maximo
´
de hasta el 5.4% (.054) contra dicha
contribucion
´ FUTA. Cada trimestre debe calcular que´ porcion
´
de los primeros $7,000 de los salarios anuales de cada
empleado fue pagada por usted durante este trimestre.

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Determine su obligacion
´ contributiva

$ 9,000 Total de salarios sujetos a la contribucion
´ FUTA de los
empleados A y B para el 1er trimestre
x .062 Tasa de la contribucion
´
$558 Su obligacion
´ contributiva total del 1er trimestre para los
empleados A y B

Antes de que pueda calcular la cantidad de su deposito,
´
debera´
primero calcular la cantidad de su obligacion
´ contributiva de la
contribucion
´ FUTA para el trimestre. Para calcular su obligacion
´
contributiva, sume los primeros $7,000 de los salarios anuales
de cada uno de sus empleados que usted pago´ durante el
trimestre. Luego multiplique el total resultante por .008.
La tasa contributiva de .008 esta´ basada en el credito
´
maximo
´
que usted pueda tener contra sus contribuciones
FUTA. Tiene derecho al credito
´
maximo
´
si pago´ la contribucion
´
estatal para el desempleo en su totalidad para la fecha l´ımite
para radicar su Formulario 940-PR o si no estuvo obligado a
pagar la contribucion
´ estatal para el desempleo durante un ano
˜
natural debido a su tasa de experiencia estatal.
Ejemplo. Durante el primer trimestre, usted tiene tres
empleados: los empleados A, B y C. Pago´ $11,000 al
empleado A, $2,000 al empleado B y $4,000 al empleado C
durante el trimestre.

$4,000 Total de salarios sujetos a la contribucion
´ estatal para el
desempleo
x .008 Tasa de la contribucion
´ (basada en el credito
´
maximo
´
del 5.4%)
$32 Su obligacion
´ contributiva total del 1er trimestre para el
empleado C
$558 Su obligacion
´ contributiva total del 1er trimestre para los
empleados A y B
+ 32 Su obligacion
´ contributiva total del 1er trimestre
para el empleado C
$590 Su obligacion
´ contributiva total del 1er trimestre para los
empleados A, B y C
En este ejemplo, debe depositar los $590 a mas
´ tardar el 30 de abril porque
su obligacion
´ contributiva para el primer trimestre es mayor de $500.

Para determinar su obligacion
´ trimestral, sume los primeros $7,000 de los
salarios de cada uno de sus empleados:
$7,000 Los salarios del empleado A sujetos a la contribucion
´
FUTA
2,000 Los salarios del empleado B sujetos a la contribucion
´
FUTA
+ 4,000 Los salarios del empleado C
sujetos a la contribucion FUTA
$13,000 Total de salarios sujetos a la contribucion
´ FUTA para el
primer trimestre

¿Como
´
debe depositar su contribucion?
´
Puede depositar su obligacion
´ contributiva de la contribucion
´
FUTA por medios electronicos
´
usando el sistema EFTPS o
depositando la contribucion
´ en una institucion
´ financiera
autorizada (por ejemplo, en un banco comercial que tiene
derecho a recibir depositos
´
de la contribucion
´ federal). La
institucion
´ financiera le enviara´ al IRS un registro (record)
´
de su
pago para que el mismo lo acredite en su cuenta contributiva
comercial.

$13,000 Total de salarios sujetos a la contribucion
´ FUTA para el
primer trimestre
x .008 Tasa de la contribucion
´ (basada en el credito
´
maximo
´
del 5.4%)
$104 Su obligacion
´ contributiva para el primer trimestre

Puede depositar su contribucion
´ FUTA usando
el sistema EFTPS
Para acelerar el proceso de tramitar su deposito
´
y confirmar
que el IRS ha recibido su pago, puede optar por depositar su
contribucion
´ mediante el sistema EFTPS. Para tener acceso a
este sistema, llame al 1-800-555-4477 o visite el sitio web
www.eftps.gov. Llame al 1-800-244-4829 para comunicarse
con el Servicio de Asistencia al Cliente en espanol.
˜
Si tiene un negocio nuevo, el IRS de antemano le inscribira´
automaticamente
´
en el sistema EFTPS cuando solicite un
numero
´
de identificacion
´ patronal (EIN, por sus siglas en
ingles).
´
Si elige pagar su obligacion
´ contributiva de la
contribucion
´ mediante el sistema EFTPS, siga las instrucciones
de su juego de formularios del EIN para activar su inscripcion.
´
Puede estar obligado a usar el sistema EFTPS. En algunos
casos, usted puede estar obligado a depositar su
contribucion
´ mediante el sistema EFTPS. Por ejemplo, debe
usar el sistema EFTPS en 2009 si:
• El total de contribuciones federales sobre la nomina,
´
contribuciones sobre art´ıculos de uso y consumo y de
contribuciones sobre los ingresos de corporaciones excedio´ de
$200,000 en 2007 o
• Usted tuvo que usar el sistema EFTPS en 2008.

En este ejemplo, no tiene que hacer un deposito
´
porque su obligacion
´ para
el trimestre es de $500 o menos. Sin embargo, debe llevar esta obligacion
´ al
proximo
´
trimestre.

Si cualesquier salarios sujetos a la contribucion
´ FUTA no
estan
´ sujetos a la contribucion
´ estatal para el desempleo,
puede estar sujeto a la contribucion
´ FUTA con una tasa de
contribucion
´ mas
´ alta (hasta el 6.2%). Por ejemplo, en ciertos
estados, los salarios pagados a los ejecutivos de una
corporacion,
´ ciertos pagos de compensacion
´ por enfermedad
hechos por sindicatos y ciertos beneficios marginales son
excluidos de la contribucion
´ estatal para el desempleo.
Ejemplo. Los empleados A y B son ejecutivos de una
corporacion
´ cuyos salarios son excluidos de la contribucion
´
estatal para el desempleo en su estado. Los salarios del
empleado C no son excluidos de la contribucion
´ estatal para el
desempleo. Durante el primer trimestre, usted pago´ $11,000 al
empleado A, $2,000 al empleado B y $4,000 al empleado C.

Para hacer pagos a su debido tiempo mediante el
sistema EFTPS, debe iniciar el tramite
´
por lo menos un
´
PRECAUCION
d´ıa laborable antes de la fecha de vencimiento en la
cual se debe hacer el deposito.
´
Si no usa el sistema EFTPS, deposite su contribucion
´ en
una institucion
´ financiera que este´ autorizada a recibir
depositos
´
de la contribucion
´ federal con el Formulario 8109,
Federal Tax Deposit Coupon (Cupon
´ para el deposito
´
de las
contribuciones federales), en ingles.
´ Vea el apartado 11 de la
Pub. 179 (Circular PR) para mas
´ informacion.
´ No env´ıe por
correo ningun
´ pago directamente al IRS. Si esta´ obligado a
usar el sistema EFTPS y, en vez de hacerlo, usa el Formulario
8109, puede estar sujeto a una multa del 10%.
Si es patrono nuevo y desea recibir el juego de cupones de
deposito
´
(FTD coupon booklet), llame al 1-800-829-4933.
Permita que pasen de 5 a 6 semanas para recibir el juego.

!

-4-

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Instrucciones para el Formulario 940-PR

16:59 - 17-DEC-2008

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¿Como
´
puede evitar el pago de multas e
intereses?

centavos cuando sume las cantidades y redondee solo
´ el
resultado.
• Deje en blanco todo espacio para anotar datos que tenga un
valor de cero.

Se imponen multas e intereses a la tasa fijada por ley sobre las
contribuciones pagadas fuera de plazo, las planillas radicadas
fuera de plazo o incorrectas, pagos incompletos y por no usar
el sistema EFTPS (cuando hay que hacerlo).

Numero
´
de identificacion
´ patronal (EIN),
nombre, nombre comercial y direccion
´

Usted puede evitar el pago de multas e interes
´ si:

Repase la informacion
´ sobre su negocio en la
parte superior de la planilla.

• Deposita o paga la contribucion
´ a su debido tiempo, usando

el sistema EFTPS (cuando hay que hacerlo); y
• Radica su Formulario 940-PR debidamente completado y
correcto dentro del plazo para su radicacion.
´

Si le paga a un profesional para que este
´
le llene el Formulario
940-PR, asegurese
´
de que dicha persona usa el nombre y EIN
del negocio de usted exactamente como aparecen en la
planilla impresa que le enviamos o como se lo concedio´ el IRS.
Si usa un ejemplar de un Formulario 940-PR que contiene el
nombre y direccion
´ de su negocio ya impresos en la parte
superior de la planilla, asegurese
´
de que esta informacion
´
aparezca correctamente. Examine cuidadosamente su EIN
para asegurarse de que sea identico
´
al EIN que le concedio´ el
IRS a su negocio. Si cualquier informacion
´ esta´ incorrecta,
tachela
´
y escriba a maquinilla o en letra de molde la
informacion
´ correcta. Vea ademas
´ Si cambia su nombre o
direccion
´ . . ., mas
´ adelante.
Si no usa un Formulario 940-PR con la informacion
´ ya
impresa, escriba a mano o a maquinilla su EIN, nombre y
direccion
´ en los espacios provistos. Debe anotar su nombre y
EIN aqu´ı y tambien
´ en la parte superior de la segunda pagina.
´
Anote el nombre comercial (legal) que hab´ıa usado al solicitar
su EIN en el Formulario SS-4PR, Solicitud de Numero
´
de
Identificacion
´ Patronal (EIN). Por ejemplo, si es dueno
˜ unico
´
de
su negocio, anotara´ “Roberto Herrera” en la l´ınea que dice
“Nombre” y “Bicicletas Roberto” donde dice “Nombre
comercial”. Deje en blanco la l´ınea “Nombre comercial” si este
nombre es igual al “Nombre” de usted.
Numero
´
de identificacion
´ patronal (EIN). Para identificar a
los contribuyentes y asegurarse de que los negocios cumplan
con las leyes federales para radicar planillas y pagar
contribuciones, el IRS se ocupa de controlar los pagos del
impuesto mediante el uso de un sistema de numeros.
´
El
numero
´
de identificacion
´ patronal (EIN, por sus siglas en ingles)
´
es un numero
´
singular que consta de nueve d´ıgitos que el IRS
les expide a todas las sociedades anonimas
´
(corporaciones) y
sociedades colectivas (partnerships), as´ı como a algunos
negocios de un solo dueno.
˜ Todo negocio que necesita obtener
un EIN debe solicitar este numero
´
y anotarlo en toda planilla,
pago o informe de contribucion
´ mientras que sigua en
operacion.
´
Su negocio debera´ tener solamente un EIN. Si tiene mas
´ de
un numero
´
y no esta´ seguro del numero
´
que debe usar, llame
al 1-800-829-4933 para verificar su EIN correcto.
Si no tiene un EIN, solicite uno:
• Visitando el sitio web del IRS www.irs.gov y pulsando sobre
el enlace “More Online Tools” (Mas
´ herramientas en l´ınea), en
ingles,
´ luego pulse sobre el enlace “Online Employer
Identification Number (EIN)” (Numero
´
de identificacion
´ patronal
en l´ınea), en ingles,
´
• Llamando al 1-800-829-4933 (la llamada es gratis) y
solicitandolo
´
por telefono
´
o
• Llenando el Formulario SS-4PR y enviandolo
´
por correo a la
direccion
´ indicada en las Instrucciones para el Formulario
SS-4PR o enviandolo
´
por fax al numero
´
de fax indicado en las
instrucciones de dicho formulario.
Si no tiene su EIN para la fecha de vencimiento para radicar
la planilla, anote “Solicitado” y la fecha de su solicitud en el
espacio correspondiente al EIN en las paginas
´
1 y 2 de su
planilla.

Si recibe una notificacion
´ sobre multas e intereses despues
´
de radicar esta planilla, env´ıenos una explicacion
´ escrita y
determinaremos si la misma llena los requisitos para
considerarse una causa razonable por la demora. No adjunte
una explicacion
´ al radicar su Formulario 940-PR.

¿Como
´
puede enmendar una planilla?
Puede usar un Formulario 940-PR de 2008 para enmendar una
planilla que hab´ıa radicado anteriormente para 2008. Si quiere
enmendar una planilla de un ano
˜ anterior, trate de usar la
version
´ del Formulario 940-PR para tal ano.
˜
Siga las pautas a continuacion:
´

• Use una planilla impresa en papel para enmendar un

Formulario 940-PR radicado de acuerdo con un programa de
radicacion
´ electronica.
´
• Marque el encasillado “Enmendada” en la parte superior
derecha de la pagina
´
1 del Formulario 940-PR, o sea, el
encasillado a. (Para los Formularios 940-PR anteriores a 2006,
marque el encasillado “Enmendada” encima de la Parte I).
• Llene todas las cantidades que debieron haberse incluido en
la planilla original.
• Firme la planilla.
• Adjunte una explicacion
´ de por que´ quiere enmendar su
planilla. Por ejemplo, informenos
´
si desea radicar para reclamar
un credito
´
por la contribucion
´ pagada a su fondo estatal para el
desempleo despues
´ de la fecha l´ımite para radicar el
Formulario 940-PR.
• Env´ıe su planilla enmendada en papel a la direccion
´
siguiente: Internal Revenue Service, P.O. Box 409101, Ogden,
UT 84409.

Como
´
completar su Formulario 940-PR
Siga las pautas siguientes para llenar
correctamente el formulario.
Para ayudarnos a leer y procesar su planilla con mas
´ exactitud,
siga las pautas a continuacion:
´
• Asegurese
´
de incluir su nombre comercial y EIN en cada
pagina
´
del formulario y todo anexo pertinente.
• Si escribe a maquinilla o usa una computadora para llenar su
planilla, use letra de imprenta de fuente Courier de 12 puntos
(si es posible) para cada anotacion.
´
• Declare las cantidades en dolares
´
a la izquierda del punto
decimal que esta´ impreso y los centavos a la derecha del
punto.
• Omita el signo de dolares
´
o puntos decimales. El uso de
comas es opcional.
• Puede elegir el redondear las cifras a dolares
´
enteros, en
lugar de declarar los centavos en su planilla. Si de hecho
decide redondear a dolares
´
completos (enteros), debera´
redondear todas las cantidades. Para redondear siga las
pautas a continuacion:
´ Si la cifra es de $.49 o menos, elimine
los centavos y no sume nada a la porcion
´ de la cantidad en
dolares.
´
Si la cifra es entre $.50 y $.99, aumentela
´
al siguiente
dolar
´
entero y elimine los centavos. Por ejemplo, $1.49 ser´ıa
$1.00 y $2.50 ser´ıa $3.00. Si usa dos o mas
´ cifras para calcular
la cantidad por anotar en una l´ınea de su planilla, incluya los

Asegurese
´
siempre de que el EIN que aparece en el
formulario que radica es exactamente igual al EIN que
el IRS le designo´ a su negocio. No use su numero
´
de
seguro social personal ni su numero
´
de identificacion
´ del
contribuyente (ITIN, por sus siglas en ingles)
´ en ninguna
CONSEJO

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Instrucciones para el Formulario 940-PR

16:59 - 17-DEC-2008

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planilla que pida un EIN. La radicacion
´ de un Formulario
940-PR con un EIN incorrecto o el uso de un EIN que
pertenece a otro negocio puede resultar en multas y demoras
en el proceso de su planilla.

1. Si tuvo que pagar la contribucion
´ estatal para
el desempleo . . .

Si cambia su nombre o direccion
´ ...

Si estuvo obligado a pagar la contribucion
´ estatal para el
desempleo unicamente
´
en Puerto Rico, anote “PR” en la l´ınea
1a.

´
1a. Unicamente
en Puerto Rico...

Notifique al IRS inmediatamente al cambiar su nombre o
direccion.
´
• Si el nombre de su negocio ha cambiado, escriba a la oficina
del IRS donde normalmente se radican las planillas enviadas
sin incluir un pago. Vea ¿Adonde
´
debe enviar la planilla?, en
la pagina
´
3. Obtenga la Pub. 1635, Understanding Your EIN
(Informacion
´ para entender su EIN), en ingles,
´ para mayor
informacion
´ sobre los EIN.
• Si su direccion
´ ha cambiado, llene y env´ıe el Formulario
8822, Change of Address (Cambio de direccion),
´
en ingles.
´ No
adjunte el Formulario 8822 a su Formulario 940-PR. Env´ıe el
Formulario 8822 por separado a la direccion
´ indicada en el
mismo.

1b. En mas
´ de un estado (usted es patrono en
multiples
´
estados) . . .
Marque el encasillado en la l´ınea 1b. Luego, llene la Parte 1 del
Anexo A (Formulario 940-PR) y adjuntelo
´
a su Formulario
940-PR.

2. Si pago´ salarios en un estado que tiene
reduccion
´ en el credito
´
...
Haga caso omiso de la l´ınea 2 y siga a la l´ınea 3 porque el
Departamento del Trabajo de los EE.UU. ha declarado que no
hay ningun
´ estado que tenga reduccion
´ en el credito
´
para
el ano
˜ contributivo 2008.

Clase de planilla

Un estado que no ha reintegrado ingresos que pidio´
prestados al gobierno federal a fin de pagar beneficios para el
desempleo se denomina un estado con reduccion
´ en el credito.
´
El Departamento del Trabajo de los EE.UU. determina cuales
´
estados se clasifican como estados con reduccion
´ en el credito.
´

Repase el encasillado que esta´ en la parte superior derecha del
formulario. Si cualquiera de las clases indicadas le corresponde
a usted, marque el encasillado apropiado para decirnos la clase
de planilla que ha radicado. Puede marcar mas
´ de un solo
encasillado.

Si pago´ salarios que estan
´ sujetos a las leyes de la
contribucion
´ para el desempleo de un estado clasificado como
estado con reduccion
´ en el credito,
´
usted quizas
´ tenga que
pagar una contribucion
´ FUTA mayor al radicar su Formulario
940-PR.

Enmendada. Si esta
´
es una planilla enmendada que radica
para corregir una planilla que hab´ıa radicado anteriormente,
marque el encasillado a.
Patrono sucesor. Marque el encasillado b si es patrono
sucesor y:
• Esta´ declarando salarios pagados antes de que usted haya
adquirido el negocio por un patrono anterior a quien se le
obligaba radicar el Formulario 940-PR porque el patrono
anterior era un patrono para propositos
´
de la contribucion
´
FUTA o
• Esta´ reclamando un credito
´
especial por la contribucion
´
estatal de desempleo pagada antes de que usted adquiriera el
negocio por un patrono anterior a quien no se le obligaba
radicar el Formulario 940-PR porque el patrono anterior no era
un patrono para propositos
´
de la contribucion
´ FUTA.

Parte 2. Determine su contribucion
´ FUTA
antes de hacer ajustes para 2008
Si no le corresponde una l´ınea en la Parte 2, dejela
´
en blanco.

3. Total de pagos hechos a todos sus
empleados
Declare en la l´ınea 3 el total de los pagos hechos durante el
ano
˜ natural. Incluya los pagos por servicios prestados por todos
sus empleados aun cuando dichos pagos no esten
´ sujetos a la
contribucion FUTA. Su metodo
´
de pago no figura al determinar
si los pagos constituyen salarios. Pudo haber hecho los pagos
por hora, d´ıa, semana, mes o por ano.
˜ Pudo haber hecho los
pagos a destajo o como un porcentaje de las ganancias netas
del negocio. Incluya:
• Remuneraciones, tales como:
— Sueldos, salarios, comisiones, honorarios,
bonificaciones, pagos de vacaciones y cantidades que haya
pagado a sus empleados a jornada completa, parcial o
temporal.
• Beneficios marginales, tales como:
— Compensacion
´ por enfermedad (incluyendo
compensacion
´ por enfermedad pagada por un tercero, si la
obligacion
´ se traspasa al patrono). Para mas
´ detalles sobre
la compensacion
´ por enfermedad, vea la Pub. 15-A,
Employer’s Supplemental Tax Guide (Gu´ıa contributiva
suplemental para patronos), en ingles.
´
— El valor de mercanc´ıas, alojamiento, alimentos, ropa y
otros beneficios marginales no en efectivo.
— Beneficios de un plan ‘‘cafeter´ıa’’ segun
´ se explican en la
seccion
´ 125.
• Retiro/Pensiones, tales como:
— Aportaciones a un plan 401(k) hechas por patronos,
pagos a una cuenta Archer MSA, pagos hechos de acuerdo
a un programa de ayuda para adopciones y aportaciones a
una cuenta de retiro de un plan SIMPLE (incluyendo
aportaciones electivas que reducen el salario).
— Cantidades diferidas de acuerdo a un plan no calificado
de remuneraciones diferidas.
• Otros pagos, tales como:

Un patrono sucesor es un patrono que:

• Adquiere casi toda la propiedad usada en un oficio, profesion
´

o negocio de otra persona (un patrono anterior) o usada en una
unidad separada de un oficio o negocio de un patrono anterior
y
• Emplea inmediatamente despues
´ de la adquisicion
´ a uno o
mas
´ empleados que fueron empleados del patrono anterior.
Ningun
´ pago hecho a los empleados en 2008. Si no debe la
contribucion
´ FUTA para 2008 porque no hizo ningun
´ pago a
sus empleados en 2008, marque el encasillado c. Luego, vaya
directamente a la Parte 7, firme la planilla y rad´ıquela ante el
IRS.
Final: Se cerro´ el negocio o dejo´ de pagar salarios. Si esta
´
es su planilla final porque cerro´ su negocio o dejo´ de pagar
salarios y no tendra´ la obligacion
´ de radicar un Formulario
940-PR en el futuro, marque el encasillado d. Complete todas
las l´ıneas que le correspondan de la planilla, f´ırmela en la Parte
7 y rad´ıquela ante el IRS. Incluya una declaracion
´ por escrito
que indique la direccion
´ del lugar en donde sus registros
(archivos) seran
´ guardados y que indique tambien
´ el nombre
de la persona que va a quedarse con ellos.

Instrucciones espec´ıficas:
Parte 1: Informenos
´
sobre su planilla
Si no le corresponde una l´ınea en la Parte 1, dejela
´
en blanco.

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Instrucciones para el Formulario 940-PR

16:59 - 17-DEC-2008

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• Otros pagos, tales como:

— Propinas de $20 o mas
´ en un mes de las que sus
empleados le han informado a usted.
— Pagos hechos por un patrono anterior a los empleados
de un negocio que usted adquirio.
´
— Pagos hechos a individuos que no son sus empleados
pero que se consideran como tal por el negociado de la
contribucion
´ estatal para el desempleo.

!

´
PRECAUCION

— Todo pago que no sea en efectivo, ciertos pagos en
efectivo por labor agr´ıcola y todos los pagos hechos a los
trabajadores ‘‘con visa H-2(A)’’. Vea Para los patronos de
empleados agr´ıcolas, en la pagina
´
2 o la Pub. 51 (Circular
A), Agricultural Employer’s Tax Guide (Gu´ıa contributiva
para patronos agr´ıcolas), en ingles.
´
— Pagos hechos de acuerdo a una ley de compensacion
´
obrera debido a una lesion
´ sufrida en el trabajo o
enfermedad. Vea el apartado 6 de la Pub. 15-A, Employer’s
Supplemental Tax Guide (Gu´ıa contributiva suplemental
para patronos), en ingles.
´

Los salarios pueden estar sujetos a la contribucion
´
FUTA aunque esten
´ excluidos de la contribucion
´ estatal
para el desempleo.

Para mayor informacion
´ sobre los salarios y otras clases de
compensacion,
´ vea el apartado 5 de la Pub. 179 (Circular PR),
Gu´ıa Contributiva Federal para Patronos Puertorriquenos,
˜
en
espanol.
˜

— Pagos por servicios domesticos
´
si usted no pago´ salarios
en efectivo de $1,000 o mas
´ (para todos sus empleados
domesticos)
´
en cualquier trimestre natural en 2007 o´ 2008.
Vea la Pub. 926, Household Employer’s Tax Guide (Gu´ıa
contributiva para patronos de empleados domesticos),
´
en
ingles.
´

Ejemplo:

— Pagos por servicios prestados para usted por su padre o
madre, conyuge
´
o hijo menor de 21 anos.
˜
Vea el apartado 3
de la Pub. 15 (Circular E), Employer’s Tax Guide (Gu´ıa
contributiva para patronos), en ingles.
´

Usted tuvo tres empleados. Pago´ $44,000 al empleado A, $8,000 al
empleado B y $16,000 al empleado C.
$44,000
8,000
+ 16,000
$68,000

— Pagos por ciertas actividades pesqueras. Vea el
apartado 15 de la Pub. 179 (Circular PR), Gu´ıa Contributiva
Federal para Patronos Puertorriquenos,
˜
en espanol.
˜
Tambien
´ vea la Pub. 334, Tax Guide for Small Businesses
(Gu´ıa contributiva para las pequenas
˜ empresas), en ingles.
´

Cantidad pagada al empleado A
Cantidad pagada al empleado B
Cantidad pagada al empleado C
Total pagado a todos sus empleados. Anotar´ıa esta
cantidad en la l´ınea 3.

— Pagos hechos a ciertos empleados estatutarios. Vea el
apartado 2 de la Pub. 179 (Circular PR).

4. Pagos exentos de la contribucion
´ FUTA

— Pagos hechos a individuos que no son sus empleados
pero que se consideran como tal por el negociado de la
contribucion
´ estatal para el desempleo.

Si anoto´ una cantidad en la l´ınea 4, marque el encasillado
apropiado (o encasillados) en las l´ıneas 4a a 4e, inclusive, para
indicar las clases de pagos exentos de la contribucion
´ FUTA.
Solo
´ reporta una cantidad como exenta de la contribucion
´
FUTA en la l´ınea 4 si incluyo´ el pago en la l´ınea 3.

Vea la seccion
´ 3306 y su reglamentacion
´ pertinente para
mayor informacion
´ sobre las aportaciones a planes de retiro,
pagos de cuidado de dependientes y otros pagos relativos a la
contribucion
´ FUTA.

Algunos pagos estan
´ exentos de la contribucion
´ FUTA
porque dichos pagos no se incluyen en la definicion
´ de salarios
o los servicios prestados no se incluyen en la definicion
´ de
empleo. En los pagos exentos de la contribucion
´ FUTA se
pueden incluir:
• Beneficios marginales, tales como:
— El valor de ciertos alimentos y alojamiento.
— Aportaciones a planes para accidentes o de salud para
sus empleados, incluyendo ciertos pagos hechos por
patronos a una Health Savings Account o a una Archer
MSA.
— Reembolsos hechos por patronos (incluyendo pagos
hechos a un tercero) por gastos de mudanza calificados,
hasta el punto en que estos gastos de otra manera ser´ıan
deducibles por el empleado.
— Pagos por beneficios de un plan ‘‘cafeter´ıa’’ segun
´ se
explican en la seccion
´ 125.
• Seguro temporal de vida colectivo.
Para mayor informacion
´ sobre estos
´
y otros pagos por
beneficios marginales que pueden estar exentos de la
contribucion
´ FUTA, vea la Pub. 15-B, Employer’s Tax Guide to
Fringe Benefits (Gu´ıa contributiva del patrono para beneficios
marginales), en ingles.
´
• Retiro/Pensiones, tales como aportaciones por patronos a
un plan calificado, incluyendo a una cuenta de retiro de un plan
SIMPLE (que no sean aportaciones electivas que reducen el
salario) y un plan 401(k).
• Cuidado de dependientes, tales como pagos (de hasta
$5,000 por cada empleado o hasta $2,500 en el caso de una
planilla radicada por un casado que radica por separado) por el
cuidado de una persona calificada si el cuidado provisto
permite que sus empleados trabajen y este cuidado ser´ıa
excluible del ingreso por sus empleados de acuerdo a la
seccion
´ 129.

Para mayor informacion
´ sobre los pagos exentos de la
contribucion,
´ vea el apartado 15 de la Pub. 15 (Circular E) o el
apartado 15 de la Pub. 51 (Circular A), ambas en ingles.
´

Ejemplo:
Usted ten´ıa tres empleados. Pago´ $44,000 al empleado A, incluyendo
$2,000 por concepto de beneficios del seguro hospitalario. Pago´ $8,000
al empleado B, incluyendo $500 por concepto de beneficios de retiro.
Pago´ $16,000 al empleado C, incluyendo $2,000 por concepto de
beneficios del seguro hospitalario y beneficios de retiro.
$ 2,000 Beneficios del seguro hospitalario para el empleado A
500 Beneficios de retiro para el empleado B
+ 2,000 Beneficios del seguro hospitalario y
beneficios de retiro para el empleado C
$4,500 Total de los pagos exentos de la contribucion
´ FUTA.
Usted anotar´ıa esta cantidad en la l´ınea 4 y marcar´ıa
los encasillados 4a y 4c.

5. Total de pagos hechos a cada empleado en
exceso de $7,000
Solo
´ los primeros $7,000 de remuneraciones que paga a cada
empleado durante un ano
˜ natural estan
´ sujetos a la
contribucion
´ FUTA. Estos $7,000 constituyen la base salarial
para la contribucion
´ FUTA.
Anote en la l´ınea 5 el total de los pagos en exceso de
$7,000 que le pago´ a cada empleado durante el ano
˜ 2008
despues
´ de restar todo pago exento de la contribucion
´
FUTA que aparece en la l´ınea 4.

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Instrucciones para el Formulario 940-PR

16:59 - 17-DEC-2008

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l´ınea 3
− l´ınea 6
l´ınea 7

Continuamos con el ejemplo:
Usted ten´ıa tres empleados. Pago´ $44,000 al empleado A, $8,000 al
empleado B y $16,000 al empleado C, incluyendo un total de $4,500 a
los tres empleados en total por concepto de pagos exentos de la
contribucion
´ FUTA. (Para determinar el total de los pagos hechos a
cada empleado que exceden de la base salarial para la contribucion
´
FUTA, los pagos exentos de la contribucion
´ FUTA y la base salarial
FUTA deben ser restados del total de los pagos hechos. Se indican
tales cantidades en parentesis).
´
Empleados
Total de los pagos hechos
a los empleados
Pagos exentos de la
contribucion
´ FUTA
Base salarial para la
contribucion
´ FUTA

A

B

$44,000

$8,000

$16,000

(2,000)

(500)

(2,000)

(7,000)

(7,000)

(7,000)

8. Total de la contribucion
´ FUTA antes de
considerar los ajustes
Para calcular el total de su contribucion
´ FUTA antes de
considerar los ajustes, multiplique la cantidad de la l´ınea 7 por
.008 y anote el resultado en la l´ınea 8.
l´ınea 7
x .008
l´ınea 8

C

Parte 3: Determine sus ajustes
Si cualquier l´ınea de la Parte 3 no le corresponde, dejela
´
en
blanco.

$35,000
$ 500
$ 7,000
$35,000
500
+ 7,000
$42,500 Total de los pagos en exceso de $7,000 hechos a cada
empleado. Usted anotar´ıa esta cantidad en la l´ınea 5.

9. Si el TOTAL de los salarios sujetos a la
contribucion
´ FUTA que pago´ fue excluido de la
contribucion
´ estatal para el desempleo...
Multiplique la l´ınea 7 por .054 y anote el resultado en la l´ınea 9.
l´ınea 7
x .054
l´ınea 9

Si es un patrono sucesor . . . Cuando calcula los pagos
hechos a cada empleado en exceso de $7,000, puede incluir
los pagos que el patrono anterior hizo a los empleados que
siguen trabajando para usted unicamente
´
si el patrono anterior
era un patrono para propositos
´
de la contribucion
´ FUTA y, por
lo tanto, dicho patron
´ anterior estaba obligado a radicar el
Formulario 940-PR.

Si no tuvo que pagar salarios sujetos a la contribucion
´
estatal para el desempleo porque todos los salarios que pago´
fueron excluidos de la contribucion
´ estatal para el desempleo,
debe entonces pagar la contribucion
´ FUTA a la tasa del 6.2%
(.062). Por ejemplo, si la ley estatal de la contribucion
´ para el
desempleo excluye de la contribucion
´ los salarios pagados a
los ejecutivos corporativos o a los empleados que tienen ciertas
ocupaciones espec´ıficas y los unicos
´
salarios que pago´ fueron
hechos a unos ejecutivos de la corporacion
´ o a unos
empleados que tienen tales ocupaciones, tiene que pagar la
contribucion
´ FUTA a la tasa maxima
´
del 6.2% (.062). Cuando
usted calculo´ la contribucion
´ FUTA antes de considerar los
ajustes de la l´ınea 8, baso´ el calculo
´
en el credito
´
maximo
´
permisible (5.4%) de los pagos de la contribucion
´ estatal para
el desempleo. Debido a que no pago´ ninguna contribucion
´
estatal para el desempleo, no tiene un credito
´
y entonces debe
calcular este ajuste.
Si la l´ınea 9 le corresponde a usted, entonces las l´ıneas 10
y 11 no le corresponden. Deje en blanco las l´ıneas 10 y 11.
No llene la hoja de trabajo en las Instrucciones para el
Formulario 940 (en ingles)
´ ni la Parte 2 del Anexo A
(Formulario 940-PR).

Ejemplo para patronos sucesores:
Durante el ano
˜ natural, el patrono anterior pago´ $5,000 al empleado A.
Usted adquirio´ el negocio del patrono anterior. Despues
´ de adquirir el
negocio, mantuvo al empleado A y le pago´ $3,000 adicionales. Ninguno
de los pagos hechos al empleado A estuvo exento de la contribucion
´
FUTA.
$5,000 Pagos hechos por el patrono anterior
+ 3,000 Pagos hechos por usted
$8,000 Total de los pagos hechos al empleado A. Usted
anotar´ıa esta cantidad en la l´ınea 3.
$8,000 Total de los pagos hechos al empleado A
– 7,000 Base salarial para la contribucion
´ FUTA
$1,000 Los pagos hechos al empleado A en exceso de
$7,000.

10. Si ALGUNOS salarios sujetos a la
contribucion
´ FUTA que pago´ fueron excluidos
de la contribucion
´ estatal para el desempleo O
´ de la
si pago´ tarde ALGUNA PORCION
contribucion
´ estatal para el desempleo . . .

$1,000 Los pagos hechos al empleado A en exceso de
$7,000.
+ 5,000 Salarios sujetos a la contribucion
´ FUTA pagados por el
patrono anterior
$6,000 Usted incluir´ıa esta cantidad en la l´ınea 5.

Llene la hoja de trabajo en la pagina
´
8 de las Instrucciones
para el Formulario 940 (en ingles).
´
La hoja de trabajo le llevara,
´
paso por paso, por el proceso de como
´
se calcula su credito.
´
En la pagina
´
9 de las Instrucciones para el Formulario 940,
hallara´ un ejemplo que ilustra como
´
se usa la hoja. No
complete la hoja de trabajo si la l´ınea 9 le corresponde a usted
(vea las instrucciones anteriores).
Antes de llenar la hoja de trabajo, debe juntar la
informacion
´ siguiente:
• Los salarios sujetos a la contribucion
´ FUTA (de la linea 7 de
su Formulario 940-PR),
• Los salarios sujetos a la contribucion
´ estatal (o sea, de
Puerto Rico) para el desempleo (la base salarial de Puerto Rico
y la federal pueden diferir),
• Las tasas de experiencia designadas a usted por los estados
donde pago´ salarios,
• La cantidad de las contribuciones estatales para el
desempleo pagadas a su debido tiempo (es decir, pago´ las

6. Subtotal
Para calcular su subtotal, sume las cantidades de la l´ınea 4 y
de la l´ınea 5 y anote el resultado en la l´ınea 6.
l´ınea 4
+ l´ınea 5
l´ınea 6

7. Total de salarios sujetos a la contribucion
´
FUTA
Para calcular el total de sus salarios sujetos a la contribucion
´
FUTA, reste la cantidad de la l´ınea 6 de la cantidad de la l´ınea
3 y anote el resultado en la l´ınea 7.

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Instrucciones para el Formulario 940-PR

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• Mas
´ de $500, debe depositar su contribucion.
´ Vea ¿Cuando
´
debe depositar su contribucion
´ FUTA?, en la pagina
´
3.
• De $500 o menos, puede optar por depositar su contribucion,
´
pagar su contribucion
´ con una tarjeta de credito
´
principal o
pagar su contribucion
´ con un cheque o giro postal al radicar su
planilla.
• Menos de $1, no tiene que pagarla.

contribuciones estatales para el desempleo a mas
´ tardar en la
fecha l´ımite para radicar el Formulario 940-PR) y
• La cantidad de las contribuciones estatales para el
desempleo pagadas fuera de plazo (es decir, pago´ las
contribuciones estatales para el desempleo despues
´ de la
fecha l´ımite para radicar el Formulario 940-PR).
No incluya multas, intereses ni contribuciones para el
desempleo deducidas de la paga de sus empleados en
´
PRECAUCION
la cantidad de las contribuciones estatales para el
desempleo. Tampoco incluya en las contribuciones estatales
para el desempleo toda contribucion
´ administrativa especial ni
contribuciones voluntarias que usted haya hecho para obtener
una tasa asignada de experiencia mas
´ baja ni cualesquier
recargos, contribuciones sobre art´ıculos de uso y consumo ni
contribuciones sobre la nomina
´
o sobre la formacion
´ (training
taxes). (Dichas partidas suelen aparecer como partidas por
separado en el informe estatal sobre los salarios pagados
trimestralmente).
Para llenar la l´ınea 3 de la hoja de trabajo:
• Si las tasas de experiencia designadas a usted fueron menos
del 5.4% para todo o parte del ano
˜ natural, tiene que anotar
cada tasa de experiencia designada por separado en la hoja de
trabajo.
• Si se le designaron seis o mas
´ tasas de experiencia que
fueron menos del 5.4% para cualquier parte del ano
˜ natural,
tiene que usar otra hoja de trabajo para calcular los creditos
´
adicionales. Luego, incluya dichos creditos
´
adicionales en el
total para la l´ınea 3.
Una vez completada la hoja de trabajo, anote la cantidad de
la l´ınea 7 de la hoja de trabajo en la l´ınea 10 de su Formulario
940-PR. No incluya la hoja de trabajo al radicar su
Formulario 940-PR. Conservela
´
en su archivo.

!

!

´
PRECAUCION

Como
´
se puede depositar o pagar el saldo pendiente.
Puede pagar la cantidad indicada en la l´ınea 14 usando el
sistema EFTPS, con una tarjeta de credito
´
o por medio de un
retiro electronico
´
de fondos (conocido por sus siglas en ingles,
´
EFW). No use una tarjeta de credito
´
o un retiro electronico
´
de
fondos para pagar las contribuciones que se requieren ser
depositadas. Para mas
´ informacion
´ sobre el pago de
contribuciones por medio de una tarjeta de credito
´
o por medio
del retiro electronico
´
de fondos, visite el sitio web del IRS www.
irs.gov y pulse sobre el enlace “electronic irs”.
Si paga por medio del EFTPS, con una tarjeta de credito
´
o el
retiro electronico
´
de fondos, radique su planilla usando la
direccion
´ a la cual se env´ıan las planillas “sin incluir un pago”
indicada en la pagina
´
3 bajo ¿Adonde
´
debe enviar la
planilla? y no radique el Formulario 940-V(PR).

15. Cantidad pagada en exceso
Si la cantidad de la l´ınea 13 es mayor de la de la l´ınea 12,
anote la diferencia en la l´ınea 15.
l´ınea 13
– l´ınea 12
l´ınea 15

11. Si cualquier reduccion
´ en el credito
´
le
corresponde . . .

Si deposito´ mas
´ de la contribucion
´ FUTA adeudada para el
ano,
˜ puede optar por:
• Aplicar la cantidad pagada de mas
´ a su proxima
´
planilla o
• Recibirla como reembolso.
Marque el encasillado apropiado de la l´ınea 15 para
informarnos de la opcion
´ que haya escogido. Si no marco´
ninguno de los encasillados, le reembolsaremos la cantidad
pagada en exceso automaticamente.
´
Podr´ıamos aplicar la
cantidad pagada en exceso a cualquier cuenta contributiva que
quede sin pagar.
Si la cantidad de la l´ınea 15 es menos de $1, le enviaremos
un reembolso unicamente
´
si as´ı lo solicita por escrito.

Haga caso omiso de la l´ınea 11 y pase a la l´ınea 12 porque el
Departamento del Trabajo de los EE.UU. ha declarado que no
hay ningun
´ estado que tenga reduccion
´ en el credito
´
para el
ano
˜ contributivo 2008.

Parte 4: Determine su contribucion
´ FUTA
para 2008
Si no le corresponde una l´ınea de la Parte 4, dejela
´
en blanco.

12. Total de su contribucion
´ FUTA despues
´ de
considerar los ajustes

Parte 5: Declare su obligacion
´
contributiva para la contribucion
´ FUTA
por trimestre solo
´ si la cantidad de la
l´ınea 12 es mayor de $500

Sume las l´ıneas 8, 9,10 y 11 y anote el resultado en la l´ınea
12.
l´ınea 8
l´ınea 9
l´ınea 10
+l´ınea 11
l´ınea 12

!

Si no hace depositos
´
como se le requiere y, en su lugar,
paga todo saldo pendiente con el Formulario 940-PR,
puede estar sujeto a una multa.

Llene la Parte 5 unicamente
´
si la cantidad de la l´ınea 12 es
mayor de $500. Si la cantidad de la l´ınea 12 es de $500 o
menos, deje la Parte 5 en blanco y pase a la Parte 6.

Si la l´ınea 9 es mayor de cero, las l´ıneas 10 y 11
tambien
´ deben ser cero porque no le corresponden.

16. Declare su obligacion
´ contributiva para la
contribucion
´ FUTA de cada trimestre

´
PRECAUCION

Anote en las l´ıneas 16a a 16d la cantidad de su obligacion
´
contributiva para la contribucion
´ FUTA de cada trimestre. No
anote la cantidad que ha depositado. Si no adeudo´ ninguna
contribucion
´ para cualquier trimestre, deje la l´ınea en blanco.
16a. 1er trimestre (desde el 1 de enero hasta el 31 de marzo).
16b. 2do trimestre (desde el 1 de abril hasta el 30 de junio).
16c. 3er trimestre (desde el 1 de julio hasta el 30 de
septiembre).
16d. 4to trimestre (desde el 1 de octubre hasta el 31 de
diciembre).
Para calcular su obligacion
´ contributiva para la contribucion
´
FUTA del 4to trimestre, complete el Formulario 940-PR hasta la
l´ınea 12, inclusive. Luego, copie la cantidad de la l´ınea 12 en la

13. Contribucion
´ FUTA depositada para el ano
˜
Anote aqu´ı la cantidad total de la contribucion
´ FUTA que
deposito´ para el ano,
˜ incluyendo toda contribucion
´ pagada en
exceso que aplico´ de un ano
˜ anterior.

14. Saldo pendiente de pago
Si la cantidad de la l´ınea 13 es menos de la de la l´ınea 12,
anote la diferencia en la l´ınea 14.
l´ınea 12
– l´ınea 13
l´ınea 14

Si la cantidad de la l´ınea 14 es:

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Instrucciones para el Formulario 940-PR

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l´ınea 17. Por ultimo,
´
reste la suma de las l´ıneas 16a a la 16c de
la l´ınea 17 y anote el resultado en la l´ınea 16d.

Parte 7: Firme aqu´ı

Ejemplo:
Usted pago´ salarios el 28 de marzo y su contribucion
´ FUTA adeudada
sobre dichos salarios es de $200. No se le requer´ıa hacer un deposito
´
para el 1er trimestre ya que sus contribuciones FUTA acumuladas
fueron de $500 o menos. Usted pago´ salarios adicionales el 28 de junio
y su contribucion
´ FUTA adeudada sobre dichos salarios es de $400. Ya
que su obligacion
´ contributiva acumulada para el primer trimestre y el
segundo trimestre excedio´ de $500, estuvo obligado a depositar $600
el, o antes del, 31 de julio.

DEBE llenar ambas paginas
´
de este formulario y
luego FIRMARLO.
Al no firmar el formulario, causara´ una demora en el
procesamiento del mismo.
En la pagina
´
2, Parte 7, firme su nombre y escriba en letra
de molde su nombre y cargo. Luego, anote la fecha y el mejor
numero
´
de telefono
´
donde llamarlo durante el d´ıa, incluyendo el
codigo
´
telefonico
´
para la zona donde vive, por si tenemos
alguna duda.

Usted anotara´ $200 en la l´ınea 16a porque su obligacion
´ contributiva
para el primer trimestre es de $200. Anotara´ $400 ademas
´ en la l´ınea
16b para indicar su obligacion
´ contributiva para el segundo trimestre.

¿Quien
´ debe firmar el Formulario 940-PR?
El Formulario 940-PR tiene que ser firmado como se explica a
continuacion:
´
• Empresa de un solo dueno
˜ — El individuo que posee el
negocio.
• Sociedad colectiva (incluyendo una compan´
˜ ıa de
responsabilidad limitada (LLC) que se trata como una
sociedad colectiva) u otra organizacion
´ no incorporada —
Un oficial u otro funcionario responsable y debidamente
autorizado que tiene conocimiento de todas las operaciones y
asuntos de la entidad.
• Corporacion
´ (incluyendo una LLC que se trata como una
corporacion)
´ — El presidente, vice presidente u otro
funcionario principal.
• Compan´
˜ ıa de responsabilidad limitada (LLC) de un solo
miembro tratada como entidad no considerada separada
de su dueno
˜ (disregarded entity) — El dueno
˜ de la
compan´
˜ ıa de responsabilidad limitada.
• Fideicomiso o caudal hereditario (relicto) — El fiduciario.

17. Total de la obligacion
´ contributiva para el
ano
˜
El total de su obligacion
´ contributiva para el ano
˜ debe ser igual
a la cantidad de la l´ınea 12. Copie la cantidad de la l´ınea 12 en
la l´ınea 17.

Parte 6: ¿Podemos hablar con su tercero
autorizado?
Si quiere que un empleado suyo, su preparador remunerado u
otro individuo hable sobre su Formulario 940-PR con el IRS,
marque el encasillado “S´ı”. Luego, escriba en el espacio
provisto el nombre y el numero
´
de telefono
´
del individuo que
escoge (su tercero designado). Asegurese
´
de proveernos el
nombre espec´ıfico de tal persona — no el nombre de la
empresa que preparo´ su planilla de contribucion.
´

Si ha radicado un poder valido
´
ante el IRS, su agente
debidamente autorizado tambien
´ puede firmar su Formulario
940-PR.
Metodo
´
alterno para la firma. Los ejecutivos de la
corporacion
´ o agentes debidamente autorizados pueden firmar
el Formulario 940-PR por medio de una estampilla de goma,
aparato mecanico
´
o programa para computadoras (software).
Para saber detalles y la documentacion
´ requerida, vea el
Revenue Procedure 2005-39, 2005-28 I.R.B. 82 (Procedimiento
Tributario 2005-39, 2005-28 I.R.B. 82), en ingles,
´ que se halla
en la pagina
´
web www.irs.gov/irb/2005-28_IRB/ar16.html.
Preparadores remunerados. Un preparador remunerado
tiene que firmar el Formulario 940-PR y proveer la informacion
´
en la seccion
´ Para uso exclusivo del preparador
remunerado en la Parte 7, si usted le pago´ al preparador por
prepararle el Formulario 940-PR y el preparador no es
empleado de la entidad que presenta la declaracion.
´ Los
preparadores remunerados tienen que firmar las planillas de
papel de su puno
˜ y letra. El preparador tiene que entregarle
una copia de la declaracion
´ ademas
´ de la copia que se
presenta ante el IRS.

Asegurese
´
de que su tercero designado seleccione un
Personal Identification Number (Numero
´
de identificacion
´
personal o PIN, por sus siglas en ingles)
´ con 5 d´ıgitos. Su
tercero designado debe usar este numero
´
para identificarse al
hablar con el IRS acerca de su planilla.
Al marcar “S´ı”, nos autoriza a hablar con su tercero
designado sobre cualquier duda que tengamos al procesar su
planilla. Su autorizacion
´ corresponde unicamente
´
a esta planilla
del ano
˜ corriente; no corresponde a ninguna otra planilla ni a
ningun
´ otro ano
˜ contributivo.
Usted le autoriza al tercero designado a:

• Proveernos toda informacion
´ que no este´ incluida en su
planilla,

• Solicitarnos informacion
´ sobre el procesamiento de su

planilla y
• Responder a ciertas notificaciones del IRS que usted ha
compartido con el tercero designado sobre errores
matematicos
´
y sobre la preparacion
´ de su planilla. No le
enviaremos notificaciones a su tercero designado.

Si usted es preparador remunerado, anote su numero
´
de
seguro social (SSN) o su Preparer Tax Identification Number
(Numero
´
de identificacion
´ contributiva del preparador o PTIN,
por sus siglas en ingles)
´ en los espacios provistos. Anote su
direccion
´ completa. Si trabaja para una empresa (firma),
escriba el nombre y EIN de la misma. Puede solicitar un PTIN
llenando el Formulario W-7P, Application for Preparer Tax
Identification Number (Solicitud de numero
´
de identificacion
´
contributiva de preparador de planillas), en ingles.
´ No puede
usar su PTIN en lugar del EIN de la firma preparadora de
planillas.

Usted no le autoriza al tercero designado a:
• Recibir ningun
´ cheque de reembolso,
• Obligarle a usted a ninguna otra circunstancia nueva
(incluyendo una obligacion
´ contributiva adicional) o
• De otra manera, representarle a usted ante el IRS.
La autorizacion
´ vencera´ automaticamente
´
un ano
˜ despues
´
de la fecha l´ımite para radicar su Formulario 940-PR (sin
considerar prorrogas).
´
Si usted o su tercero designado desea
terminar la autorizacion
´ antes de que la misma venza, escriba a
la oficina del IRS a la cual envio´ su planilla. Sin embargo, si la
planilla fue enviada originalmente con un pago, use la direccion
´
a la cual se env´ıan las planillas sin pagos.

Por lo general, no complete la seccion
´ Para uso exclusivo
del preparador remunerado si radica la planilla en su calidad
de agente de reportacion
´ y tiene un Formulario 8655, Reporting
Agent Authorization (Autorizacion
´ para agentes de reportacion),
´
en ingles,
´ vigente y archivado con el IRS. Sin embargo, un
agente de reportacion
´ debe llenar esta seccion
´ si dicho agente
ha ofrecido asesor´ıa legal tal como, por ejemplo, aconsejarle al
cliente sobre como
´
determinar si los trabajadores son

Si quiere extender la autorizacion
´ de la persona designada o
si desea que esa persona reciba automaticamente
´
ejemplares
de las notificaciones que le enviamos a usted, vea la Pub. 947,
Practice Before the IRS and Power of Attorney (Autorizacion
´
para ejercer ante el IRS y poder legal), en ingles.
´

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Instrucciones para el Formulario 940-PR

16:59 - 17-DEC-2008

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empleados o contratistas independientes para propositos
´
de las
contribuciones federales.

Visite nuestro sitio web www.irs.gov/espanol, en
espanol.
˜

Como
´
obtener formularios y
publicaciones del IRS
Llame al 1-800-TAX-FORM o al 1-800-829-3676.

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Instrucciones para el Formulario 940-PR

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Otros productos que le pueden ser necesarios
• Formulario SS-4PR, Solicitud de Numero
´
de Identificacion
´
Patronal (EIN)

• Pub. 179 (Circular PR), Gu´ıa Contributiva Federal para Patronos
Puertorriquenos
˜

• Formulario 499R-2/W-2PR, Comprobante de Retencion,
´ y sus
instrucciones

• Pub. 15 (Circular E), Employer’s Tax Guide (Gu´ıa contributiva para
patronos), en ingles
´

• Formulario 499R-2c/W-2cPR, Correccion
´ al Comprobante de
Retencion
´

• Pub. 15-A, Employer’s Supplemental Tax Guide (Gu´ıa contributiva
suplementaria para patronos), en ingles
´

• Formulario W-3PR, Informe de Comprobantes de Retencion,
´ y sus
instrucciones por separado

• Pub. 15-B, Employer’s Tax Guide to Fringe Benefits (Gu´ıa
contributiva del patrono para beneficios marginales), en ingles
´

• Formulario W-3cPR, Transmision
´ de Comprobantes de Retencion
´
Corregidos

• Pub. 51 (Circular A), Agricultural Employer’s Tax Guide (Gu´ıa
contributiva para patronos de empleados agr´ıcolas), en ingles
´

• Formulario 4070-PR, Informe al Patrono de Propinas Recibidas
por el Empleado

• Pub. 926, Household Employer’s Tax Guide (Gu´ıa contributiva
para patronos de empleados domesticos),
´
en ingles
´

• Formulario 8109, Federal Tax Deposit (FTD) Coupon (Cupon
´ de
deposito
´
de contribuciones federales), en ingles
´

• Pub. 947, Practice Before the IRS and Power of Attorney
(Autorizacion
´ para ejercer ante el IRS y poder legal), en ingles
´

• Formulario 8655, Reporting Agent Authorization (Autorizacion
´ para
agentes de reportacion),
´
en ingles
´

• Pub. 1635, Understanding Your EIN (Informacion
´ para entender su
EIN), en ingles
´

• Formulario 8822, Change of Address (Cambio de direccion),
´
en
ingles
´

• Anexo A (Formulario 940-PR), Informacion
´ para Empleadores o
Patronos de Multiples
´
Estados y sobre Reducciones en el Credito
´

• Formulario 940-PR, Planilla para la Declaracion
´ Federal Anual del
Patrono de la Contribucion
´ Federal para el Desempleo (FUTA)

• Anexo B (Formulario 941-PR), Registro de la Obligacion
´
Contributiva para los Depositantes de Itinerario Bisemanal

• Formulario 941-PR, Planilla para la Declaracion
´ Federal
TRIMESTRAL del Patrono, y sus instrucciones por separado

• Anexo D (Schedule D, Form 941), Report of Discrepancies
Caused by Acquisitions, Statutory Mergers, or Consolidations
(Informe de discrepancias causadas por adquisiciones, fusiones o
consolidaciones), en ingles
´

• Formulario 943-PR, Planilla para la Declaracion
´ Anual de la
Contribucion
´ Federal del Patrono de Empleados Agr´ıcolas
• Formulario 944-PR, Planilla para la Declaracion
´ Federal ANUAL
del Patrono, y sus instrucciones por separado

• Anexo H-PR (Formulario 1040-PR), Contribuciones sobre el
Empleo de Empleados Domesticos
´

-12-


File Typeapplication/pdf
File Title2008 Instruction 940 (PR)
SubjectInstructions for Form 940 (PR), Employer's Annual Federal Employment (FUTA) Tax Return (Puerto Rican Version)
AuthorW:CAR:MP:FP
File Modified2008-12-18
File Created2008-12-18

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